DISPOSICIÓN 1 2021 DIRECCION GENERAL DISENO E IMPLEMENTACION

Síntesis:

SE MODIFICA - DISPOSICION 12-DGDEI/20 - APRUEBA - CONSTANCIAS MODELO DE APROBACIÓN DE CAPACITACIÓN - REPARTIDORES - MENSAJEROS - SERVICIO DE MENSAJERÍA URBANA - REPARTO A DOMICILIO - SUSTANCIAS ALIMENTICIAS - MOTOVEHÍCULOS - CICLORODADOS

Publicación:

20/01/2021

Sanción:

18/01/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL DISENO E IMPLEMENTACION


VISTO: Las Leyes N° 2148 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y N°6314, los

Decretos N° 463/GCBA/19, 130/GCABA/20 y N°337/GCABA/20, la Resolución

N°482/SECTOP/2020, la Disposición N° 12/DGDEI/2020 y el Expediente N° EX-2020-

25534217- -GCABA-DGDEI, y

CONSIDERANDO:

Que en julio del corriente año mediante la Ley N° 6314 se introdujeron modificaciones

en el Título Decimotercero "DEL SERVICIO DE TRANSPORTE EN

MOTOVEHÍCULOS Y CICLORODADOS" del Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2148 (texto consolidado por Ley

6017);

Que mediante la ley mencionada el Artículo 13.3.1 del Título Decimotercero quedó

redactado de la siguiente manera "13.3.1 Capacitación. Los repartidores y/o

mensajeros habilitados para ejecutar el servicio de mensajería urbana y/o reparto a

domicilio de sustancias alimenticias recibirán capacitaciones específicas con la

regularidad y los contenidos que establezca la Autoridad de Aplicación. Las mismas

serán sin costo para el repartidor y/o mensajero habilitado, pudiendo la Autoridad de

Aplicación autorizar a personas humanas y/o jurídicas a realizar dichas

capacitaciones, certificando el contenido y la modalidad de las mismas. La Autoridad

de Aplicación determinará un plazo máximo a partir de la obtención de la habilitación

para acreditar haber realizado las capacitaciones";

Que la Resolución N°482/SECTOP/2020 mediante su Anexo I establece las

condiciones y características técnicas del servicio de Mensajería Urbana y Reparto a

Domicilio de Sustancias Alimenticias entre las cuales se encuentran las atribuciones

de la Autoridad de Aplicación en el dictado de cursos tanto para los repartidores y/o

mensajeros que ejecutan el servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de

Sustancias Alimenticias como para las personas a ser autorizadas como capacitadores

para dichos repartidores y/o mensajeros, previa capacitación de las mismas;

Que a los fines de establecer el contenido y demás detalles concernientes a las

Capacitaciones de los repartidores y/o mensajeros, la Dirección General de Diseño e

Implementación, a través de la Gerencia Operativa Educación y Convivencia Vial,

desarrolló un "Programa de Capacitación en Educación Vial para el servicio de

Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias en

motovehículos" y un "Programa de Capacitación en Educación Vial para el servicio de

Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias en

ciclorodados" los cuales podrán ser actualizado a los efectos de mejorar la propuesta

educativa y promover prácticas de conducción segura;

Que mediante la Disposición N° 12/DGDEI/2020 esta Dirección General de Diseño e

Implementación reguló diversas cuestiones en el marco del proceso de Capacitación

en Educación Vial para el servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de

Sustancias Alimenticias;

Que de conformidad con el Decreto N° 337/GCABA/20 se designó a la Secretaria de

Transporte y Obras Públicas como Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 2.148 (texto

consolidado por Ley N° 6.017);

Que el Decreto N° 463/GCBA/19, aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las

responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes

de este Gobierno, contemplando a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad

como dependiente de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas;

Que mediante el citado Decreto, se contempló en la órbita de la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad a la Dirección General de Diseño e Implementación, de

quien depende la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial;

Que de acuerdo al Decreto mencionado la Dirección General de Diseño e

Implementación posee dentro de sus Responsabilidades Primarias la de "Promover y

diseñar programas para fomentar el cambio cultural en relación al cumplimiento de las

normas de seguridad vial y/o los diferentes modos de transporte" y la de "Analizar,

diseñar e implementar políticas para el control de (...) vehículos destinados al servicio

de mensajería y delivery, y todo transporte cuya regulación, fiscalización y control

corresponda al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial, según lo establecido

mediante Decreto N° 130/20, tiene entre sus responsabilidades primarias la de

"Coordinar capacitaciones, estudios, investigaciones o consultorías sobre conducción

segura, seguridad y educación vial" y la de "Intervenir en la elaboración, ejecución y

evaluación de los planes, programas y proyectos de capacitación en educación y

seguridad vial dirigida a los distintos sectores de la sociedad, instituciones y

organismos";

Que la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial es la encargada de formar

a las personas para su autorización como Capacitadores de los repartidores y/o

mensajeros que ejecutan el servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de

Sustancias Alimenticias;

Que la Disposición N° 12/DGDEI/2020 en su artículo 3° establece "Apruébase la

"Constancia modelo de Aprobación de Capacitación" para los repartidores y/o

mensajeros que ejecutan el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de

sustancias alimenticias en motovehículos y/o en ciclorodados, que como Anexo III (IF-

2020-25538090-GCABA-DGDEI) forma parte integrante de la presente. La misma

deberá ser suscripta por las personas previamente autorizadas como capacitadoras

por parte de la Autoridad de Aplicación";

Que dado que el proceso de formación de capacitadores se encuentra en su etapa

inicial y que existe un elevado caudal de repartidores y/o mensajeros que ejecutan el

servicio de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias que

requieren pronta capacitación, deviene necesaria la capacitación de algunos

repartidores y/o mensajeros de manera directa por parte de la Gerencia Operativa de

Educación y Convivencia Vial;

Que en consecuencia a lo antes dicho resulta imperativa la adecuación del Artículo 3°

de la Disposición N° 12/DGDEI/2020;

Por ello, y en virtud de las facultades que les son propias, conforme los Decretos N°

463/GCBA/19 y N° 130/GCABA/20,

LA DIRECTORA GENERAL DE DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 3° de la Disposición N° 12/DGDEI/2020, el cual

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Apruébense las "Constancias

modelo de Aprobación de Capacitación" para los repartidores y/o mensajeros que

ejecutan el servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias

alimenticias en motovehículos y/o en ciclorodados, que como Anexos III (IF-2020-

25538090-GCABA-DGDEI) y VII (IF-2021-03826114-GCABA-DGDEI) forma parte

integrante de la presente. Las mismas deberán ser suscriptas por la Autoridad de

Aplicación o por las personas previamente autorizadas como capacitadoras por parte

de la Autoridad de Aplicación".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese y notifíquese a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, a la

Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a la Subsecretaría de Planificación de la

Movilidad, a la Dirección General Gestión de Servicios de Movilidad y a la Gerencia

Operativa Educación y Convivencia Vial. Sanguinetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6040

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposicion 1-DGDEI/21 modifica el Art. 3 de la Disposición 12-DGDEI/20.</p>