RESOLUCIÓN 1030 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 412-MEFGC/19 - PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE TRAMO POR CONCURSO CERRADO - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - RÉGIMEN ESCALAFONARIO - CARRERA ADMINISTRATIVA - SE INCORPORAN ARTICULOS 40 BIS - 80 BIS - 120 BIS - LEY NACIONAL N° 27.499 - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN MATERIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES - INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA - LEY MICAELA 

Publicación:

26/03/2021

Sanción:

19/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley Nacional N° 27.499, las Leyes Nros. 6.208 y 6.292 (textos

consolidados por Ley N° 6.347), la Resolución N° 412-GCABA-MEFGC/19 y

modificatoria y el Expediente Electrónico N° 8918832-GCABA-DGCLAP/21 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 412-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria aprobó el procedimiento

de selección para la promoción de tramo por concurso cerrado para el personal de la

Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires alcanzados por el Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa;

Que, con posterioridad, la Ley Nacional N° 27.499 estableció la capacitación

obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las

personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías

en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación;

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los términos de la referida ley

mediante la sanción de la Ley N° 6.208;

Que, en este marco, se estima preciso incorporar como requisito excluyente dentro del

procedimiento de selección mencionado, la acreditación por parte de los/las

postulantes de la correspondiente capacitación en temática de género y violencia

contra las mujeres conforme lo establecido por la citada ley nacional;

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que

adecúe la Resolución N° 412-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria en el sentido referido

en el apartado que antecede;

Por ello y en orden a las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorpórase como Artículo 40 bis al Anexo I de la Resolución N° 412-

GCABA-MEFGC/19, el siguiente texto:

Artículo 40 bis.- Con carácter previo a la realización de la entrevista personal prevista

en el artículo 43 y ss del Anexo I de la Resolución N° 412-MEFGC/19, se deberá

acreditar de manera fehaciente la finalización de la capacitación en materia de género

y violencia contra las mujeres que se encuentre vigente en el Instituto Superior de la

Carrera, en consonancia con lo establecido por Ley N° 6.208 de adhesión a la Ley

Nacional 27.499 "Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las

personas que integran los tres poderes del Estado" , bajo apercibimiento de no

continuar con la referida etapa y disponer sin más trámite la exclusión del/ la

postulante del proceso concursal.

Artículo 2°.- Incorpórase como Artículo 80 bis al Anexo I de la Resolución N° 412-

GCABA-MEFGC/19, el siguiente texto:

Artículo 80 bis.- Con carácter previo a la realización de la entrevista personal prevista

en el artículo 83 y ss del Anexo I de la Resolución N° 412-MEFGC/19, se deberá

acreditar de manera fehaciente la finalización de la capacitación en materia de género

y violencia contra las mujeres que se encuentre vigente en el Instituto Superior de la

Carrera, en consonancia con lo establecido por Ley N° 6.208 de adhesión a la Ley

Nacional 27.499 "Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las

personas que integran los tres poderes del Estado" , bajo apercibimiento de no

continuar con la referida etapa y disponer sin más trámite la exclusión del/ la

postulante del proceso concursal.

Artículo 3°.- Incorpórase como Artículo 120 bis al Anexo I de la Resolución N° 412-

GCABA-MEFGC/19, el siguiente texto:

Artículo 120 bis.- Con carácter previo a la realización de la entrevista personal prevista

en el artículo 123 y ss del Anexo I de la Resolución N° 412-MEFGC/19,se deberá

acreditar de manera fehaciente la finalización de la capacitación en materia de género

y violencia contra las mujeres que se encuentre vigente en el Instituto Superior de la

Carrera, en consonancia con lo establecido por Ley N° 6.208 de adhesión a la Ley

Nacional 27.499 "Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las

personas que integran los tres poderes del Estado" , bajo apercibimiento de no

continuar con la referida etapa y disponer sin más trámite la exclusión del/ la

postulante del proceso concursal.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Concursos, Legales y

Asuntos Previsionales dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1° de la Resolución 1030-MHFGC/21, incorpora Artículo 40 bis al Anexo I de la Resolución 412-MEFGC/19.</p><p>Art.2°  incorpora Artículo 80 bis.</p><p>Art.3° incorpora Artículo 120 bis.</p>