RESOLUCIÓN 392 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE SUSTITUYE - ANEXO V DE LA RESOLUCIÓN 2873-MCGC/20 - ACTIVIDAD - VIVAMOS CULTURA - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA INVITADOS A PUBLICAR HASTA POR 72 HS - CONTENIDOS CULTURALES DE LA CIUDAD - COVID 19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS

Publicación:

16/03/2021

Sanción:

08/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Ley N° 6292 (Texto consolidado por Ley N° 6347), las Resoluciones Nos.

2873/MCGC/20 y 150/MCGC/21, el E.E. N° 17632934-GCABA-DGTALMC/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6292 (Texto consolidado por Ley N° 6347) dispone en su artículo 1°

que: "El Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de

conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere la presente ley...",

estableciendo en el art. 22° que corresponde al Ministerio de Cultura asistir al Jefe de

Gobierno en todo lo inherente a sus competencias, de acuerdo con los objetivos allí

enunciados, tales como "Diseñar e implementar las políticas, planes y programas

tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural", entre otros;

Que mediante la Resolución N° 2873/MCGC/20, modificada por Resolución N°

150/MCGC/21, se creó la actividad "Vivamos Cultura" con el objeto de que la oferta y

contenidos culturales de la Ciudad se encuentre accesible de forma remota y gratuita,

a través de una plataforma de comunicación audiovisual digital a demanda, durante la

etapa de aislamiento social obligatorio y una vez finalizada la misma;

Que mediante el Anexo V de la mencionada Resolución se establecieron las

condiciones para la invitación a publicar contenido por 24 horas en la plataforma de

"Vivamos Cultura";

Que, por razones técnicas y de eficiencia, resulta oportuno y necesario modificar el

Anexo V identificado como N° IF-2020-24482623-GCABA-DGPSE de la Resolución N°

2873/MCGC/20, modificada por Resolución N° 150/MCGC/21, para extender y agregar

plazos de invitación a publicar hasta 72 horas;

Que, por lo anteriormente mencionado, corresponde dictar el acto administrativo

pertinente.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo V identificado como N° IF-2020-24482623-GCABA-

DGPSE, aprobado mediante la Resolución N° 2873/MCGC/20 modificada por

Resolución N° 150/MCGC/21, por el Anexo que bajo N° de IF-2021-07702340-

GCABA-DGPSE forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6079

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 392-MCGC/21, sustituye el Anexo V de la Resolución 2873/MCGC/20 modificada por Resolución 150/MCGC/21.</p>