RESOLUCIÓN 530 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 156-MHFGC-20 - SE SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN 137-MEFGC-19 - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MONTOS DIARIOS - RÉGIMEN DE VIÁTICOS ALOJAMIENTO Y PASAJES - MODIFICACIÓN
Publicación:
10/02/2021
Sanción:
05/02/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Estado:
No vigente
VISTO: El Decreto N° 491/18, las Resoluciones Nros. 97-MEFGC/19, 137-MEFGC/19
y su modificatoria 156-GCABA-MHFGC/20, el Expediente N° 5.335.484-GCABA-
DGTALMHF/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 491/18 se aprueba el Régimen para la Asignación de
Fondos de aplicación en las Jurisdicciones, Organismos Descentralizados,
dependencias y reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el artículo 2° de dicho Decreto se designa como autoridad de aplicación del
Régimen a este Ministerio, facultándolo para dictar las normas aclaratorias,
interpretativas, reglamentarias, complementarias y/o excepciones que hagan a la
ejecución del mismo;
Que en el Anexo de la referida norma se establecen las distintas modalidades de
asignación de fondos, siendo una de ellas "Viáticos, Alojamiento y Pasajes";
Que dicha modalidad constituye la asignación de fondos destinada a cubrir los gastos
correspondientes a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y/o exterior del
país;
Que asimismo el artículo 9° del Anexo del citado Decreto estipula que es facultad de
este Ministerio entre otras, establecer para la modalidad de viáticos, alojamiento y
pasajes: a) Montos máximos diarios para alojamientos y viáticos b) Condiciones de
otorgamientos, utilización y rendición;
Que a su vez mediante el dictado de la Resolución N° 97/MEFGC/19, se aprueba la
reglamentación del referido Decreto N° 491/18, de conformidad con lo establecido en
los Anexos I a VI, que a todos sus efectos forman parte integrante de la citada norma;
Que en el Anexo V de la citada Resolución se determina la Reglamentación de
viáticos, alojamiento y pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en
el interior y exterior del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el artículo 8° del mencionado Anexo V han sido determinadas las "Condiciones
para la Asignación", aplicando diferentes zonas de destino para el cálculo de gastos de
alojamiento y/o viáticos para las referidas misiones oficiales;
Que de conformidad con el artículo 8° se dictó la Resolución N° 137-MEFGC/19, a los
efectos de fijar, de acuerdo a su Anexo, los montos diarios correspondientes a viáticos,
como así también, a alojamiento, en los términos de las excepciones que hace
referencia el artículo 5°;
Que mediante Resolución N° 156-GCABA-MHFGC/20, se sustituyó el Anexo (IF N°
2397245/MEFGC/19) de la Resolución N° 137/MEFGC/19;
Que teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, la variación de los costos de los bienes
y servicios a ser contratados a nivel nacional y los precios vigentes del mercado, surge
la necesidad de actualizar los montos de la zona 1 de acuerdo a las pautas elaboradas
por el área técnica de este Ministerio, procediendo nuevamente a la sustitución del
Anexo mencionado;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo a tales
efectos.
Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° del Anexo del Decreto
N° 491/18,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 156-GCABA-MHFGC/20.
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo (IF N° 2397245/MEFGC/19) de la Resolución N°
137/MEFGC/19 por el Anexo identificado como IF N° 5541543-GCABA-MHFGC/21,
que forma parte integrante de la presente Resolución, quedando en tal sentido
modificado el artículo 1° de la norma mencionada.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comuníquese a todos los Ministerios, a las Secretarías del Poder Ejecutivo y
reparticiones con rango o nivel equivalente, a las Direcciones Generales Técnicas,
Administrativas y Legales de las Jurisdicciones y a la Dirección General de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura