RESOLUCIÓN 109 2021 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

SE FIJAN PAUTAS - CONVOCATORIA - PROGRAMA ADOLESCENTES PROYECTO POR NOSOTROS -  AÑO 2021 - PROTECCIÓN INTEGRAL - INCLUSIÓN SOCIAL - PLENO GOCE DE DERECHOS - ADOLESCENTES - SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOCIAL - ASISTENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA - MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO

Publicación:

12/03/2021

Sanción:

09/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO: La Ley Nacional N° 26.994, las Leyes N° 114 y 6.292, Decreto N° 463/19 y

modificatorios, el Decreto N° 428/07, la Resolución N° 35/MDSGC/2011, el Expediente

Electrónico N° 2021-06445007-MGEYA-DGNYA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 114 tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas,

niños y adolescentes, garantizandoles todas las oportunidades para su desarrollo

físico, psíquico, moral, espiritual y social, en condiciones de libertad, igualdad y

dignidad;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat, entre cuyos objetivos se establece el de "Diseñar e implementar

políticas referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de género";

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y

Hábitat a a la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario de la

cual depende la Dirección General de Niñez y Adolescencia;

Que mediante el Decreto N° 428/07 se creó el Programa Proyecto Por Nosotros-as en

el ámbito de la Dirección General de Niñez y Adolescencia dependiente de la ex

Subsecretaría de Promoción e Integración Social, actual Subsecretaría de Promoción

Social, del entonces Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, actual Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano, con el fin de promover el desarrollo de los/as

adolescentes y jóvenes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de entre 14 y 21 años

de edad que se encuentren en situación de Vulnerabilidad Social;

Que el mencionado Decreto, en su artículo 3°, faculta al titular del entonces Ministerio

de Derechos Humanos y Sociales, a dictar los actos administrativos reglamentarios,

complementarios e interpretativos que resulten necesario para la implementación de

dicho programa, pudiendo delegar en el/la titular de la Dirección General de Niñez y

Adolescencia los de ejecución;

Que entre los objetivos del Programa se encuentran los de promover la inclusión social

y el pleno goce de derechos de los/las adolescentes que se encuentren en situación

de vulnerabilidad social, incentivándolos a la formulación de iniciativas y proyectos

dirigidos a abordar la problemática social brindándoles asistencia técnica y/o financiera

que resulte necesaria;

Que a partir de la vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por la

Ley Nacional N° 26.994, y la modificación de algunos preceptos en lo que respecta a

los derechos de las niñas, niños y adolescentes y su autonomía progresiva, resulta

necesario modificar la reglamentación vigente en el ámbito local, a los fines de

adecuar la misma a la normativa actualmente vigente y de carácter general y nacional,

la cual entre otras previsiones establece que son adolescentes las personas menores

de edad a partir de los 13 años.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 428/07,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE

Artículo 1° - Fíjense las pautas que rigen en la convocatoria a las/os adolescentes y

jóvenes para participar del Programa Adolescentes Proyecto Por Nosotros/as para el

año 2021, las que como Anexo I (IF-2021-06578192-DGNYA) forman parte integrante

de la presente resolución.

Artículo 2° - Establécese que la inscripción a la convocatoria mencionada en el artículo

1° será de manera presencial y virtual en los sitios detallados en el Anexo II (IF-2021-

06658218-DGNYA) que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General de Niñez y Adolescencia a que,

dentro del plazo de 10 (diez) días, establezca la fecha de inicio y finalización de la

convocatoria mencionada en el artículo 1° y la publique en el sitio web oficial

www.buenosaires.gob.ar/programaadolescencia

Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, pase a la

Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario y a la Dirección

General de Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

Cumplido, archívese. Migliore


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 109-MHYDHGC/21 fija las pautas que rigen la convocatoria del Programa Adolescentes - Proyecto Por Nosotros-as, creado mediante el Decreto 428/07, para el año 2021. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 223/MDHYHGC/21 aprueba texto del Proyecto de Convenio a celebrarse en el marco de la convocatoria realizada por la Resolución 109/MDHYHGC/21.</p>