RESOLUCIÓN 3 2021 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

SE PRORROGA SUSPENSIÓN - HASTA EL 12 DE MARZO DE 2021 INCLUSIVE - DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

Publicación:

05/03/2021

Sanción:

02/03/2021

Organismo:

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD


VISTO: Las leyes N° 24.521 de Educación Superior y N° 5.689 (texto consolidado

según ley N° 6.347) de creación del Instituto Universitario de Seguridad, el Decreto N°

83/AJG/20, las Resoluciones N° 104/APN/ME/20, N° 4/IUS/20, N° 6/IUS/20, N°

7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°

21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20 y N°

32/IUS/20, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N°

408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20,

N° 714/20, N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N°

67/21 y N° 125/21, el Expediente Electrónico N° 9826797/SADIUS/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la ley N° 5.689 (texto consolidado según ley N° 6.347) se creó el

Instituto Universitario de Seguridad, como institución de educación superior con

jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con oferta académica

circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de lo dispuesto por la ley

de Educación Superior N° 24.521;

Que a través del artículo 1 del Decreto N° 83/AJG/20, se designó al Dr. Gabriel Unrein

(DNI 20.343.251) como Rector Organizador del Instituto Universitario de Seguridad, en

virtud de haber sido designado mediante Resolución N° 1.042/MJYSGC/19 como

Director del Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que durante el período de puesta en funcionamiento institucional del IUSE, y hasta

tanto se conforme el Consejo Superior de acuerdo a lo establecido en el Estatuto

Universitario, las funciones asignadas a aquel órgano deber ser ejercidas por el Rector

Organizador;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado

que el COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la

situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;

Que mediante Resolución N° 4/IUS/20, se suspendió el inicio de clases presenciales

en el Instituto Universitario de Seguridad por catorce (14) días corridos a partir del 16

de marzo de 2020, en cumplimiento de la recomendación realizada por el Ministerio de

Educación de la Nación por Resolución N ° 104/APN/ME/20;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, el Presidente de la Nación en

Acuerdo General de Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y

obligatorio con motivo de la pandemia por COVID-19, desde el 20 de marzo y hasta el

31 de marzo inclusive del corriente año;

Que con motivo de la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta nuestro país,

posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, 408/20,

N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20, N°

714/20, N° 754, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20 y N° 67/21,

dicha medida fue prorrogada, resultando vigente hasta el día 28 de febrero de 2021

inclusive;

Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 6/IUS/20, N°

7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°

21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20 y N°

32/IUS/20, fue prolongado el plazo establecido para la suspensión de clases

presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad, dispuesto en la Resolución N°

4/IUS/20, hasta el 28 de febrero del año en curso;

Que con el fin de morigerar el impacto, y de continuar conteniendo y mitigando la

propagación de la epidemia de COVID-19, se dictó el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 125/21, en el mismo sentido que el N° 67/21, cuyo artículo 2 establece la

medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, para todas las personas

que residan o transiten en el aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de

Buenos Aires (AMBA) - entre otros lugares -, el cual comprende a la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive;

Que en razón de la mencionada situación, corresponde prorrogar la suspensión de

clases presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad hasta el 12 de marzo de

2021;

Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,

corresponde prorrogar la suspensión de clases presenciales en el Instituto

Universitario de Seguridad, y adoptar las medidas necesarias para contener la

propagación del Coronavirus en su ámbito;

Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL RECTOR ORGANIZADOR

DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto

Universitario de Seguridad, hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive.

Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, mediante la utilización

de las herramientas existentes.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las

dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 3-IUS/21 prorroga la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad, hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive, la cual fuera establecida mediante la Resolución N° 4-IUS/20.</p>