DECRETO 246 1997
Síntesis:
SE APUEBA CONVENIO CELEBRADO POR LA COMISIÓN VERIFICADORA DE CRÉDITOS DE LA EX- MUNICIPALIDAD - DECRETO 225 -96 - BO 43 - Y LA COORDINACIÓN ÁREA METROPOLITANA SOCIEDAD DEL ESTADO - CEAMSE - PARA LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE RECUPERACIÓN , FORESTACIÓN Y URBANIZACIÓN DE LA ZONA COSTERA SUR DEL RÍO DE LA PLATA , A PARTIR DE RESIDUOS GENERADOS EN CAPITAL FEDERAL SU PROCESO EN ESTACIONES DE TRANSFERENCIA Y SU TRANSPORTE HASTA LOS LUGARES DE DISPOSICIÓN FINAL
Publicación:
28/04/1997
Sanción:
03/03/1997
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Registro N° 227-CVD ex M.C.S.A.-96, y atento los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, y
CONSIDERANDO:
Que la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, efectuó una encomienda al CEAMSE en orden a la disposición final de residuos domiciliarios generados en la Capital Federal, en virtud de los Convenios entre M.C.B.A. y la provincia de Buenos Aires, del 7-1-77 y 6-5-77, aprobados por Ordenanza N° 33.691;
Que en virtud de dicha encomienda, el 11-10-78, se celebró un Contrato entre CEAMSE y SYUSA para la ejecución de los servicios de Recuperación, Forestación y Urbanización de la Zona Costera Sur del Río de la Plata, que comprende principalmente la recepción de residuos generados en la Capital Federal, su proceso en estaciones de transferencia y su transporte hasta los lugares de disposición final;
Que también la ex M.C.B.A. oportunamente encomendó al CEAMSE la prestación del servicio de resíduos domiciliarios y limpieza de calles de la Capital Federal, mediante contratación de terceros;
Que en virtud de dicha encomienda, el 8-10-79, previa licitación pública nacional e internacional, se celebró un Contrato entre CEAMSE y MANLIBA para la prestación del servicio indicado en el considerando anterior;
Que a la fecha del presente, CEAMSE reclama al GCBA el pago de diversas deudas originadas en el cumplimiento de las encomiendas antes referidas y en otras tareas de su propia gestión no comprendidas en aquéllas, que se encuentran registradas en la contabilidad y reflejadas en los Estados Contables de la Sociedad del Estado, que fueron auditados y oportunamente aprobados por la Asamblea de Socios de CEAMSE;
Que por su parte, Saneamiento y Urbanización S.A. y MANLIBA S.A., respectivamente, reclaman a CEAMSE el pago de deudas originadas en servicios contractuales prestados a la M.C.B.A. y al GCBA, por intermedio de CEAMSE;
Que el GCBA, ante el indicado reclamo de pago de CEAMSE, decidió encuadrar el tratamiento del mismo en el procedimiento determinado por el Decreto N° 225-GCBA-96, aún cuando CEAMSE ha efectuado su presentación para el reconocimiento de la deuda de la ex M.C.B.A, sin invocar expresamente la citada normativa;
Que en el marco de lo señalado en el considerando anterior, las áreas Secretaría de Producción y Servicios, Contaduría General y Tesorería del GCBA, se han expedido conforme lo normado por el referido decreto;
Que de dichas intervenciones ha surgido la existencia de acreencias parciales originadas en la Encomienda SYUSA, la Encomienda MANLIBA y en otras tareas de la propia gestión de CEAMSE, no comprendidas en aquéllas;
Que respecto de ello, existen divergencias entre GCBA y CEAMSE motivadas en diversas causas que es menester dilucidar;
Que en la aplicación de los mecanismos de control genérico, que prevé el Decreto N° 225-GCBA-96, en orden a verificar la procedencia legal y la razonabilidad de los montos reclamados, respecto de casos, tales como los servicios de guardaparque y locación de equipos y maquinarias, oportunamente prestados en las áreas de Costaneras Sur y Norte de la Capital Federal, la Comisión Decreto N° 225-GCEIA-96 ha señalado la falta de coincidencia entre los reclamos de CEAMSE y la documentación respaldatoria obrante en las áreas del GCBA;
Que los plazos perentorios que fija el decreto señalado resultan exiguos para la conclusión de la tarea conciliatoria requerida, a la vez que es menester cancelar las deudas con los contratistas de CEAMSE a fin de no impactar en la continuidad de tales servicios esenciales.
Que a ese efecto resulta conveniente la constitución de una Comisión Mixta, formada por cuatro (4) representantes de cada una de las partes, con competencia específica técnica, económico financiera y jurídica, para el tratamiento de aquellas divergencias pendientes de dilucidación y que no resultaren resueltas en el presente, así como también la definición de los medios, modos y plazos de pago de las deudas que, consensuadas en el presente por las partes, fueron originadas en la retribución de las tareas de CEAMSE relativas al cumplimiento de ambas encomiendas antes referidas y a la prestación de servicios de CEAMSE no comprendidas en ellas;
Por ello, ante la calidad de servicios esenciales que revisten los aquí en cuestión, que merituan un tratamiento especial dentro del marco del Decreto N° 225-GCBA-96 y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°- Apruébase en todos sus términos el Convenio celebrado el 28 de febrero de 1997, por la Comisión de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto N° 225-GCBA-96), representada por el señor Subsecretario de Hacienda y Finanzas, licenciado Gustavo Osvaldo Macchi, en su carácter de Presidente de dicha Comisión, y la Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado, que como Anexo I, forma en un todo parte integrante del presente.
Art. 2°- Delégase a los señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Producción y Servicios, la facultad para designar a los integrantes de la Comisión Mixta para la evaluación de las divergencias pendientes de resolución con el CEAMSE.
Art. 3°- Notifíquesé a la Dirección General de Contaduría General a los efectos de los artículos 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.
Art. 4°- El presente decreto será refrandado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.
Art. 5°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase, para su conocimiento y demás fines, a las Direcciones Generales de Planificación Presupuestaria, Contaduría General, Tesorería General y a la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.