RESOLUCIÓN 3 2021 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
SE SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN 33-SSCPEE/20 - AGENDA EDUCATIVA - CICLO LECTIVO 2021 - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
Publicación:
09/03/2021
Sanción:
04/02/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
VISTO: Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nros. 1/20 y sus prórrogas, el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia
N° 875-PEN/20 y sus prórrogas, el Decreto N° 463/19, y su modificatorio N° 128/20,
las Resoluciones Nros. 4776-MEGC/06 y sus modificatorias, 2215-GCABA-
MEDGC/20, 2765-MEDGC/20, 33-GCABA-SSCPEE/20, el Expediente Electrónico N°
05351273/GCABA-SSCPEE/21 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas se declaró la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
31 de marzo de 2021, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus
COVID-19 (coronavirus);
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875-PEN/20 y sus prórrogas estableció
que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra alcanzada por la fase de
Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, y dispuso que la efectiva reanudación
de las clases presenciales sería decidida por las autoridades provinciales y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que, por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que entre las responsabilidades primarias asignadas por el citado Decreto a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa surge aquella
vinculada a diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos a fin de contribuir el desarrollo individual y social de la comunidad;
Que el artículo 11 del Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública
dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución N° 4776/MEGC/06, normas modificatorias y
complementarias, establece que la "Agenda Educativa" es el instrumento pedagógico
elaborado anualmente por el Ministerio de Educación, que contiene el cronograma
para el funcionamiento del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 (coronavirus) se han
implementando diversas acciones a efectos de garantizar el derecho a la educación en
condiciones de equidad y el acompañamiento a las instituciones, estudiantes y familias
con el objeto de sostener el seguimiento de las trayectorias educativas;
Que en este contexto, y en función del interés superior de los estudiantes, se
adoptaron medidas que permitieron afianzar la continuidad de los procesos de
enseñanza y aprendizaje, focalizando el fortalecimiento de las trayectorias educativas
de los/as estudiantes y garantizando la igualdad de oportunidades;
Que los/as docentes del sistema educativo cumplen un rol fundamental para la
efectivización del derecho a la educación y en los procesos de enseñanza y de
aprendizaje, y es por ello que es necesario continuar fortaleciendo el vínculo
pedagógico, mediante la construcción e implementación de alternativas de enseñanza
que permitan seguir sosteniendo la continuidad pedagógica, fortaleciendo el
seguimiento de las trayectorias, consolidando también el vínculo con las familias e
implementando estrategias diversas para el acompañamiento a cada comunidad
educativa;
Que atento ello se ha aprobado el Régimen de Evaluación, Acreditación y Promoción
correspondiente al ciclo lectivo 2020-2021 para los Niveles Inicial, Primario y
Secundario mediante la Resolución N° 2215-MEDGC/20, la cual prevé una
organización curricular entre 2020/2021 que permita abordar los contenidos desde la
revisión y con una profundización progresiva a efectos de transitar un trayecto
curricular integrado;
Que por Resolución N° 33-GCABA-SSCPEE/20, se han definido las diferentes
actividades a realizarse en el ciclo lectivo 2021 en los distintos Niveles Educativos de
esta jurisdicción, correspondientes a la Educación de Gestión Estatal, Educación
Superior y Educación Privada;
Que el diseño y la organización de las actividades para el ciclo lectivo 2021 deben
seguir siendo orientados a brindar las mayores y mejores oportunidades para que se
pueda garantizar la continuidad de las trayectorias escolares para todos/as los/as
estudiantes;
Que atento la necesidad de reestructurar el cronograma de las actividades y las fechas
previstas para la cobertura de cargos docentes, establecidas en la mencionada
Agenda Educativa, deviene necesario y oportuno la modificación de la misma;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
dentro del marco de sus competencias;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 2765-MEDGC/20,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2020-27224102-GCABA-SSCPEE) de la
Resolución N° 33-SSCPEE/20, por el Anexo (IF-2021-05354786-GCABA-SSCPEE), el
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de
Administración Recursos, Carrera Docente, de Tecnología Educativa y
Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y para su conocimiento
y demás efectos remítase en copias a las Direcciones Generales de Educación de
Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y
Artísticas, de Escuela Abierta, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e
Institucional. Cumplido, archívese. Feced Abal