RESOLUCIÓN 3 2021 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
SE PRORROGA SUSPENSIÓN - HASTA EL 12 DE MARZO DE 2021 INCLUSIVE - DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Publicación:
05/03/2021
Sanción:
02/03/2021
Organismo:
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
VISTO: Las leyes N° 24.521 de Educación Superior y N° 5.689 (texto consolidado
según ley N° 6.347) de creación del Instituto Universitario de Seguridad, el Decreto N°
83/AJG/20, las Resoluciones N° 104/APN/ME/20, N° 4/IUS/20, N° 6/IUS/20, N°
7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°
21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20 y N°
32/IUS/20, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N°
408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20,
N° 714/20, N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N°
67/21 y N° 125/21, el Expediente Electrónico N° 9826797/SADIUS/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley N° 5.689 (texto consolidado según ley N° 6.347) se creó el
Instituto Universitario de Seguridad, como institución de educación superior con
jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con oferta académica
circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de lo dispuesto por la ley
de Educación Superior N° 24.521;
Que a través del artículo 1 del Decreto N° 83/AJG/20, se designó al Dr. Gabriel Unrein
(DNI 20.343.251) como Rector Organizador del Instituto Universitario de Seguridad, en
virtud de haber sido designado mediante Resolución N° 1.042/MJYSGC/19 como
Director del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que durante el período de puesta en funcionamiento institucional del IUSE, y hasta
tanto se conforme el Consejo Superior de acuerdo a lo establecido en el Estatuto
Universitario, las funciones asignadas a aquel órgano deber ser ejercidas por el Rector
Organizador;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado
que el COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;
Que mediante Resolución N° 4/IUS/20, se suspendió el inicio de clases presenciales
en el Instituto Universitario de Seguridad por catorce (14) días corridos a partir del 16
de marzo de 2020, en cumplimiento de la recomendación realizada por el Ministerio de
Educación de la Nación por Resolución N ° 104/APN/ME/20;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, el Presidente de la Nación en
Acuerdo General de Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y
obligatorio con motivo de la pandemia por COVID-19, desde el 20 de marzo y hasta el
31 de marzo inclusive del corriente año;
Que con motivo de la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta nuestro país,
posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, 408/20,
N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20, N°
714/20, N° 754, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20 y N° 67/21,
dicha medida fue prorrogada, resultando vigente hasta el día 28 de febrero de 2021
inclusive;
Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 6/IUS/20, N°
7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°
21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20 y N°
32/IUS/20, fue prolongado el plazo establecido para la suspensión de clases
presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad, dispuesto en la Resolución N°
4/IUS/20, hasta el 28 de febrero del año en curso;
Que con el fin de morigerar el impacto, y de continuar conteniendo y mitigando la
propagación de la epidemia de COVID-19, se dictó el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 125/21, en el mismo sentido que el N° 67/21, cuyo artículo 2 establece la
medida de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, para todas las personas
que residan o transiten en el aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de
Buenos Aires (AMBA) - entre otros lugares -, el cual comprende a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive;
Que en razón de la mencionada situación, corresponde prorrogar la suspensión de
clases presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad hasta el 12 de marzo de
2021;
Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,
corresponde prorrogar la suspensión de clases presenciales en el Instituto
Universitario de Seguridad, y adoptar las medidas necesarias para contener la
propagación del Coronavirus en su ámbito;
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto
Universitario de Seguridad, hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive.
Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, mediante la utilización
de las herramientas existentes.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las
dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein