RESOLUCIÓN 27 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE EXCEPTÚA - TOPES ANUALES - UNIDADES RETRIBUTIVAS - SERVICIOS EXTRAORDINARIOS URSE - ARTÍCULO 6 DEL DECRETO 1202-05 - PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
25/01/2021
Sanción:
20/01/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios N° 798/06 y N° 1.090/08, la
Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21 y el Expediente Electrónico N°
02968995/GCABA/DGCATRA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, tramita la solicitud de excepción al tope de prestación
de tareas adicionales en concepto de Unidades Retributivas por Servicios
Extraordinario (URSE) para los agentes pertenecientes a la Dirección General Cuerpo
de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad,
de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de
2020, con motivo de haberse excedido ampliamente la jornada laboral de los mismos,
por el incremento de operativos que día a día se fueron incorporando a dicha
dependencia, en virtud de la emergencia sanitaria producida por la pandemia del
Coronavirus COVID-19;
Que el Decreto N° 1.202/05, determina que las prestaciones cumplidas por los agentes
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que excedan sus jornadas
normales de labor, serán reconocidas y liquidadas bajo la modalidad y concepto de
Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) de carácter remunerativo;
Que el artículo 6° del citado Decreto, establece que el tope anual por agente de
Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) no podrá exceder las
doscientas setenta y cinco (275) cuando las mismas sean realizadas en días hábiles o
las ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en días inhábiles;
Que por Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21, se convalidó la prestación de tareas
adicionales realizadas durante los meses de enero a diciembre de 2020 por parte del
personal anteriormente citado, hasta la cantidad de dieciséis mil ochocientas ochenta y
nueve (16.889) URSE para días hábiles y de hasta veintséis mil ciento setenta y ocho
(26.178) U.R.S.E. para días inhábiles;
Que por el artículo 2° del Decreto N° 1.090/08, se delegó en los señores Ministros del
área requirente y del entonces Ministro de Hacienda, la facultad de dictar en forma
conjunta la norma que autorice superar los topes de URSE fijados por el artículo 6° del
Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios;
Que la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, a los efectos de la
distribución de las Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios, convalidadas
por Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21, solicitó la excepción de los topes
establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05;
Que atento a la convalidación de la prestación de tareas adicionales antes
mencionada, resulta necesario exceptuar los topes establecidos en el artículo 6° del
Decreto N° 1.202/05 y modificatorio, disponiendo la autorización solicitada.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N°
1.090/08,
Artículo 1°.- Exceptúese de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios
Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05 y su
modificatorio, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de
2020, convalidados por Resolución N° 37/GCABA/MJGGC/21, al personal de la
Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría
Gestión de la Movilidad, de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la
Jefatura Gabinete de Ministros.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del
Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Cuerpo de Agentes de
Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría
de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura p/p -
Mura