RESOLUCIÓN 1 2021 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SE DEFINE ENTRADA EN VIGENCIA - ARTÍCULO 15 - RESOLUCIÓN  294-CMCABA-2020 - DÍA 1 DE ABRIL DE 2021 - ZONAS JUDICIALES PARA EL FUERO PENAL PENAL JUVENIL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - NORTE - SUR - ESTE - OESTE - LÍMITES TERRITORIALES COMUNALES - COMUNAS - MAPA DE ZONAS JUDICIALES - INTEGRACIÓN DE ZONAS JUDICIALES - JUZGADOS - COMPETENCIAS - ZONAS - CASOS DE EXCUSACIÓN O RECUSACIÓN - CASOS DE SUBROGANCIA - SORTEOS - PROCESOS PENALES Y CONTRAVENCIONALES - PENAL TRIBUTARIA - FIRMAS DIGITALES - ESTABLECE NUEVA VIGENCIA ESPECIAL

Publicación:

21/01/2021

Sanción:

18/01/2021

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: La Ley N° 6286 modificatoria de la Ley N° 7, la Resolución CM N° 294/2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.286 que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la

Ciudad (Ley N° 7), se reformó la composición y competencia del Fuero Penal, Penal

Juvenil, Contravencional y de Faltas incorporando la división en cuatro (4) zonas

judiciales facultando al Consejo de la Magistratura a disponer los juzgados que

integran cada zona.

Que por su parte, la Resolución CM N° 294/2020 dispuso las cuestiones

administrativas, reglamentarias y materiales atinentes a la puesta en marcha de las

modificaciones a la Ley N° 7, entre las que se dispuso su entrada en vigencia a partir

del 1° de febrero de 2021.

Que en razón de la pandemia causada por la enfermedad COVID- 19, y el

distanciamiento social, preventivo y obligatorio que deriva de dicho contexto, resulta

necesario ampliar el plazo para ejecutar de manera adecuada todas las medidas

necesarias para la implementación y adecuación de sistemas que permitan hacer

efectivas las modificaciones a la Ley N° 7, a través de la citada resolución CM N°

294/2020.

Que en consecuencia, se estima conveniente diferir la entrada en vigencia establecida

en el artículo 15 de la Resolución CM N° 294/2020 por el plazo de dos (2) meses.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y sus

modificatorias,

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°: Diferir la entrada en vigencia dispuesta en el artículo 15 de la Resolución

CM N° 294/2020 al día 1° de abril de 2021.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a la Cámara de Apelaciones del fuero Penal,

Penal Juvenil, Contravencional y Faltas, a la Cámara de Apelaciones del fuero

Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, al Ministerio

Público de la CABA, al Tribunal Superior de Justicia, al Centro de Justicia de la Mujer,

a la Secretaría de Innovación, y a las asociaciones sindicales del Poder Judicial CABA,

publíquese en el Boletín Oficial de la CABA, en la página de internet oficial del Consejo

de la Magistratura (www.consejo.jusbaires.gob.ar) y, oportunamente, archívese.

Maques - Quintana - Salvatelli - Biglieri - Hers Cabral - Zanetta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-PJCABA-CMCBA-21 difiere la entrada en vigencia dispuesta en el artículo 15 de la Resolución 294-PJCABA-CMCABA-20 al día 1° de abril de 2021.</p>