RESOLUCIÓN 28 2021 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

SE PRORROGA - SUSPENSIÓN DEL DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - HASTA EL 25 DE JUNIO 2021 INCLUSIVE - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19

Publicación:

24/06/2021

Sanción:

17/06/2021

Organismo:

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD


VISTO: Las leyes N° 24.521 de Educación Superior y N° 5.689 (texto consolidado

según ley N° 6.347) de creación del Instituto Universitario de Seguridad, el Decreto N°

83/AJG/20, las Resoluciones N° 104/APN/ME/20, N° 4/IUS/20, N° 6/IUS/20, N°

7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°

21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20, N°

32/IUS/20, N° 3/IUS/21, N° 4/IUS/21, N° 16/IUS/21, N° 19/IUS/21, N° 25/IUS/21 y N°

26/IUS/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N°

408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20,

N° 714/20, N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N°

67/21, N° 125/21, N° 168/21, N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21, N° 334/21 y N° 381/21,

el Expediente Electrónico N° 9826797/SADIUS/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la ley N° 5.689 (texto consolidado según ley N° 6.347) se creó el

Instituto Universitario de Seguridad, como institución de educación superior con

jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con oferta académica

circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de lo dispuesto por la ley

de Educación Superior N° 24.521;

Que a través del artículo 1 del Decreto N° 83/AJG/20, se designó al Dr. Gabriel Unrein

(DNI 20.343.251) como Rector Organizador del Instituto Universitario de Seguridad, en

virtud de haber sido designado mediante Resolución N° 1.042/MJYSGC/19 como

Director del Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que durante el período de puesta en funcionamiento institucional del IUSE, y hasta

tanto se conforme el Consejo Superior de acuerdo a lo establecido en el Estatuto

Universitario, las funciones asignadas a aquel órgano deber ser ejercidas por el Rector

Organizador;

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado

que la COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la

situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;

Que mediante Resolución N° 4/IUS/20, se suspendió el inicio de clases presenciales

en el Instituto Universitario de Seguridad por catorce (14) días corridos a partir del 16

de marzo de 2020, en cumplimiento de la recomendación realizada por el Ministerio de

Educación de la Nación por Resolución N ° 104/APN/ME/20;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, el Presidente de la Nación en

Acuerdo General de Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y

obligatorio con motivo de la pandemia por COVID-19, desde el 20 de marzo y hasta el

31 de marzo inclusive del corriente año;

Que con motivo de la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta nuestro país,

posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, 408/20,

N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20, N°

714/20, N° 754, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N° 67/21, N°

125/21, N° 168/21, N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21 y N° 334/21 dicha medida fue

extendida y ulteriormente reemplazada por la de distanciamiento social, preventivo y

obligatorio, encontrándose vigente en la actualidad un conjunto de reglas de conducta

generales y obligatorias, junto con una serie de restricciones más profundas en

partidos y departamentos que presentan un Alto Riesgo Sanitario y Epidemiológico,

dentro del cual se encuentra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todo ello hasta el

11 de junio de 2021 inclusive;

Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 6/IUS/20, N°

7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°

21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20, N°

32/IUS/20, N° 3/IUS/21, N° 4/IUS/21, N° 16/IUS/21, N° 19/ISSP/21, N° 25/IUS/21 y N°

26/IUS/21, fue prolongado el plazo establecido para la suspensión de clases

presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad, dispuesto en la Resolución N°

4/IUS/20, hasta el 11 de junio de 2021 inclusive;

Que posteriormente, con el fin de continuar conteniendo y mitigando la propagación de

contagios de COVID-19, por el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia N°

381/21 se prorrogaron los términos del D.N.U. N° 287/21 hasta el día 25 de junio de

2021 inclusive

Que en razón de la mencionada situación, corresponde prorrogar la suspensión de

clases presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad hasta el 25 de junio del

año en curso;

Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,

corresponde prorrogar la suspensión de clases presenciales en el Instituto

Universitario de Seguridad, y adoptar las medidas necesarias para contener la

propagación del Coronavirus en su ámbito;

Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL RECTOR ORGANIZADOR

DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto

Universitario de Seguridad, hasta el 25 de junio de 2021 inclusive.

Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, mediante la utilización

de las herramientas existentes.

Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las

dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 28-IUS/21 prorroga la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad, hasta el 25 de junio de 2021 inclusive, la cual fuera dispuesta mediante la Resolución N° 4-IUS/20.</p>