DISPOSICIÓN 9 2021 DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS
Síntesis:
SE PRORROGA - HASTA 31 DE MARZO DE 2021 INCLUSIVE - SUSPENSIÓN DE LA ATENCIÓN AL PÚBLICO PRESENCIAL - TRÁMITES REALIZADOS POR EL DEPARTAMENTO DE POLICÍA MORTUORIA - REGISTRO DE ARRENDAMIENTO DE NICHOS Y SEPULTURAS - GERENCIA OPERATIVA DE PLANEAMIENTO Y REGISTRACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS - CAMBIO DE ARRENDATARIO - MODIFICACIÓN DE DATOS - AVERIGUACIÓN DE DATOS RELATIVOS A FALLECIDOS - REGISTRO DE ARRENDAMIENTO DE NICHOS Y SEPULTURAS. - PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
11/03/2021
Sanción:
05/03/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS
260/PEN/2020 y modificatorios, los Decretos N° 463-GCABA/19, N° 26-
GCABA/21/AJG, N° 36- GCABA/21/AJG, las Disposiciones N°8-GCABADGEVYC/20,
N° 17-GCABA-DGEVYC/20, N° 18-GCABA-DGEVYC/20, N ° 20-GCABADGEVYC/20,
N° 23-GCABA-DGEVYC/20, N° 24-GCABA-DGEVYC/20, N° 27- GCABADGEVYC/20,
N° 29-GCABA-DGEVYC/20, N° 33-GCABA-DGEVYC/20, N° 38- GCABADGEVYC/20,
N° 41-GCABA-DGEVYC/20, N° 43-GCABA-DGEVYC/20, N° 44- GCABADGEVYC/20,
N° 47-GCABA-DGEVYC/20, N° 60-GCABA-DGEVYC/20, N° 64-GCABA- DGEVYC/20,
N° 1-GCABA-DGEVYC/21, y N° 6-GCABA-DGEVYC/21, el Expediente Electrónico N°
EX-2020-28815390-GCABA-DGEVYC, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 4.977 se sancionó el "Régimen Jurídico y Poder de Policía Mortuoria
en los Cementerios" de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en su artículo 3° se establece como Autoridad de Aplicación a la Dirección
General de Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del
Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público o el organismo que en el
futuro lo reemplace;
Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios, creándose la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que oportunamente, mediante Decreto N° 463-GCABA/19, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad, a través del cual se
estableció a la Dirección General de Espacios Verdes y Cementerios bajo la órbita de
la Subsecretaría de Gestión Comunal dependiente de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, absorbiendo
las competencias que correspondían a la entonces Dirección General de Espacios
Verdes y Dirección General de Cementerios, ambas dependientes del entonces
Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que mediante Decreto N° 26-GCABA/21, se modificó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad aprobada por Decreto N° 463-
GCABA/19, y se estableció a la Dirección General de Cementerios bajo la órbita de la
Subsecretaría de Servicios al Ciudadano dependiente de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que asimismo por el mencionado Decreto, se estableció entre las misiones y
funciones de dicha Dirección General la de "Dirigir los servicios de las Necrópolis de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante Decreto N° 36-GCABA/21, se procedió a designar funcionario a cargo
de la Dirección General de Cementerios;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que, en ese contexto, la entonces Dirección General de Espacios Verdes y
Cementerios por medio de la Disposición N° 8-GCABA-DGEVYC/20 suspendió
diversos trámites presenciales relacionados con renovaciones de nichos, entrega de
turnos para cremación de cadáveres, registros de arrendamientos de nichos y
sepulturas registro de concesiones de bóvedas y panteones;
Que posteriormente, por intermedio de las Disposiciones N°. 17-GCABA-DGEVYC/20,
N° 18-GCABADGEVYC/20, N° 20-GCABA-DGEVYC/20, N° 23-GCABA-DGEVYC/20,
N° 24-GCABADGEVYC/20, N° 27-GCABA-DGEVYC/20, N° 29-GCABA-DGEVYC/20,
N° 33-GCABADGEVYC/20, N° 38-GCABA-DGEVYC/20, N° 41-GCABA-DGEVYC/20,
N° 43-GCABADGEVYC/20, N° 44- GCABA-DGEVYC/20, N° 47-GCABA-DGEVYC/20,
N° 60-GCABADGEVYC/20, N° 64-GCABA-DGEVYC/20, N° 1-GCABA-DGEVYC/21,
se prorrogó el plazo establecido en los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, y 9° de la
Disposición N° 8-GCABADGEVYC/20;
Que mediante Disposición N° 6-GCABA-DGEVYC/21, esta dirección general Prorrogó
exlusivamente la suspensión de la atención al público presencial dispuesta por los
Artículos 4° y 9° de la disposición DI-2020-8-GCABADGEVYC, respecto de los
trámites realizados por el Departamento de Policía Mortuoria y del área de Registro de
Arrendamiento de Nichos y Sepulturas, ambos dependientes de la Gerencia Operativa
de Planeamiento y Registración de esta Dirección General.
Que en función de las capacidades operativas actuales, en virtud de la Pandemia
Covid-19 y habiendo retornado a la atención al público de manera presencial en gran
cantidad de trámites y servicios, resulta prudente postergar la reanudación de atención
presencial del departamento de Policía Mortuoria y del área de Registro de
Arrendamiento de Nichos y Sepulturas exclusivamente, ambos dependientes de la
Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración, hasta el 31 de marzo inclusive,
efectos de garantizar el funcionamiento y la correcta atención al público de acuerdo a
las condiciones establecidas en el "PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARA
TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES CON ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA
COVID-19" y su Anexo (Informes N° IF-2020-17523333- GCABA-DGATCIUD y N° IF-
2020-17523305-GCABA-DGATCIUD);
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorróguese hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive, la suspensión de la
atención al público presencial dispuesta por los Artículos 4° y 9° de la disposición DI-
2020-8-GCABADGEVYC, respecto de los trámites realizados por el Departamento de
Policía Mortuoria y del área de Registro de Arrendamiento de Nichos y Sepulturas,
ambos dependientes de la Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración de esta
Dirección General.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las gerencias
correspondientes. Cumplido, archívese. Maffuchi