RESOLUCIÓN 2150 2020 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE ESTABLECE - ÁMBITO - CONSEJO CONSULTIVO DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE GESTIÓN PRIVADA - DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - SE SUSTITUYEN ATRIBUCIONES Y FUNCIONES - SE MODIFICA RESOLUCIÓN 826-MEGC/08 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
12/03/2021
Sanción:
08/09/2020
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: Las Leyes Nacionales Nros. 13.047, 24.049, 26.206 y sus modificatorias, la
Ley N° 621 (texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 1089/02, 463/19 y
128/20, las Resoluciones Nros. 826-MEGC/08 y 79-SSIEYCP/08, el Expediente
Electrónico N° 21063737-GCABA-DGEGP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.049 y el Convenio de Transferencia de los Servicios Educativos
celebrado entre el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación y la Municipalidad de
la Ciudad de Buenos Aires del 19 de febrero de 1992 y el Acta Complementaria del
precitado convenio celebrada el 30 de julio de 1993, transfirieron al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires las facultades y funciones que ejerciera el ex
Ministerio de Cultura y Educación de la Nación sobre los establecimientos educativos
de la jurisdicción;
Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que el Sistema Educativo Nacional es el
conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que
posibilitan el ejercicio del derecho a la educación, integrado por los servicios
educativos de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas
las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la
educación;
Que asimismo, el mencionado cuerpo normativo, dispone que los servicios educativos
de gestión privada estarán sujetos a la autorización, reconocimiento y supervisión de
las autoridades educativas jurisdiccionales correspondientes;
Que en este sentido, indica que se encuentran autorizados a prestar los servicios
educativos de gestión privada la Iglesia Católica, las confesiones religiosas inscriptas
en el Registro Nacional de Cultos, las sociedades, cooperativas, organizaciones
sociales, sindicatos, asociaciones, fundaciones y empresas con personería jurídica y
las personas físicas;
Que por la Ley Nacional No 13.047, se aprobó la Organización y Reglamentación de la
Enseñanza Privada;
Que la Ley N° 621, regula la habilitación, el funcionamiento y la supervisión de todas
instituciones privadas de carácter educativo asistencial, no incorporadas a la
enseñanza oficial, destinadas a la atención integral de la población infantil desde los
45 días hasta los 4 años inclusive;
Que el Decreto No 1089/02, aprobó la reglamentación de la ley N° 621, contemplando
la regulación de los Institutos Educativos Asistenciales;
Que la Resolución No 826-MEGC/08 receptando la tradición de la participación de las
Asociaciones representativas de la Instituciones Educativas de Gestión Privada y de
las asociaciones sindicales, creó el Consejo Consultivo de Educación Pública de
Gestión Privada en el ámbito de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación
Pedagógica, regulando su funcionamiento y reconociendo la condición de miembros a
aquellas Asociaciones Intermedias mencionadas en el Anexo de la misma;
Que la Resolución N° 79-SSIEYCP/2008 incorporó a la Asociación Civil para el
Desarrollo de la Educación Técnica Profesional de Nivel Medio y Superior Foro de
Institutos Técnicos de Buenos Aires (FITECBA) al Consejo Consultivo de Educación
Pública de Gestión Privada;1
Que el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20 aprobó la estructura
organizativa del Ministerio de Educación, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
contemplándose a la Dirección General de Educación de Gestión Privada;
Que conforme el mencionado decreto, tiene como responsabilidad primaria la de
coordinar y garantizar el funcionamiento del Consejo Consultivo, propiciando la
participación de los distintos actores representativos de las unidades educativas, como
así también la de establecer mecanismos de articulación, participación y asistencia
con otras áreas del Ministerio de Educación, para contribuir a la definición e
implementación de estrategias que conlleven a un sistema educativo único e
integrado, respetando las particularidades de ambos subsistemas;
Que el funcionamiento y existencia del Consejo Consultivo de Educación Pública de
Gestión Privada ha resultado un mecanismo conveniente para la elaboración de
propuestas que involucran políticas de desarrollo y fortalecimiento del sistema de
Educación Pública de Gestión Privada;
Que en orden a la modificación de la estructura organizativa del Ministerio de
Educación, la Dirección General de Educación de Gestión Privada propicia que el
Consejo Consultivo de Educación Pública de Gestión Privada, se encuentre bajo su
órbita, debiendo ser coordinada y presidida por la mencionada Dirección General;
Que en este sentido la mencionada Dirección General incorpora la integración,
atribuciones y funciones del Consejo Consultivo de Educación Pública de Gestión
Privada como Anexo I (IF-2020-21068483-GCABADGEGP) a los fines de modificar en
su parte pertinente la Resolución N° 826-MEGC/08;
Que a fin de contemplar la actual composición y las posteriores incorporaciones, se
propicia encomendar a la Dirección General de Educación de Gestión Privada la
aprobación de la "Nómina de Entidades Intermedias Integrantes del Consejo
Consultivo de Educación de Gestión Privada";
Que así también se encomienda a la Dirección General de Educación de Gestión
Privada a dictar las normas complementarias de la presente;
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo en el sentido
precedentemente expuesto;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención legal de su competencia. Es por ello y en uso de las facultades que le son
propias,
Artículo 1°.- Establézcase que el Consejo Consultivo de Educación Pública de Gestión
Privada creado por el Artículo 1° de la Resolución N° 826-MEGC/08, se encontrará en
el ámbito de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente del
Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Deróganse los Artículos 2°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10° de la Resolución N°
826-MEGC/08.
Artículo 3°.- Sustitúyanse las atribuciones y funciones del Consejo Consultivo de
Educación Pública de Gestión Privada, establecidas en la Resolución N° 826-
MEGC/08 de conformidad con el Anexo (IF-2020-21068483 - GCABA-DGEGP), el que
a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Facúltase a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a
aprobar la "Nómina de Entidades Intermedias Integrantes del Consejo Consultivo de
Educación de Gestión Privada" e incorporar en lo sucesivo a las Asociaciones
Intermedias al Consejo Consultivo de Educación de Gestión Privada de conformidad
con lo previsto en el Anexo (IF-2020-21068483 -GCABA-DGEGP), aprobado por el
Artículo 3°.
Artículo 5°.- Encomiéndese a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a
dictar las normas complementarias que fueran necesarias para la efectiva
implementación de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Efectúense las Comunicaciones Oficiales correspondientes a la Subsecretaría de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y a las Dirección Generales de
Educación de Gestión Privada y de Coordinación Legal e Institucional. Notifíquese a
los representantes de las Entidades detalladas en el Anexo de la presente. Cumplido,
archívese. Acuña