RESOLUCIÓN 2478 1999 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUÉBA ACTA ACUERDO CON LA COORDINACIÓN ECOLÓGICA ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO - CEAMSE - REPRESENTADA POR EL DR - BERNARDO A MOVSICHOFF -

Publicación:

29/10/1999

Sanción:

04/10/1999

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0227-CVDexMCBA-96 y el Expediente N° 85.355/97, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 246-GCBA-97 (B.O. N° 185 - 28/4/97) se aprobó, en todos sus términos el Convenio celebrado, el 28 de febrero de 1997, entre la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, creada por Decreto N° 225-GCBA-96, y Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (C.E.A.M.S.E.);

Que por la cláusula tercera del acuerdo de marras se formalizó la constitución de una Comisión Mixta, formada por representantes de las partes contratantes, a la cual se le encomendó evaluar el monto, forma y plazo de pago de las deudas reclamadas por C.E.A.M.S.E., detalladas en el Anexo V del Convenio en cuestión, como así también la oportunidad y el medio pertinente para abonar las establecidas en el Anexo IV;

Que la citada Comisión, en ejercicio de sus tareas, y con las opiniones expuestas por los delegados de cada una de las partes, explicitadas en el Art.1° incisos a) y b) de la misma, suscribieron un Acta con fecha 14 de septiembre de 1999;

Que por los apartados 1 a 3 de su artículo 1° se arribó a coincidencias respecto de tres reclamos no resueltos cuales son La Aplicación de Tarifa por Tonelada para las excedentes sobre las 900.000 toneladas anuales (Decreto N° 690-MCBA-94), Saldos por Intereses por Mora en la Cancelación de Servicios Período marzo/94 - diciembre/96 y Servicios Prestados no Conformados o Liquidados (marzo/94 - marzo/96);

Que con relación a los tres rubros citados se llegó al reconocimiento de una acreencia, en favor de C.E.A.M.S.E., de pesos doce millones quinientos mil ($ 12.500.000), calculados al 15 de mayo de 1999, según lo detallado en el Anexo IV del Acta suscripta por la Comisión Mixta, previa una deducción de una bonificación de pesos doscientos ochenta y dos mil novecientos sesenta y dos ($ 282.962) efectuada por aquella y aceptada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que igualmente la Comisión recomendó el pago de tal suma en seis (6) cuotas, iguales, mensuales y consecutivas a satisfacerse el primer día hábil de cada mes calendario con más intereses calculados a una tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) anual sobre saldo;

Que se estableció como fecha del primer pago el mes de enero del año 2000;

Que, además, se convino que las cuotas de marras -comprendiendo la parte de capital y su interés correspondiente- deberán instrumentarse en pagarés, sin protesto, librados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en los términos del Decreto N° 5.965-PEN-63;

Que en el Acta de la Comisión Mixta quedó asentada la manifestación de C.E.A.M.S.E. en cuanto a transferirle al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en toda su dimensión y magnitud, y por los mismos conceptos aquellas quitas totales o parciales que pudiese obtener de su acreedor, MANLIBA;

Que también se reflejó, en el citado instrumento, que toda interpretación respecto de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) a los intereses, en manera alguna representaría un beneficio o perjuicio para C.E.A.M.S.E.;

Que tal manifestación, y como aclaración, no importaba abrir juicio sobre el derecho que la misma se reservaba para reclamar la cancelación de tal impuesto del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que asimismo la Comisión Mixta estableció su necesaria y posterior intervención a fin de analizar el resto de los conceptos reclamados por C.E.A.M.S.E. respecto de los cuales subsisten diferendos;

Que la mentada participación debería ocurrir -según lo decidido por la Comisión de marras- una vez formalizado el cumplimiento de las recomendaciones formalizadas;

Que requerida la opinión de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires la misma cumplió su cometido a través de su Dictamen del 22 de septiembre de 1999 (recaído a fs.173/176 del Expediente N° 85.355/97);

Que por tal asesoramiento se entendió procedente formalizar un Convenio entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y C.E.A.M.S.E. complementario del celebrado con fecha 28 de febrero de 1997, aprobado por el Decreto N° 246-GCBA-97, y en el cual quedasen reflejadas las conclusiones acordadas por la Comisión Mixta institucionalizada por el mismo;

Que tal decisión debería efectivizarse previa intervención de la Dirección General de Contaduría la cual se manifestó sobre el particular en su Nota N° 588-DGCG-99 datada el 27 de septiembre de 1999;

Que con fecha 1° de octubre de 1999 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el señor Presidente de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (C.E.A.M.S.E.), decidieron elevar a la categoría de Convenio Complementario, del celebrado entre las mismas partes el 28 de septiembre de 1997, las conclusiones de la Comisión Mixta Técnica, creada por el Decreto N° 246-GCBA-97, aprobadas por Acta Acuerdo de la misma del 14 de septiembre de 1999 la cual se tuvo por reproducida en su texto y anexos;

Que también, por el Convenio complementario celebrado, se entendió necesario ampliarle a la Comisión Mixta creada por Decreto N° 246-GCBA-97, el plazo otorgado por Resolución Conjunta N° 722-SHyF/OySPyTyT-99 a efectos de seguir entendiendo en la dilucidación de los conflictos aún pendientes de resolución;

Que el Convenio de marras mereció la ratificación de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a través del Acta Acuerdo, suscripta por sus integrantes con fecha 4 de octubre de 1999;

Por ello, atento lo aconsejado en el párrafo sexto del punto 5) del apartado II del Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 22 de septiembre de 1999, producido en el Expediente N° 85.355/97, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo de fecha 1° de octubre de 1999 celebrado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires -representado por el Presidente de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires - y Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (C.E.A.M.S.E.), representada por el Doctor Bernardo Andrés Movsichoff, el cual como Anexo forma parte de la presente, conformado por Acta Acuerdo, de fecha 4 de octubre de 1999, suscripta por los funcionarios de la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, institucionalizada por Decreto N° 225GCBA-96, designados por Resolución N° 7-SHyF-96 y su modificatoria Resolución N° 3.049-SHyF-98.

Art. 2° Propíciase el dictado del acto administrativo pertinente por el cual se amplíe el plazo otorgado, por Art. 3° de la Resolución Conjunta N° 722-SHyF/OySPyTyT-99, a la Comisión Mixta creada por el Decreto N° 246-GCBA-97.

Art. 3° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 4° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y Transporte y Tránsito, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y Contaduría.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
DTO N°246-1997 - SE APUEBA CONVENIO CELEBRADO POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX- MUNICIPALIDAD - DECRETO 225 -96 - BO 43 - Y LA COORDINACIÓN ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO - CEAMSE -