RESOLUCIÓN 1021 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 3749-MEFGC/19 - RÉGIMEN GERENCIAL - ACREDITACIÓN - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA - TEMÁTICA DE GÉNERO Y VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES - FUNCIÓN PÚBLICA - NIVELES Y JERARQUÍAS - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - LEY MICAELA - INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA

Publicación:

23/03/2021

Sanción:

18/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley Nacional N° 27.499, las Leyes Nros 6.208 y 6.292 (textos consolidados

por Ley N° 6.347), la Resolución N° 3749-MEFGC/19 y el Expediente Electrónico N°

8.917.500-GCABA-DGCLAP/21 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 se aprobaron las

disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial y el procedimiento de

selección para los cargos del Régimen Gerencial del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que, con posterioridad, la Ley Nacional N° 27.499 estableció la capacitación

obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las

personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías

en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación;

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los términos de la referida ley

mediante sanción de la Ley N° 6.208;

Que, en este marco, se estima preciso que aquellas personas que sean designadas en

cargos del Régimen Gerencial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

acrediten haberse capacitado en temática de género y violencia contra las mujeres;

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que

adecúe la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 en el sentido referido.

Por ello y en orden a las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorpórase como Artículo 3° bis al Anexo I de la Resolución N° 3749-

GCABA-MEFGC/19, el siguiente texto:

Artículo 3° bis.- Las designaciones en cargos del Régimen Gerencial podrán ser

dejadas sin efecto si el/la designado/a no acreditara fehacientemente, dentro del plazo

de sesenta (60) días corridos desde la notificación del respectivo acto administrativo

de designación y ante la dependencia que a tales efectos se establezca en el acto de

convocatoria, haber completado la capacitación que, en consonancia con la Ley N °

6.208, de adhesión a la Ley Nacional 27.499 "Ley Micaela de capacitación obligatoria

en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado", se

encuentre vigente en el Instituto Superior de la Carrera o el que en el futuro lo

reemplace.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, a la Secretaría Legal y Técnica de la Jefatura de Gobierno y a la

Jefatura de Gabinete de Ministros y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Dirección General Concursos, Legales y Asuntos Previsionales. Cumplido, archívese.

Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1° de la Resolución 1021-MHFGC/21, incorpora Artículo 3° bis al Anexo I de la Resolución 3749-MEFGC/19.</p>