ACORDADA 2 2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
MODIFICA LA ACORDADA N° 5-01, B.O. N° 1208 - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - RÉGIMEN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES - REGLAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - RÉGIMEN DE LICITACIONES DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - CONTRATACIONES MENORES - CONTRATACIONES MAYORES - REQUISITOS DE LOS PROVEEDORES
Publicación:
19/03/2004
Sanción:
10/03/2004
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
En la Ciudad de Buenos Aires, a los diez días del mes de marzo de 2004, se reúne en acuerdo la presidenta del Tribunal Superior de Justicia, Dra. Alicia E. C. Ruiz, y los señores jueces Dr. Julio B. J. Maier, Dr. José O. Casás y Dra. Ana María Conde y,
Por Acordada N° 5/99, modificada por la Acordada N° 5/01, se estableció el régimen de Compras y Contrataciones, respetando la Ordenanza N° 31.655 (B.M. 15.193 - AD 350.1), que establece la aplicación del Capítulo VI de la Ley de Contabilidad (Decreto Ley N° 23.354), su Decreto Reglamentario (Decreto Nacional N° 5.720/972) y sus modificaciones.
En las actuales circunstancias, es necesario adecuar el anexo II, punto 1 -tipo de contratación-, incisos a y b, y el anexo III punto 2, a fin de aumentar el monto permitido para las contrataciones de caja chica a la suma de quinientos pesos, pues, en razón del deterioro del poder adquisitivo de nuestra moneda, el límite actual obsta o dificulta la adquisición de bienes y servicios que constituyen el objeto habitual para el cual se ha creado el régimen de contrataciones menores.
Para garantizar una mayor transparencia de la actividad administrativa del Tribunal es oportuno ampliar las prohibiciones para contratar, establecidas en el anexo II punto 6, mediante la incorporación en el inciso d) de los cónyuges, convivientes y parientes de los jueces, funcionarios y empleados del Tribunal hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, como objeto de la prohibición.
Por ello, y en ejercicio de las facultades atribuidas por el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad,
1: ° - Modificar la Acordada N° 5/01 (B.O. N° 1208 del 7/6/01) anexo II punto 1 -tipo de contratación- incisos a y b contrataciones menores y mayores y el anexo III punto 2 -caja chica-, fijando el monto en la suma de pesos quinientos ($ 500).
2° - Modificar el texto la Acordada N° 5/01 (B.O. N° 1208 del 7/6/01) anexo II punto 6 -Prohibición: no podrán inscribirse- inciso d) por el siguiente texto agregado:
"Los agentes y/o funcionarios del Gobierno de la Ciudad o de cualquier otro estado y las firmas integradas total o parcialmente por ellos. Los cónyuges, convivientes y parientes de los jueces, funcionarios y/o empleados del Tribunal Superior dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad. El Tribunal Superior podrá exceptuar a los comprendidos en este inciso mediante resolución fundada".
3° - Mandar se registre y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.