RESOLUCIÓN 412 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - SELECCIÓN - PROMOCIÓN DE TRAMO POR CONCURSO CERRADO - PERSONAL - PLANTA PERMANENTE - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - CARRERA ADMINISTRATIVA - RÉGIMEN ESCALAFONARIO - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - CARGOS - COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA - COPICA - COMITÉ DE SELECCIÓN
Publicación:
06/02/2019
Sanción:
01/02/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
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VISTO:
Las Leyes Nros 471 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria 6025 y
5460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria 5960 , el Acta de
Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14 y
modificatorias, el Acta de Negociación Colectiva N° 41/18 instrumentada por
Resolución N° 186-MEFGC/19, la Resolución N° 913-MEFGC/18 y modificatoria, y el
Expediente Electrónico N° 2019-04527738-DGDSCIV y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 establece los principios a los que debe estar sujeta la Carrera
Administrativa para los trabajadores de la Planta Permanente del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dichos principios deben ser cumplidos y desarrollados mediante la aplicación de
normas de procedimientos surgidos de la negociación colectiva;
Que en ese sentido, en el marco del Título II de la Ley N° 471, la Comisión Paritaria
Central suscribió el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 instrumentada por
Resolución N° 20-MHGC/14 y modificatorias, por la cual se aprueba el Nuevo
Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa;
Que por el artículo 28 del acta citada, las partes acordaron los mecanismos para la
promoción de tramo en el ámbito de la Carrera Administrativa;
Que mediante la Resolución N° 913-MEFGC/18 se encomendó a la Dirección General
Desarrollo del Servicio Civil elaborar, previa consulta a las entidades sindicales
signatarias del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, propuestas de
Régimen de Selección de Personal para el Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera
Administrativa, de acuerdo a lo establecido en el Título V del Anexo I del Acta de
Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias;
Que en fecha 18 de diciembre de 2018 se celebró el Acta de Negociación Colectiva N°
41/18 de la Comisión Paritaria Central, suscripta entre los representantes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del
Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) instrumentada por Resolución
N°186-MEFGC/19;
Que mediante la misma, las partes acordaron sustituir el artículo 28 del Acta de
Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias y establecer los lineamientos
relacionados con la promoción de tramo por concurso cerrado de la Planta
Permanente del Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa;
Que según la Ley N° 5460, el Ministerio de Economía y Finanzas posee entre sus
funciones las de diseñar e instrumentar las políticas de Recursos Humanos del
Gobierno de la Ciudad;
Que en este sentido, corresponde aprobar un procedimiento de selección para la
promoción de tramo por concurso cerrado de la Planta Permanente del Régimen
Escalafonario y de Carrera Administrativa.
Por ello, en orden a las facultades conferidas por las Leyes Nros. 471 (texto
consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 6.025, y 5460 (texto
consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960,
Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento de selección para la promoción de tramo por
concurso cerrado para el personal de la Planta Permanente de la Administración
Pública del GCBA alcanzados por el Régimen Escalafonario y de Carrera
Administrativa, que como Anexo I (IF N° 2019-04654929-GCABA-DGDSCIV) forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Exceptúese de la aplicación del presente a los concursos que se llevaren
a cabo para la familia de puestos "Ejecución e Interpretación musical" del
agrupamiento Actividades Artísticas y Escenotécnicas.
Artículo 3°.- Encomiéndese a la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil
dependiente de la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, la sustanciación de
los procesos de concursos cerrados internos, intersectoriales y generales, a excepción
de aquellos en los que se concursen vacantes asociadas a los puestos y jurisdicciones
incluidos en el Anexo II de la Resolución N° 913-MEFGC/18 y modificatoria.
Artículo 4°.- Encomiéndese a la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil
dependiente de la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos la suscripción de las
disposiciones que convoquen a concursos cerrados internos e intersectoriales, a
excepción de aquellos en los que se concursen vacantes asociadas a los puestos y
jurisdicciones incluidos en el Anexo II de la Resolución N° 913-MEFGC/18 y
modificatoria.
Artículo 5°.- Encomiéndese a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos la
suscripción de las Resoluciones que convoquen a concursos cerrados generales, a
excepción de aquellos en los que se concursen vacantes asociadas a los puestos y
jurisdicciones incluidos en el Anexo II de la Resolución N° 913-MEFGC/18 y
modificatoria.
Artículo 6°.- Establézcase que los procesos mediante los cuales se concursen
vacantes asociadas a los puestos y jurisdicciones incluidos en el Anexo II de la
Resolución N° 913-MEFGC/18 y modificatoria, serán sustanciados y convocados por
el Ministerio de Salud o el Ministerio de Educación e Innovación, según corresponda,
para lo que dichos Ministerios de forma conjunta con el Ministerio de Economía y
Finanzas deberán dictar los correspondientes actos administrativos de adecuación del
procedimiento que por el presente se aprueba.
Artículo 7°.- Establézcase que las promociones de tramo se instrumentarán a través
de acto administrativo emanado por la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos de este Ministerio.
Artículo 8°.- Establezcase que la Comisión Permanente de Interpretación de la Carrera
Administrativa
(CoPICA), podrá exceptuar, cuando razones debidamente
fundamentadas así lo requieran, del cumplimiento del requisito establecido en el
párrafo cuarto del artículo 28 del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y
modificatorias sustituido por el Acta de Negociación Colectiva N° 41/18 instrumentada
por Resolución N° 186-MEFGC/19.
Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Educación e Innovación, a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Desarrollo
del Servicio Civil, ambas dependientes de este ministerio. Cumplido, archívese.
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