RESOLUCIÓN 38 2021 SECRETARIA DE MEDIOS
Síntesis:
SE APRUEBA INCORPORACIÓN - PLAN ANUAL DE PATROCINIO DE LA CIUDAD - CENTRO DE ATENCIÓN AL TURISTA - UBICADO EN EL CRUCE DE LAS CALLES FLORIDA Y MARCELO T. DE ALVEAR PEATONAL FLORIDA - SE CONVOCA - PERSONAS HUMANAS O JURÍDICAS DE CARÁCTER PRIVADO - SECRETARÍA DE MEDIOS
Publicación:
18/02/2021
Sanción:
11/02/2021
Organismo:
SECRETARIA DE MEDIOS
VISTO: La Ley N° 6.163, el decreto N° 209- GCABA/2019, el Expediente Electrónico
N° EX-2020 - 26465626- -GCABA- SECM, las Resoluciones N° 137-SSCON/2019, N°
153-SSCON/2019 y N° 95- SECM/2020,
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el VISTO, tramita una manifestación de interés para
ser patrocinador del Centro de Atención al Turista ubicado en el cruce de las calles
Florida y Marcelo T. de Alvear (Peatonal Florida), del Ente de Turismo de la Secretaría
General y de Relaciones Internacionales de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de conformidad al artículo 14° de la Ley N° 6.163 y
artículo 9° del Anexo I de la Resolución 137-SSCON/2019;
Que por Resolución N° 153-SSCON/2019 y su ampliatoria Resolución N° 95-
SECM/2020, se aprobó el Plan Anual de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y se convocó a personas humanas y/o jurídicas de carácter privado a presentar
manifestaciones de interés en patrocinar activos de la Ciudad, detallando el valor del
aporte, las acciones de difusión propuestas y los valores de la marca a asociar,
debiendo cumplimentar los requisitos establecidos en el Anexo I de la Resolución N°
137-SSCON/19;
Que las convocatorias fueron publicadas los días 11 de noviembre de 2019 y 17 de
marzo de 2020 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5697 y
N° 5823, cumpliéndose asimismo con su publicación en el sitio web del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(https://www.buenosaires.gob.ar/jefedegobierno/patrocinio);
Que se recibió en el área de gobierno a mi cargo, por intermedio del sistema de
Tramitación a Distancia (TAD), una manifestación de interés para patrocinar el Centro
de Atención al Turista ubicado en el cruce de las calles Florida y Marcelo T. de Alvear
(Peatonal Florida), que preliminarmente cumple los requisitos y es susceptible de ser
seleccionada como patrocinante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco
del Régimen de Patrocinio creado por Ley N° 6.163;
Que el Centro de Atención al Turista es un espacio que cuenta con la última tecnología
y un diseño que responde a normas de accesibilidad y sustentabilidad, en el cual es
posible obtener datos y recomendaciones sobre la ciudad de Buenos Aires y sus
atractivos, pudiendo asimismo utilizar su red de Wi-Fi gratuita, cargar la botella de
agua y recargar la batería de los dispositivos móviles.
Que, en esta instancia, corresponde convocar a la presentación de nuevas y/o mejores
propuestas, durante el plazo de cinco (5) días, a efecto de suscribir un convenio de
patrocinio de acuerdo a las propuestas más convenientes, conforme los criterios de
selección del artículo 16° de la Ley N° 6.163 y artículos 11° y 12° del Anexo I de la
Resolución 137-SSCON/2019;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 15° de la ley N° 6.163, el
Decreto N° 209-GCABA/2019
Artículo 1°.- Apruébase la incorporación al Plan Anual de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, del Centro de Atención al Turista ubicado en el cruce de
las calles Florida y Marcelo T. de Alvear (Peatonal Florida), del Ente de Turismo de la
Secretaría General y Relaciones Internacionales de la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Convócase por el plazo de cinco (5) días a personas humanas y/o
jurídicas de carácter privado a presentar nuevas y/o mejores propuestas de patrocinio
para desarrollar el activo "Centro de Atención al Turista", ubicado en el cruce de las
calles Florida y Marcelo T. de Alvear (Peatonal Florida), del Ente de Turismo de la
Secretaría General y Relaciones Internacionales de la Jefatura de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se describe en Anexo I (IF-2020-30689606-
GCABA-SECM), detallando el valor del aporte, las acciones de difusión propuestas y
los valores de la marca a asociar, conforme el Anexo I de la Resolución N° 137-
SSCON/2019.
Artículo 3°.- Publíquese por el plazo de tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires y en el sitio web oficial del Régimen de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Coelho