RESOLUCIÓN 153 2019 SUBSECRETARIA DE CONTENIDOS
Síntesis:
APRUEBA - PLAN DE PATROCINIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - AÑO 2019 - 2020 - PLAN ANUAL - CONVOCA - PERSONAS HUMANAS Y JURÍDICAS DE CARÁCTER PRIVADO - SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS
Publicación:
11/09/2019
Sanción:
06/09/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CONTENIDOS
VISTO: Las Leyes N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N°
5.960, y N° 6.163, el Decreto N° 209/2019, la Resolución N° 137-SSCON/2019 y el
Expediente Electrónico N° EX-2019-26272905-GCABA-SSCON, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N°
5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose a la Subsecretaría de Contenidos y estableciéndose
entre sus objetivos administrar y garantizar el correcto uso de la marca e imagen del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las distintas áreas;
Que mediante la Ley N° 6.163 se creó el Régimen de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con el objeto de propiciar la participación de personas
humanas o jurídicas de carácter privado en el Sector Público de la Ciudad;
Que mediante el Decreto N° 209/2019 se estableció como autoridad de aplicación de
la Ley N° 6.163 a la Subsecretaría de Contenidos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la cual dictará las normas complementarias,
interpretativas y operativas que resulten necesarias para la implementación de la Ley
N° 6.163;
Que la Ley N° 6.163 dispone que el Plan Anual de Patrocinio de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires sea elaborado por la Autoridad de Aplicación en conjunto con los
organismos competentes, de acuerdo a las actividades, los bienes y/o servicios de los
que se trate, incluyendo activos patrocinables, cantidad y categorías de patrocinadores
de cada uno y el plazo de duración del patrocinio;
Que a los fines de aprobar el Plan Anual de Patrocinio, la Autoridad de Aplicación
solicitó a los organismos competentes informen los activos susceptibles de ser objeto
de patrocinio y recibió las correspondientes respuestas incorporadas en los actuados
del visto;
Que por otra parte, mediante la Resolución N° 137-SSCON/2019 se aprobaron los
Lineamientos y Criterios de Evaluación del Régimen de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que la Subsecretaría de Contenidos convocará
públicamente a personas humanas y/o jurídicas con capacidad para obligarse a
presentar manifestaciones de interés en patrocinar los activos incluidos en el Plan
Anual de Patrocinio;
Que asimismo el anexo I de la mentada Resolución indica los requisitos que deberá
cumplir toda manifestación de interés;
Que la Ley N° 6.136 y el anexo I de la Resolución N° 137-SSCON/2019 establecieron,
respectivamente, que la publicación del Plan Anual de Patrocinio y las convocatorias
de patrocinadores serán publicadas por el plazo de TRES (3) días en el Boletín Oficial
de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto corresponde la aprobación del Plan Anual de Patrocinio
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y efectuar convocatoria a la presentación de
manifestaciones de interés en patrocinar activos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2 del Decreto N° 209-
GCABA/19,
Artículo 1°.- Apruébase el Plan de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para el año en curso, correspondiente al período comprendido entre 10 de septiembre
de 2019 y 31 de diciembre de 2019, que como Anexo I (IF-2019-27876798-GCABA-
SSCON) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Apruébase el Plan Anual de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para el año 2020, correspondiente al período comprendido entre 1 de enero de
2020 y 31 de diciembre de 2020, que como Anexo II (IF-2019-27877187-GCABA-
SSCON) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Convócase a partir del día 10 de septiembre de 2019 a personas
humanas y/o jurídicas de carácter privado a presentar por intermedio del sistema de
Tramitación a Distancia (TAD) manifestaciones de interés en patrocinar activos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando el valor del aporte, las acciones de
difusión propuestas, los valores de la marca a asociar y los requisitos establecidos en
el Anexo I de la Resolución N° 137-SSCON/19.
Artículo 3°.- Publíquese por el plazo de tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad
de Buenos Aires y en el sitio web oficial del Régimen de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a los Ministerios, Secretarías y
Subsecretarías del Poder Ejecutivo. Cumplido, archívese. Coelho