RESOLUCIÓN 121 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE ESTABLECE A LA TECNICATURA SUPERIOR EN SEGURIDAD PÚBLICA - OFICIAL DE POLICÍA COMO CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD
Publicación:
30/07/2019
Sanción:
25/07/2019
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: Las Leyes N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones
N° 397/MJYSGC/19 y N° 63/SSPECT/19, la Nota N° 23422444/SAISSP/19, el
Expediente Electrónico N° 22881797/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6.017) creó el Sistema Integral
de Seguridad Pública, el cual tiene como finalidad la formulación, implementación y
control de las políticas de seguridad pública desarrolladas en el ámbito local, aquellas
referidas a las estrategias sociales de prevención de la violencia y el delito, así como
las estrategias institucionales de persecución penal, de seguridad preventiva
comunitaria y seguridad compleja;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del mencionado Sistema, siendo además el órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se destaca el personal de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que la citada Ley establece en el Título II de su Libro IV los objetivos y contenidos
generales de la formación y capacitación del personal con estado policial de la policía
de la Ciudad de Buenos Aires, los que deben estar ceñidos a la estricta observancia
de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, bregando por el
desempeño de la función con objetividad, responsabilidad, respeto a la comunidad,
imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley, protegiendo los derechos y
garantías fundamentales de las personas establecidos en la Constitución Nacional, la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Declaraciones,
Convenciones, Tratados y Pactos complementarios;
Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de
la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza
pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;
Que de acuerdo al Artículo 379 de la Ley 5.688 (texto consolidado según Ley N°
6.017), para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar
íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la
Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y
conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico
humanística del futuro oficial;
Que en tal sentido el plan de formación inicial y la capacitación permanente, se
desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el
desempeño eficiente del cargo;
Que el Instituto asumió con compromiso y vocación de excelencia la tarea de
formación, promoviendo la capacitación de profesionales críticos, con conciencia
social y responsabilidad ética;
Que en dicho orden de ideas, los principios rectores de la formación del Oficial de la
Policía de la Ciudad de Buenos Aires pueden sintetizarse en cuatro palabras, cuyas
iniciales replican las del Instituto: Integridad, Solidaridad, Sabiduría y Profesionalismo;
Que en consecuencia, se planteó la necesidad de que el Oficial de Policía de la
Ciudad cuente con una formación inicial de nivel técnico superior. En en ese contexto
el Instituto Superior en Seguridad Pública desarrolló una propuesta curricular conforme
lo trabajado por el Consejo Asesor Federal de Formación y Capacitación Policial, del
cual el Instituto forma parte con relación al Perfil Profesional de Oficial de Policía;
Que esta nueva oferta educativa plantea un robustecimiento de las prácticas
profesionalizantes, con el acompañamiento del Estado en su conjunto y de la
Institución policial en particular, contemplando escenarios y contextos cada vez más
complejos en materia de seguridad;
Que desde esta casa de estudios se ha puesto de resalto la necesidad de actualizar el
enfoque y las metodologías didácticas para la formación policial en concordancia con
el Marco de Referencia y el Perfil Profesional del Técnico Superior en Seguridad
Pública - Oficial de Policía, trabajado conjuntamente con el Ministerio de Educación de
la Ciudad de Buenos Aires y aprobado por la Resolución N° 63/SSPECT/19;
Que por su perfil profesional, el Técnico Superior en Seguridad Pública - Oficial de
Policía - posee un potencial que le permite insertarse en su comunidad realizando
prevención y promoción de la seguridad pública y ciudadana y a la vez resguardar y
proteger a las personas y sus bienes, con capacidades para el uso de tecnologías e
instrumentos que permitan otorgar eficiencia a su desempeño. Es un profesional
formado para actuar con alto sentido de pertinencia social y ética, haciendo uso
racional, eficiente y sostenible de los recursos puestos a su disposición, comprometido
con el desarrollo tecnológico y consciente de su responsabilidad. Capaz de integrar
conocimientos de los campos científico/tecnológicos y resolver en forma práctica
dificultades que se presenten a nivel operativo. Se espera que el egresado se
desempeñe técnicamente como auxiliar de la justicia en la garantía de la seguridad
pública, la prevención del delito y la defensa de la paz social en el orden del estado
democrático y su ordenamiento jurídico;
Que el plan de estudios se desarrolla teniendo en cuenta las competencias funcionales
necesarias para el desempeño eficiente del cargo, privilegiándose los aspectos
relativos al manejo con la comunidad y la resolución de conflictos de forma autónoma,
autosuficiente y responsable;
Que por ello, la mejora en el desarrollo académico de los aspirantes a Oficial de
Policía de la Ciudad, resulta el punto de partida para profundizar y avanzar en la
construcción de una policía que cuente con las herramientas esenciales para la
superación de las desigualdades, para el crecimiento personal y profesional, con
conciencia sobre la importancia de la protección de los derechos fundamentales de las
personas, y promoviendo el fiel cumplimiento de las normas constitucionales, legales y
reglamentarias vigentes como sustrato básico del significado de la seguridad
íntimamente ligado al de la libertad;
Que en ese marco, mediante la Nota N° 23422444/SAISSP/19, el Sr. Responsable del
Departamento de Capacitación y Evaluación Permanente solicitó a esta instancia, se
sirva establecer como "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía
de la Ciudad de Buenos Aires" previsto en el Artículo 379 de la Ley N° 5.688, a la
"Tecnicatura Superior en Seguridad Publica Oficial de Policía" aprobada por el Artículo
1° de la Resolución N° 63/SSPECT/2019, que se complementará con el dictado de las
prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres, conferencias y demás
actividades que disponga la Secretaría Académica para la formación integral del futuro
Oficial;
Que consecuentemente el Instituto Superior de Seguridad Pública, propone dictar la
Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, con una duración de
dos años, y una carga horaria total de 4.246 horas cátedra, con el objetivo de formar
académicamente y capacitar al personal policial adquiriendo conocimientos
específicos en materia de seguridad pública y ciudadana;
Que el plan de estudios se encuentra conformado por cuatro semestres de veintidós
semanas cada uno. El primer semestre se llevará a cabo bajo régimen de externado,
el segundo y tercer semestre se realizarán bajo la modalidad de internado y al finalizar
el tercer semestre, los cursantes podrán ser incorporados como Oficiales de la Policía
de la Ciudad, siendo necesario para completar su formación cursar el cuarto y último
semestre bajo modalidad externada y con prácticas de aproximación al ámbito laboral
que se realizarán con acompañamiento, tutorías y evaluaciones desde el lugar de
destino del oficial en formación;
Que como resultado de este nuevo plan de estudios, los cadetes obtendrán el título de
Técnico Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, reconocido por el Ministerio
de Educación;
Que mediante la Resolución N° 397/MJYSGC/19, se encomendó al Dr. Gabriel Unrein,
en su carácter de Secretario Académico, asumir la función de Director del Instituto
Superior de Seguridad Pública;
Que a la luz de lo expuesto corresponde establecer como Curso de Formación Inicial
para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad previsto en el Artículo 379 de la Ley
N° 5.688 la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada
por Resolución N° 63/SSPECT/19.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Establecer como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la
Policía de la Ciudad previsto en el Artículo 379 de la Ley N° 5.688 la "Tecnicatura
Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada por Resolución N°
63/SSPECT/19, cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que como IF N°
22843971/SSCDFTP/19 forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- La Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública
dispondrá la complementación de la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública -
Oficial de Policía" con las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres,
conferencias y demás actividades que considere necesarias para la formación integral
del oficial.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Justicia y
Seguridad, a la Secretaria de Justicia y Seguridad, a la Secretaría de Administración
de Seguridad y Emergencia, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires,
a la Secretaría Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de
Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein