RESOLUCIÓN 37 2021 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE CONVALIDA - PRESTACIÓN DE TAREAS EXTRAORDINARIAS - PERSONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - PERÍODO - 1 DE ENERO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 - MINSTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Publicación:

20/01/2021

Sanción:

15/01/2021

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos N° 1.202/05 y su modificatorio N° 798/06 y N°

463/19, la Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-MJGGC/20 y el Expediente

Electrónico N° 02968995- GCABA-DGCATRA/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.202/05, se regularon los servicios y las prestaciones

extraordinarias que deban ser cumplidas por los agentes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y que excedan sus jornadas normales de labor, serán

reconocidas y liquidadas bajo la modalidad y concepto de Unidades Retributivas por

Servicios Extraordinarios (U.R.S.E.), de carácter remunerativo;

Que por Decreto N° 798/06, se modificó el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05,

estableciendo que la autorización para habilitar prestaciones remuneradas mediante el

presente sistema es dispuesta, según la dependencia de la repartición involucrada, por

el Ministro o funcionario con nivel o rango equivalente, o por el Secretario

correspondiente, no pudiéndose exceder el tope por agente de doscientos setenta y

cinco (275) U.R.S.E. anuales cuando éstas sean realizadas en días hábiles, o de

ciento treinta y siete (137) U.R.S.E. cuando se realicen en días inhábiles;

Que mediante la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley, contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Coordinación o Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que el artículo 16 de la Ley N° 6.296, establece entre otras atribuciones, que

corresponde a la Jefatura de Gabinete de Ministros, entender en las políticas referidas

al ordenamiento del tránsito en la Ciudad, como así también, promover políticas de

control del cumplimiento de las normas de tránsito en coordinación con las Fuerzas

Policiales y de Seguridad que actúan en la jurisdicción;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros a la Dirección

General Cuerpo de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión

de la Movilidad, de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas;

Que la citada Dirección General, solicitó el reconocimiento de tareas extraordinarias y

la autorización del suplemento Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios

(U.R.S.E.), para el personal de esa repartición, por el período comprendido entre el

01/01/20 y el 31/12/20, en razón de haberse excedido ampliamente la jornada laboral

del mismo, por el incremento de operativos que día a día se fueron incorporando a

dicha dependencia, en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del

Coronavirus COVID-19;

Que al respecto, requirió el otorgamiento de dieciséis mil ochocientas ochenta y nueve

(16.889) U.R.S.E. para días hábiles y de veintiséis mil ciento setenta y ocho (26.178)

U.R.S.E. para días inhábiles, de acuerdo a lo previsto en la excepción a los topes

anuales contemplada en el artículo 6° del Decreto N° 1.205/05 y su modificatorio;

Que los servicios que brinda la referida área, han sido considerados esenciales para la

comunidad y el funcionamiento de la administración pública, durante la subsistencia de

la situación epimediológica vigente, conforme Resolución de Firma Conjunta N° 7-

GCABA-MJGGC/20;

Que la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad y la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas, de esta Jefatura de Gabinete, han tomado conocimiento de lo peticionado

por la mencionada repartición;

Que la Dirección General Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda

y Finanzas, ha tomado la intervención de su competencia;

Que la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Prespuesto del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, informó que por Resolución N° 1.468-GCABA-SSHA/20, se

aprobó una modificación al presupuesto vigente que dio reflejo presupuestario a lo

gestionado por estos actuados;

Que por lo expuesto, corresponde convalidar la prestación de dichos servicios

extraordinarios;

Por ello, y en uso de facultades que le son propias,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Convalídase la prestación de tareas extraordinarias, realizadas durante el

período 01/01/20 al 31/12/20, por parte del personal de la Dirección General Cuerpo

de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría Gestión de la Movilidad, de la

Secretaría de Transporte y Obras Públicas, hasta la cantidad de dieciséis mil

ochocientas ochenta y nueve (16.889) U.R.S.E. para días hábiles y de hasta veintséis

mil ciento setenta y ocho (26.178) U.R.S.E. para días inhábiles.

Artículo 2°.- El costo que demanda la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1° de la

presente, asciende a la suma total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS

CUARENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y CINCO ($ 6.745.085), de acuerdo con la

valorización dispuesta por la Dirección General Planificación y Control Operativo del

Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, a la Subsecretaría de

Gestión de la Movilidad y a las Direcciones Generales de Cuerpo de Agentes de

Tránsito, de esta Jefatura de Gabinete de Ministros, de Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del

Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase

a la Subsecretarìa de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de este Ministerio.

Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta N° 27-MHFGC-MJGGC/21 exceptua de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6º del Decreto Nº 1202/05 al personal de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, en el marco de la convalidación de prestación de tareas establecida mediante la Resolución N° 37-MJGGC/21.</p>