RESOLUCIÓN 121 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE ESTABLECE A LA TECNICATURA SUPERIOR EN SEGURIDAD PÚBLICA - OFICIAL DE POLICÍA COMO CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

30/07/2019

Sanción:

25/07/2019

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: Las Leyes N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones

N° 397/MJYSGC/19 y N° 63/SSPECT/19, la Nota N° 23422444/SAISSP/19, el

Expediente Electrónico N° 22881797/SGISSP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6.017) creó el Sistema Integral

de Seguridad Pública, el cual tiene como finalidad la formulación, implementación y

control de las políticas de seguridad pública desarrolladas en el ámbito local, aquellas

referidas a las estrategias sociales de prevención de la violencia y el delito, así como

las estrategias institucionales de persecución penal, de seguridad preventiva

comunitaria y seguridad compleja;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del mencionado Sistema, siendo además el órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados, entre los que se destaca el personal de la Policía de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que la citada Ley establece en el Título II de su Libro IV los objetivos y contenidos

generales de la formación y capacitación del personal con estado policial de la policía

de la Ciudad de Buenos Aires, los que deben estar ceñidos a la estricta observancia

de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, bregando por el

desempeño de la función con objetividad, responsabilidad, respeto a la comunidad,

imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley, protegiendo los derechos y

garantías fundamentales de las personas establecidos en la Constitución Nacional, la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Declaraciones,

Convenciones, Tratados y Pactos complementarios;

Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de

la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza

pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;

Que de acuerdo al Artículo 379 de la Ley 5.688 (texto consolidado según Ley N°

6.017), para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar

íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la

Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y

conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico

humanística del futuro oficial;

Que en tal sentido el plan de formación inicial y la capacitación permanente, se

desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el

desempeño eficiente del cargo;

Que el Instituto asumió con compromiso y vocación de excelencia la tarea de

formación, promoviendo la capacitación de profesionales críticos, con conciencia

social y responsabilidad ética;

Que en dicho orden de ideas, los principios rectores de la formación del Oficial de la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires pueden sintetizarse en cuatro palabras, cuyas

iniciales replican las del Instituto: Integridad, Solidaridad, Sabiduría y Profesionalismo;

Que en consecuencia, se planteó la necesidad de que el Oficial de Policía de la

Ciudad cuente con una formación inicial de nivel técnico superior. En en ese contexto

el Instituto Superior en Seguridad Pública desarrolló una propuesta curricular conforme

lo trabajado por el Consejo Asesor Federal de Formación y Capacitación Policial, del

cual el Instituto forma parte con relación al Perfil Profesional de Oficial de Policía;

Que esta nueva oferta educativa plantea un robustecimiento de las prácticas

profesionalizantes, con el acompañamiento del Estado en su conjunto y de la

Institución policial en particular, contemplando escenarios y contextos cada vez más

complejos en materia de seguridad;

Que desde esta casa de estudios se ha puesto de resalto la necesidad de actualizar el

enfoque y las metodologías didácticas para la formación policial en concordancia con

el Marco de Referencia y el Perfil Profesional del Técnico Superior en Seguridad

Pública - Oficial de Policía, trabajado conjuntamente con el Ministerio de Educación de

la Ciudad de Buenos Aires y aprobado por la Resolución N° 63/SSPECT/19;

Que por su perfil profesional, el Técnico Superior en Seguridad Pública - Oficial de

Policía - posee un potencial que le permite insertarse en su comunidad realizando

prevención y promoción de la seguridad pública y ciudadana y a la vez resguardar y

proteger a las personas y sus bienes, con capacidades para el uso de tecnologías e

instrumentos que permitan otorgar eficiencia a su desempeño. Es un profesional

formado para actuar con alto sentido de pertinencia social y ética, haciendo uso

racional, eficiente y sostenible de los recursos puestos a su disposición, comprometido

con el desarrollo tecnológico y consciente de su responsabilidad. Capaz de integrar

conocimientos de los campos científico/tecnológicos y resolver en forma práctica

dificultades que se presenten a nivel operativo. Se espera que el egresado se

desempeñe técnicamente como auxiliar de la justicia en la garantía de la seguridad

pública, la prevención del delito y la defensa de la paz social en el orden del estado

democrático y su ordenamiento jurídico;

Que el plan de estudios se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales

necesarias para el desempeño eficiente del cargo, privilegiándose los aspectos

relativos al manejo con la comunidad y la resolución de conflictos de forma autónoma,

autosuficiente y responsable;

Que por ello, la mejora en el desarrollo académico de los aspirantes a Oficial de

Policía de la Ciudad, resulta el punto de partida para profundizar y avanzar en la

construcción de una policía que cuente con las herramientas esenciales para la

superación de las desigualdades, para el crecimiento personal y profesional, con

conciencia sobre la importancia de la protección de los derechos fundamentales de las

personas, y promoviendo el fiel cumplimiento de las normas constitucionales, legales y

reglamentarias vigentes como sustrato básico del significado de la seguridad

íntimamente ligado al de la libertad;

Que en ese marco, mediante la Nota N° 23422444/SAISSP/19, el Sr. Responsable del

Departamento de Capacitación y Evaluación Permanente solicitó a esta instancia, se

sirva establecer como "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía

de la Ciudad de Buenos Aires" previsto en el Artículo 379 de la Ley N° 5.688, a la

"Tecnicatura Superior en Seguridad Publica Oficial de Policía" aprobada por el Artículo

1° de la Resolución N° 63/SSPECT/2019, que se complementará con el dictado de las

prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres, conferencias y demás

actividades que disponga la Secretaría Académica para la formación integral del futuro

Oficial;

Que consecuentemente el Instituto Superior de Seguridad Pública, propone dictar la

Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, con una duración de

dos años, y una carga horaria total de 4.246 horas cátedra, con el objetivo de formar

académicamente y capacitar al personal policial adquiriendo conocimientos

específicos en materia de seguridad pública y ciudadana;

Que el plan de estudios se encuentra conformado por cuatro semestres de veintidós

semanas cada uno. El primer semestre se llevará a cabo bajo régimen de externado,

el segundo y tercer semestre se realizarán bajo la modalidad de internado y al finalizar

el tercer semestre, los cursantes podrán ser incorporados como Oficiales de la Policía

de la Ciudad, siendo necesario para completar su formación cursar el cuarto y último

semestre bajo modalidad externada y con prácticas de aproximación al ámbito laboral

que se realizarán con acompañamiento, tutorías y evaluaciones desde el lugar de

destino del oficial en formación;

Que como resultado de este nuevo plan de estudios, los cadetes obtendrán el título de

Técnico Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, reconocido por el Ministerio

de Educación;

Que mediante la Resolución N° 397/MJYSGC/19, se encomendó al Dr. Gabriel Unrein,

en su carácter de Secretario Académico, asumir la función de Director del Instituto

Superior de Seguridad Pública;

Que a la luz de lo expuesto corresponde establecer como Curso de Formación Inicial

para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad previsto en el Artículo 379 de la Ley

N° 5.688 la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada

por Resolución N° 63/SSPECT/19.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Establecer como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la

Policía de la Ciudad previsto en el Artículo 379 de la Ley N° 5.688 la "Tecnicatura

Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada por Resolución N°

63/SSPECT/19, cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que como IF N°

22843971/SSCDFTP/19 forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública

dispondrá la complementación de la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública -

Oficial de Policía" con las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres,

conferencias y demás actividades que considere necesarias para la formación integral

del oficial.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Justicia y

Seguridad, a la Secretaria de Justicia y Seguridad, a la Secretaría de Administración

de Seguridad y Emergencia, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires,

a la Secretaría Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de

Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 14/ISSP/25 aprueba el Calendario Académico del Instituto Superior de Seguridad Pública correspondiente al Ciclo Lectivo 2025 en el marco de la Resolución N° 121-ISSP/19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolucion 257-ISSP-24 aprueba el Reglamento Tecnicatura Superior en Seguridad Pública<br />Oficial de Policía - Instituto Superior de Seguridad Pública  en el marco de la Resolucion 121-ISSP-19</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición N° 121-ISSP/19 aprueba el Taller Construyendo una Cultura de Integridad”, en el marco del “Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad” aprobado mediante la Resolución N° 121-ISSP/19.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 121-ISSP/19 establece como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad previsto en el Artículo 379 de la Ley N° 5.688 la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía aprobada por Resolución 63/SSPECT/19.</p>