RESOLUCIÓN 28 2021 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
SE PRORROGA - SUSPENSIÓN DEL DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - HASTA EL 25 DE JUNIO 2021 INCLUSIVE - INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID 19
Publicación:
24/06/2021
Sanción:
17/06/2021
Organismo:
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD
VISTO: Las leyes N° 24.521 de Educación Superior y N° 5.689 (texto consolidado
según ley N° 6.347) de creación del Instituto Universitario de Seguridad, el Decreto N°
83/AJG/20, las Resoluciones N° 104/APN/ME/20, N° 4/IUS/20, N° 6/IUS/20, N°
7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°
21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20, N°
32/IUS/20, N° 3/IUS/21, N° 4/IUS/21, N° 16/IUS/21, N° 19/IUS/21, N° 25/IUS/21 y N°
26/IUS/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N°
408/20, N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20,
N° 714/20, N° 754/20, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N°
67/21, N° 125/21, N° 168/21, N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21, N° 334/21 y N° 381/21,
el Expediente Electrónico N° 9826797/SADIUS/20, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley N° 5.689 (texto consolidado según ley N° 6.347) se creó el
Instituto Universitario de Seguridad, como institución de educación superior con
jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con oferta académica
circunscripta al área disciplinar de la Seguridad, en el marco de lo dispuesto por la ley
de Educación Superior N° 24.521;
Que a través del artículo 1 del Decreto N° 83/AJG/20, se designó al Dr. Gabriel Unrein
(DNI 20.343.251) como Rector Organizador del Instituto Universitario de Seguridad, en
virtud de haber sido designado mediante Resolución N° 1.042/MJYSGC/19 como
Director del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que durante el período de puesta en funcionamiento institucional del IUSE, y hasta
tanto se conforme el Consejo Superior de acuerdo a lo establecido en el Estatuto
Universitario, las funciones asignadas a aquel órgano deber ser ejercidas por el Rector
Organizador;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado
que la COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;
Que mediante Resolución N° 4/IUS/20, se suspendió el inicio de clases presenciales
en el Instituto Universitario de Seguridad por catorce (14) días corridos a partir del 16
de marzo de 2020, en cumplimiento de la recomendación realizada por el Ministerio de
Educación de la Nación por Resolución N ° 104/APN/ME/20;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, el Presidente de la Nación en
Acuerdo General de Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y
obligatorio con motivo de la pandemia por COVID-19, desde el 20 de marzo y hasta el
31 de marzo inclusive del corriente año;
Que con motivo de la amenaza y el riesgo sanitario que enfrenta nuestro país,
posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, 408/20,
N° 459/20, N° 493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20, N°
714/20, N° 754, N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N° 67/21, N°
125/21, N° 168/21, N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21 y N° 334/21 dicha medida fue
extendida y ulteriormente reemplazada por la de distanciamiento social, preventivo y
obligatorio, encontrándose vigente en la actualidad un conjunto de reglas de conducta
generales y obligatorias, junto con una serie de restricciones más profundas en
partidos y departamentos que presentan un Alto Riesgo Sanitario y Epidemiológico,
dentro del cual se encuentra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todo ello hasta el
11 de junio de 2021 inclusive;
Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 6/IUS/20, N°
7/IUS/20, N° 8/IUS/20, N° 13/IUS/20, N° 16/IUS/20, N° 19/IUS/20, N° 20/IUS/20, N°
21/IUS/20, N° 22/IUS/20, N° 23/IUS/20, N° 28/IUS/20, N° 30/IUS/20, N° 31/IUS/20, N°
32/IUS/20, N° 3/IUS/21, N° 4/IUS/21, N° 16/IUS/21, N° 19/ISSP/21, N° 25/IUS/21 y N°
26/IUS/21, fue prolongado el plazo establecido para la suspensión de clases
presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad, dispuesto en la Resolución N°
4/IUS/20, hasta el 11 de junio de 2021 inclusive;
Que posteriormente, con el fin de continuar conteniendo y mitigando la propagación de
contagios de COVID-19, por el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
381/21 se prorrogaron los términos del D.N.U. N° 287/21 hasta el día 25 de junio de
2021 inclusive
Que en razón de la mencionada situación, corresponde prorrogar la suspensión de
clases presenciales en el Instituto Universitario de Seguridad hasta el 25 de junio del
año en curso;
Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,
corresponde prorrogar la suspensión de clases presenciales en el Instituto
Universitario de Seguridad, y adoptar las medidas necesarias para contener la
propagación del Coronavirus en su ámbito;
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto
Universitario de Seguridad, hasta el 25 de junio de 2021 inclusive.
Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, mediante la utilización
de las herramientas existentes.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las
dependencias del Instituto Universitario de Seguridad. Cumplido, archívese. Unrein