DISPOSICIÓN 9 2021 DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS

Síntesis:

SE PRORROGA - HASTA 31 DE MARZO DE 2021 INCLUSIVE - SUSPENSIÓN DE LA ATENCIÓN AL PÚBLICO PRESENCIAL - TRÁMITES REALIZADOS POR EL DEPARTAMENTO DE POLICÍA MORTUORIA - REGISTRO DE ARRENDAMIENTO DE NICHOS Y SEPULTURAS - GERENCIA OPERATIVA DE PLANEAMIENTO Y REGISTRACIÓN - DIRECCIÓN  GENERAL DE CEMENTERIOS - CAMBIO DE ARRENDATARIO - MODIFICACIÓN DE DATOS - AVERIGUACIÓN DE DATOS RELATIVOS A FALLECIDOS - REGISTRO DE ARRENDAMIENTO DE NICHOS Y SEPULTURAS. - PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

11/03/2021

Sanción:

05/03/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS


260/PEN/2020 y modificatorios, los Decretos N° 463-GCABA/19, N° 26-

GCABA/21/AJG, N° 36- GCABA/21/AJG, las Disposiciones N°8-GCABADGEVYC/20,

N° 17-GCABA-DGEVYC/20, N° 18-GCABA-DGEVYC/20, N ° 20-GCABADGEVYC/20,

N° 23-GCABA-DGEVYC/20, N° 24-GCABA-DGEVYC/20, N° 27- GCABADGEVYC/20,

N° 29-GCABA-DGEVYC/20, N° 33-GCABA-DGEVYC/20, N° 38- GCABADGEVYC/20,

N° 41-GCABA-DGEVYC/20, N° 43-GCABA-DGEVYC/20, N° 44- GCABADGEVYC/20,

N° 47-GCABA-DGEVYC/20, N° 60-GCABA-DGEVYC/20, N° 64-GCABA- DGEVYC/20,

N° 1-GCABA-DGEVYC/21, y N° 6-GCABA-DGEVYC/21, el Expediente Electrónico N°

EX-2020-28815390-GCABA-DGEVYC, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 4.977 se sancionó el "Régimen Jurídico y Poder de Policía Mortuoria

en los Cementerios" de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en su artículo 3° se establece como Autoridad de Aplicación a la Dirección

General de Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del

Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público o el organismo que en el

futuro lo reemplace;

Que por Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios, creándose la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que oportunamente, mediante Decreto N° 463-GCABA/19, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad, a través del cual se

estableció a la Dirección General de Espacios Verdes y Cementerios bajo la órbita de

la Subsecretaría de Gestión Comunal dependiente de la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, absorbiendo

las competencias que correspondían a la entonces Dirección General de Espacios

Verdes y Dirección General de Cementerios, ambas dependientes del entonces

Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante Decreto N° 26-GCABA/21, se modificó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad aprobada por Decreto N° 463-

GCABA/19, y se estableció a la Dirección General de Cementerios bajo la órbita de la

Subsecretaría de Servicios al Ciudadano dependiente de la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que asimismo por el mencionado Decreto, se estableció entre las misiones y

funciones de dicha Dirección General la de "Dirigir los servicios de las Necrópolis de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que mediante Decreto N° 36-GCABA/21, se procedió a designar funcionario a cargo

de la Dirección General de Cementerios;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir

de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que, en ese contexto, la entonces Dirección General de Espacios Verdes y

Cementerios por medio de la Disposición N° 8-GCABA-DGEVYC/20 suspendió

diversos trámites presenciales relacionados con renovaciones de nichos, entrega de

turnos para cremación de cadáveres, registros de arrendamientos de nichos y

sepulturas registro de concesiones de bóvedas y panteones;

Que posteriormente, por intermedio de las Disposiciones N°. 17-GCABA-DGEVYC/20,

N° 18-GCABADGEVYC/20, N° 20-GCABA-DGEVYC/20, N° 23-GCABA-DGEVYC/20,

N° 24-GCABADGEVYC/20, N° 27-GCABA-DGEVYC/20, N° 29-GCABA-DGEVYC/20,

N° 33-GCABADGEVYC/20, N° 38-GCABA-DGEVYC/20, N° 41-GCABA-DGEVYC/20,

N° 43-GCABADGEVYC/20, N° 44- GCABA-DGEVYC/20, N° 47-GCABA-DGEVYC/20,

N° 60-GCABADGEVYC/20, N° 64-GCABA-DGEVYC/20, N° 1-GCABA-DGEVYC/21,

se prorrogó el plazo establecido en los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, y 9° de la

Disposición N° 8-GCABADGEVYC/20;

Que mediante Disposición N° 6-GCABA-DGEVYC/21, esta dirección general Prorrogó

exlusivamente la suspensión de la atención al público presencial dispuesta por los

Artículos 4° y 9° de la disposición DI-2020-8-GCABADGEVYC, respecto de los

trámites realizados por el Departamento de Policía Mortuoria y del área de Registro de

Arrendamiento de Nichos y Sepulturas, ambos dependientes de la Gerencia Operativa

de Planeamiento y Registración de esta Dirección General.

Que en función de las capacidades operativas actuales, en virtud de la Pandemia

Covid-19 y habiendo retornado a la atención al público de manera presencial en gran

cantidad de trámites y servicios, resulta prudente postergar la reanudación de atención

presencial del departamento de Policía Mortuoria y del área de Registro de

Arrendamiento de Nichos y Sepulturas exclusivamente, ambos dependientes de la

Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración, hasta el 31 de marzo inclusive,

efectos de garantizar el funcionamiento y la correcta atención al público de acuerdo a

las condiciones establecidas en el "PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARA

TODA DEPENDENCIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES CON ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA

COVID-19" y su Anexo (Informes N° IF-2020-17523333- GCABA-DGATCIUD y N° IF-

2020-17523305-GCABA-DGATCIUD);

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS

DISPONE:

Artículo 1°.- Prorróguese hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive, la suspensión de la

atención al público presencial dispuesta por los Artículos 4° y 9° de la disposición DI-

2020-8-GCABADGEVYC, respecto de los trámites realizados por el Departamento de

Policía Mortuoria y del área de Registro de Arrendamiento de Nichos y Sepulturas,

ambos dependientes de la Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración de esta

Dirección General.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las gerencias

correspondientes. Cumplido, archívese. Maffuchi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Disposición 9-DGCEME-21 prorroga  hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive, la suspensión de la atención al público presencial dispuesta por los Artículos 4° y 9° de la Disposición 8-DGEVYC-20, respecto de los trámites realizados por el Departamento de Policía Mortuoria y del área de Registro de Arrendamiento de Nichos y Sepulturas, ambos dependientes de la Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración.</p>