RESOLUCIÓN 33 2020 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
SE APRUEBA - AGENDA EDUCATIVA - CICLO LECTIVO 2021 - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
Publicación:
25/02/2021
Sanción:
10/11/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
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VISTO: Ley N° 6.292, los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 297/20,
y sus modificatorios, la Resolución N° 108-APN-ME/20, la Resolución CFE N° 368/20,
el Decreto N° 463/19, y su modificatorio N° 128/20, las Resoluciones Nros. 4776-
MEGC/06 y sus modificatorias, 2215-GCABA- MEDGC/20, el Expediente Electrónico
N° 26626438/GCABA-SSCPEE/20 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de Un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/2020, y sus modificatorios,
estableció la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio";
Que posteriormente, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875-PEN/20 se
dispuso el "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" para todas las personas
que residan o transiten en los aglomerados urbanos, comprendiendo a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social ";
Que, por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que entre las responsabilidades primarias asignadas por el citado Decreto a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa surge aquella
vinculada a diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos a fin de contribuir el desarrollo individual y social de la comunidad;
Que el artículo 11 del Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública
dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución N° 4776/MEGC/06, normas modificatorias y
complementarias, establece que la "Agenda Educativa" es el instrumento pedagógico
elaborado anualmente por el Ministerio de Educación, que contiene el cronograma
para el funcionamiento del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, oportunamente, por la Resolución N° 1157-MEDGC/20, y a los efectos de
asegurar la elaboración y aprobación anual de la Agenda Educativa, se delegó en la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa la aprobación,
modificación y/o rectificación la Agenda Educativa mediante la cual se establece
anualmente el cronograma para el funcionamiento del sistema educativo del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de la emergencia sanitaria y de conformidad con lo dispuesto por la
Resolución N° 108-APN-ME/20 se han tomado todas las medidas necesarias para
asegurar la comunicación y el seguimiento de las actividades de enseñanza
propuestas por las autoridades educativas nacionales y jurisdiccionales;
Que asimismo, se han implementando diversas acciones a efectos de garantizar el
derecho a la educación en condiciones de equidad y el acompañamiento a las
instituciones, estudiantes y familias con el objeto de sostener el seguimiento de las
trayectorias educativas;
Que en este contexto, y en función del interés superior de los estudiantes, se propicia
seguir adoptando medidas que permitan afianzar la continuidad de los procesos de
enseñanza y aprendizaje, focalizando el fortalecimiento de las trayectorias educativas
de los/as estudiantes y garantizando la igualdad de oportunidades;
Que los/as docentes del sistema educativo cumplen un rol fundamental para la
efectivización del derecho a la educación y en los procesos de enseñanza y de
aprendizaje; y es por ello que es necesario continuar fortaleciendo el vínculo
pedagógico, mediante la construcción e implementación de alternativas de enseñanza
que permitan seguir sosteniendo la continuidad pedagógica reconocida por la
normativa dictada por el Ministerio de Educación de la Nación y de la Ciudad de
Buenos Aires, fortaleciendo el seguimiento de las trayectorias, consolidando también
el vínculo con las familias e implementando estrategias diversas para el
acompañamiento a cada comunidad educativa;
Que el diseño y la organización de las actividades para el ciclo lectivo 2021 deben
seguir siendo orientados a brindar las mayores y mejores oportunidades para que se
pueda garantizar la continuidad de las trayectorias escolares para todos/as los/as
estudiantes;
Que atento ello se ha aprobado el Régimen de Evaluación, Acreditación y Promoción
correspondiente al ciclo lectivo 2020-2021 para los Niveles Inicial, Primario y
Secundario mediante la Resolución N° 2215-MEDGC/20, la cual prevé una
organización curricular entre 2020/2021 que permita abordar los contenidos desde la
revisión y con una profundización progresiva a efectos de transitar un trayecto
curricular integrado;
Que a tales efectos resulta necesario seguir diseñando estrategias acordes a la
realidad de cada comunidad educativa para fortalecer el acompañamiento así como
para igualar las oportunidades para todos los/as estudiantes respetando su derecho a
aprender considerando cada situación y los distintos puntos de partida;
Que asimismo, se han definido las diferentes actividades a realizarse en el ciclo lectivo
2021 en los distintos Niveles Educativos de esta jurisdicción, correspondientes a la
Educación de Gestión Estatal, Educación Superior y Educación Privada;
Que atento ello resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a efectos de
aprobar la Agenda Educativa para el ciclo lectivo 2021;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias, las Subsecretarías de
Carrera Docente, de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje
a lo Largo de la Vida y las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de
Educación de Gestión Privada;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
dentro del marco de sus competencias;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 1157-MEDGC/20,
Artículo 1°.- Apruébase la Agenda Educativa para el ciclo lectivo 2021 conforme se
estipula en el Anexo I (IF-2020-27224102-GCABA-SSCPEE), que forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de
Administración Recursos, Carrera Docente, de Tecnología Educativa y
Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y para su conocimiento
y demás efectos remítase en copias a las Direcciones Generales de Educación de
Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y
Artísticas, de Escuela Abierta, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e
Institucional. Cumplido, archívese. Feced Abal