RESOLUCIÓN 137 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
FIJAN MONTOS DIARIOS - RÉGIMEN DE VIÁTICOS ALOJAMIENTO Y PASAJES - MISIONES TRANSITORIAS - CARÁCTER OFICIAL - FUNCIONARIOS - AGENTES - JEFE Y VICEJEFE DE GOBIERNO - MINISTROS Y SECRETARIOS DEL ÁREA JEFE DE GOBIERNO - SECRETARIOS DE MINISTROS Y SUBSECRETARIOS - DIRECTORES GENERALES
Publicación:
22/01/2019
Sanción:
09/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 21 de febrero del 2025.
VISTO:
El Decreto N° 491/18, la Resolución N° 97/MEFGC/19 y el Expediente
N°2.048.264/MGEYA/DGTALMEF/19, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 491/18 se aprueba el Régimen para la Asignación de
Fondos de aplicación en las Jurisdicciones, Organismos Descentralizados,
dependencias y reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el artículo 2° de dicho Decreto se designa como autoridad de aplicación del
Régimen al Ministerio de Economía y Finanzas, facultándolo para dictar las normas
aclaratorias, interpretativas, reglamentarias, complementarias y/o excepciones que
hagan a la ejecución del mismo;
Que en el Anexo de la referida norma se establecen las distintas modalidades de
asignación de fondos, siendo una de ellas "Viáticos, Alojamiento y Pasajes";
Que dicha modalidad constituye la asignación de fondos destinada a cubrir los gastos
correspondientes a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y/o exterior del
país;
Que asimismo el Artículo 9° del Anexo del citado Decreto estipula que es facultad del
Ministerio de Economía y Finanzas entre otras, establecer para la modalidad de
viáticos, alojamiento y pasajes: a) Montos máximos diarios para alojamiento y viáticos,
b) condiciones de otorgamiento, utilización y rendición;
Que a su vez mediante el dictado de la Resolución N° 97/MEFGC/19, se aprueba la
reglamentación del referido Decreto N° 491/18, de conformidad con lo establecido en
los Anexos I a VI, que a todos sus efectos forman parte integrante de la citada norma:
Que en el Anexo V de la citada Resolución 97/MEFGC/19 se determina la
Reglamentación de viáticos, alojamiento y pasajes destinados a misiones transitorias
de carácter oficial en el interior y exterior del país por parte de funcionarios y agentes
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el Artículo 8° del mencionado Anexo V han sido determinadas las
"Condiciones para la Asignación", aplicando diferentes zonas de destino para el
cálculo de gastos de alojamiento y/o viáticos para las referidas misiones oficiales;
Que de conformidad con el mencionado Artículo resulta necesario fijar los montos
diarios correspondientes a viáticos y alojamientos, de acuerdo a las pautas elaboradas
por el área técnica de este Ministerio.
Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° del Anexo del Decreto
N° 491/18,
Artículo 1°- Fíjanse de acuerdo al Anexo (IF. N° 2397245/MEFGC/19), que forma parte
integrante de la presente Resolución, los montos diarios correspondientes a los
viáticos y alojamiento referenciados en el Artículo 8° del Anexo V de la Resolución N°
97/MEFGC/19, relativo al régimen de viáticos, alojamiento y pasajes aprobado
mediante Decreto N° 491/18, destinado a misiones transitorias de carácter oficial en el
interior y exterior del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
comuníquese a todos los Ministerios y a las Secretarías del Poder Ejecutivo y
reparticiones con rango o nivel equivalente, a las Direcciones Generales Técnicas,
Administrativas y Legales de las Jurisdicciones y a la Dirección General de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, remítase a la
Gerencia Operativa de Gestión Técnica dependiente de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas a los fines
consiguientes. Mura