RESOLUCIÓN 4 2020 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
SUSPENDE - INICIO DE CLASES PRESENCIALES - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - PARTIR DEL 16 DE MARZO DE 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - PANDEMIA - EMERGENCIA
Publicación:
25/03/2020
Sanción:
17/03/2020
Organismo:
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
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VISTO La Ley N° 24.521 de Educación Superior, la Ley N° 26.206 de Educación
Nacional, la Ley N° 5.689 (texto consolidado según Ley N° 6.017) de creación del
Instituto Universitario de Seguridad, el Decreto N° 83/AJG/20, el Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 260/20, y el Expediente Electrónico N° 09826797/IUS/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5.689 (texto consolidado según Ley N° 6.017) se creó el
Instituto Universitario de Seguridad, como institución de educación superior con
jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con oferta académica
circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de lo dispuesto por la Ley
de Educación Superior N° 24.521;
Que a través del Artículo 1 del Decreto N° 83/AJG/20, se designó al Dr. Gabriel Unrein
(DNI 20.343.251) como Rector Organizador del Instituto Universitario de Seguridad, en
virtud de haber sido designado mediante Resolución N° 1.042/MJYSGC/19 como
Director del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que durante el período de puesta en funcionamiento institucional del IUSE, y hasta
tanto se conforme el Consejo Superior de acuerdo a lo establecido en el Estatuto
Universitario, las funciones asignadas a aquel órgano deber ser ejercidas por el Rector
Organizador;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado
que el COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20, emitida el 12 de marzo del
año en curso se amplió la emergencia pública en materia sanitaria por el plazo de un
(1) año, en virtud de la declaración de dicha pandemia;
Que por medio de Resolución N° 104/APN7ME/20 el Ministerio de Educación de la
Nación, recomendó a las universidades, institutos universitarios y de educación
superior de todas las jurisdicciones, que adecuen las condiciones en las que se
desarrolla la actividad académica presencial en el marco de la emergencia conforme
con las recomendaciones del Ministerio de Salud;
Que el Artículo 11 inciso u), de la Ley N° 26.206 establece que uno de los fines y
objetivos de la política educativa nacional es la coordinación de las políticas de
educación con las de salud, para atender integralmente las necesidades de la
población, aprovechando al máximo los recursos estatales, sociales y comunitarios;
Que la emergencia sanitaria dictada en virtud de la pandemia por COVID-19, el estado
de situación epidemiológico, y la normativa adoptada en la materia a nivel nacional y
local, como las recomendaciones de la OMS, requieren la toma de medidas de
carácter excepcional para la colaboraciòn en la contenciòn y mitigaciòn para disminuir
el riesgo en la propagaciòn del mencionado virus;
Que en razón de la mencionada situación, corresponde suspender el inicio de clases
presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad por catorce (14) días corridos a
partir del 16 de marzo del año en curso;
Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,
corresponde suspender el inicio de clases presenciales en el Instituto Universitario de
Seguridad, y adoptar las medidas necesarias para contener la propagación del
Coronavirus en su ámbito;
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Suspender el inicio de clases presenciales en el Instituto Universitario de
Seguridad, por catorce (14) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020.
Artículo 2.- Durante el plazo que dure la suspensión del inicio de clases presenciales
de alumnos y capacitadores, el personal administrativo y directivo concurrirà
normalmente al Instituto Universitario de Seguridad a los efectos de mantener el
normal funcionamiento del mismo.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las
dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein