RESOLUCIÓN 38 2021 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ANEXO - RESOLUCIÓN 33-SSCPEE-20 - AGENDA EDUCATIVA - CICLO LECTIVO 2021 - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
Publicación:
27/10/2021
Sanción:
23/09/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
VISTO: Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nros. 1/20 y sus prórrogas, los Decretos N° 463/19, y su modificatorio N°
128/20, las Resoluciones Nros. 4776-MEGC/06 y sus modificatorias, 2215-GCABA-
MEDGC/20, 2765-MEDGC/20, 33-GCABA-SSCPEE/20, 3-GCABA-SSCPEE/21,
799/GCABA-MEDGC/21 y 800/GCABA-
MEDGC/21, 24/GCABA-SSCPEE/21,
2466/GCABA-MEDGC/21, el Expediente Electrónico N° 27472520/GCABA-
SSCPEE/21 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas se dispuso la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
30 de septiembre de 2021, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias
para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus
COVID-19;
Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que, en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que, por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que entre las responsabilidades primarias asignadas por el citado Decreto a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa surge aquella
vinculada a diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos a fin de contribuir el desarrollo individual y social de la comunidad;
Que el artículo 11 del Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública
dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución N° 4776/MEGC/06, normas modificatorias y
complementarias, establece que la "Agenda Educativa" es el instrumento pedagógico
elaborado anualmente por el Ministerio de Educación, que contiene el cronograma
para el funcionamiento del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, oportunamente, por la Resolución N° 2765/GCABA-MEDGC/20, y a los efectos
de asegurar la elaboración y aprobación anual de la Agenda Educativa, se delegó en
la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa la aprobación,
modificación y/o rectificación la Agenda Educativa;
Que en este contexto, y en función del interés superior de los estudiantes, se
adoptaron medidas que permitieron afianzar la continuidad de los procesos de
enseñanza y aprendizaje, focalizando el fortalecimiento de las trayectorias educativas
de los/as estudiantes y garantizando la igualdad de oportunidades;
Que los/as docentes del sistema educativo cumplen un rol fundamental para la
efectivización del derecho a la educación y en los procesos de enseñanza y de
aprendizaje, y es por ello que es necesario continuar fortaleciendo el vínculo
pedagógico, mediante la construcción e implementación de alternativas de enseñanza
que permitan seguir sosteniendo la continuidad pedagógica, fortaleciendo el
seguimiento de las trayectorias, consolidando también el vínculo con las familias e
implementando estrategias diversas para el acompañamiento a cada comunidad
educativa;
Que, en este sentido, se ha aprobado el Régimen de Evaluación, Acreditación y
Promoción correspondiente al ciclo lectivo 2020-2021 para los Niveles Inicial, Primario
y Secundario mediante la Resolución N° 2215-MEDGC/20, la cual prevé una
organización curricular entre 2020/2021 que permita abordar los contenidos desde la
revisión y con una profundización progresiva a efectos de transitar un trayecto
curricular integrado;
Que, posteriormente, mediante las Resoluciones Nros. 799/GCABA-MEDGC/21 y
800/GCABA-MEDGC/21 se aprobaron los "Lineamientos sobre la Organización del
año escolar y la evaluación en el Nivel Inicial y Primario - ciclo lectivo 2021" y
"Lineamientos sobre la organización y evaluación del año escolar 2021, en el Nivel
Secundario", respectivamente;
Que, en esa línea, mediante la Resolución Nro. 2466/GCABA-MEDGC/21, se
aprobaron los criterios para la acreditación y promoción para el ciclo lectivo 2021,
enmarcados en el documento "ACREDITACIÓN DE APRENDIZAJES Y PROMOCIÓN
NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO";
Que por Resolución N° 33-GCABA-SSCPEE/20 y sus modificatorias N° 3-GCABA-
SSCPEE-21 y 24-GCABA-SSCPEE-21, se han definido las diferentes actividades a
realizarse en el ciclo lectivo 2021 en los distintos Niveles Educativos de esta
jurisdicción, correspondientes a la Educación de Gestión Estatal, Educación Superior y
Educación Privada;
Que el diseño y la organización de las actividades para el ciclo lectivo 2021 deben
seguir siendo orientados a brindar las mayores y mejores oportunidades para
garantizar la continuidad de las trayectorias escolares para todos/as los/as
estudiantes;
Que por ello se propicia reorganizar las actividades establecidas en la Agenda
Educativa para los meses de septiembre y octubre del corriente año, deviniendo
oportuna la modificación de la misma en su parte pertinente;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
dentro del marco de sus competencias;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 2765-MEDGC/20,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo (IF-2021-05354786-SSCPEE) de la Resolución N°
33-SSCPEE/20 en su parte pertinente, por el Anexo (IF-2021-28772486-GCABA-
SSCPEE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de
Administración de Recursos, Carrera Docente, de Tecnología Educativa y
Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y para su conocimiento
y demás efectos remítase en copias a las Direcciones Generales de Educación de
Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y
Artísticas, de Escuela Abierta, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e
Institucional. Cumplido, archívese. Feced Abal