DISPOSICIÓN 78 2021 SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA

Síntesis:

SE APRUEBA - TALLER CONSTRUYENDO UNA CULTURA DE INTEGRIDAD - SECRETARÍA ACADÉMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

30/03/2021

Sanción:

23/03/2021

Organismo:

SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA


VISTO: La Ley N° 5688 (Texto Consolidado Ley N ° 6347) modificada por ley N° 6.395,

la Resolución N° 121/ISSP/19 y N° 35/ISSP/21, y el Expediente Electrónico N°

8932379/MGEYA/SGISSP/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5688 (Texto Consolidado Ley N °6.347) modificada por ley N° 6.395

establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de

Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una

instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública

y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a Oficial de

la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los

programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto

Superior de Seguridad Pública (130 inc. 7 Ley 5688);

Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso

de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien

determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de

asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades

extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los

futuros Oficiales (Arts. 153 y 385 Ley 5688);

Que la citada Ley establece en el Título II de su Libro IV los objetivos y contenidos

generales de la formación y capacitación del personal con estado policial de la policía

de la Ciudad de Buenos Aires, los que deben estar ceñidos a la estricta observancia

de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, bregando por el

desempeño de la función con objetividad, responsabilidad, respeto a la comunidad,

imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley, protegiendo los derechos y

garantías fundamentales de las personas establecidos en la Constitución Nacional, la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Declaraciones,

Convenciones, Tratados y Pactos complementarios;

Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de

la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza

pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;

Que por la Resolución N° 121/ISSP/19 se estableció como "Curso de Formación Inicial

para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad" a la "Tecnicatura Superior en

Seguridad Pública Oficial de Policía" aprobada por la Resolución N° 63/SSPECT/19,

con su programa y contenidos, quedando habilitada la Secretaria Académica a

disponer la complementación de la Tecnicatura con las prácticas profesionalizantes,

visitas, seminarios, talleres, conferencias y demás actividades que considere

necesarias. (Art. 2 Res 121/ISSP/2019);

Que por la Resolución N° 35/ISSP/21 se estableció como "Curso de Formación Inicial

para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad" previsto en el Artículo 385 de la Ley

N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) modificada por ley N° 6.395, a la

"Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada por el

Artículo 1 de la Resolución N° 3237/MEDGC/20, y se encomendó a la Secretaría

Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, la complementación de la

"Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía" con las prácticas

profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres, conferencias y demás actividades que

considere necesarias para la formación integral del oficial;

Que se ha advertido que la confianza es uno de los atributos esenciales para el

ejercicio de la función policial, pues los valores tales como la integridad, el respeto por

los derechos humanos, la transparencia, la diversidad, el buen trato, la integridad

pública, constituyen vectores esenciales de esa confianza;

Que a efectos de trabajar esos valores se estima pertinente diseñar un Taller que

permita, a partir de charlas, actividades y experiencias, contribuir a construir una

cultura de la integridad;

Que en tal sentido, se ha diseñado una actividad académica denominada "Taller

Construyendo una Cultura de Integridad";

Que reviste de singular importancia contar con un espacio que de tratamiento

específico a esta temática, contribuyendo a la formación integral de los futuros

oficiales de la Policía de la Ciudad sobre cuestiones de significativa importancia para

su vida personal como el desarrollo de su futura actividad profesional;

Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo

correspondiente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO ACADÉMICO

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

DISPONE

Artículo 1.- Aprobar el "Taller Construyendo una Cultura de Integridad" que como

Anexo IF N° 9520605/SAISSP/21 forma parte integrante de la presente Disposición,

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para su conocimiento y demás efectos comuníquese, al Sr. Director del Instituto

Superior de Seguridad Pública, al Cuerpo de Cadetes y al Coordinador de

Capacitación e Instrucción Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Cumplido, archívese. Nessi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6088

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 121-ISSP/19 aprueba el Taller Construyendo una Cultura de Integridad”, en el marco del “Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad” aprobado mediante la Resolución N° 121-ISSP/19.</p>