RESOLUCIÓN 38 2021 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO

Síntesis:

SE RECTIFICA - ANEXO D DE LA RESOLUCIÓN 1-SECDU/21 - METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LA VALORIZACIÓN DEL SUELO COMPENSACIÓN SUFICIENTE Y CONTRAPRESTACIONES APLICABLE A LAS PROPUESTAS QUE SE PRESENTEN EN EL MARCO DE LA CONVOCATORIA A CONVENIOS URBANÍSTICOS DE PROYECTOS URBANO INNOVADORES

Publicación:

31/03/2021

Sanción:

25/03/2021

Organismo:

SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO


VISTO: Las Leyes Nros. 6.099 (texto consolidado por Ley N° 6.347), su modificatoria y

6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y sus

modificatorios y 475/20, las Resoluciones Nros. 119/SECDU/20 y 1/SECDU/21, el

Expediente Electrónico N° 30044619 GCABA-SECDU/21, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.099 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su modificatoria,

se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

reemplazando al Código de Planeamiento Urbano;

Que los convenios urbanísticos son los acuerdos celebrados por las jurisdicciones y

entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con

organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así también con las

Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, o con

particulares, que tienen por fin llevar a cabo los objetivos establecidos en el artículo

10.9. del Código Urbanístico;

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo a la

Secretaría de Desarrollo Urbano como dependiente de la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que por Decreto N° 475/20, se aprobó la reglamentación del artículo 10.9 del Código

Urbanístico y se estableció a la Secretaría de Desarrollo Urbano dependiente de

Jefatura de Gabinete de Ministros o el organismo que en el futuro lo reemplace como

autoridad de aplicación de la Ley N° 6.099 (texto consolidado por Ley N° 6.347), que

aprobó el Código Urbanístico;

Que, por medio del citado Decreto, se facultó a la Secretaría de Desarrollo Urbano

dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros o el organismo que en el futuro la

reemplace, a realizar los llamados a convocatorias para la presentación de propuestas

de Convenios Urbanísticos, aprobar su metodología de evaluación, así como dictar

cualquier otra norma complementaria o aclaratoria en el marco de estas;

Que mediante la Resolución N° 1/SECDU/21 se llamó a la "Convocatoria de

Convenios Urbanísticos Innovadores y se aprobaron las Bases y Condiciones que

regirán para esta y sus respectivos Anexos, disponiéndose que la presentación de los

Proyectos debería efectuarse desde las 10 horas del día 01 de marzo de 2021 hasta

las 17 horas del día 30 de abril de 2021;

Que, conforme lo expuesto la Nota 2021-09377185-GCABA-SECDU, corresponde

rectificar el Anexo D -"Metodología de evaluación de la valorización del suelo,

compensación suficiente y contraprestaciones aplicable a las propuestas que se

presenten en el marco de la Convocatoria a Convenios Urbanísticos de Proyectos

Urbano Innovadores" (IF 2020 02092528 GCABA SECDU) aprobado por la

citada Resolución, a fin de incorporar aclaraciones que permitan una mejor

comprensión de la metodología de evaluación e incluir en este, situaciones que no

fueron previstas en el documento original

Que por lo expuesto resulta oportuno dictar el acto administrativo que rectifique el

Anexo D -"Metodología de evaluación de la valorizac ión del suelo, compensación

suficiente y contraprestaciones aplicable a las propuestas que se presenten en el

marco de la Convocatoria a Convenios Urbanísticos de Proyectos Urbano

Innovadores".

Por ello, y atento las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectifíquese el Anexo D (IF 2021 02092528 GCABA SECDU),

aprobado por el Artículo 1° de la Resolución N° 1/SECDU/2021, el cual será

reemplazado por el IF-2021-09360834-GCABA-SECDU , que forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a las áreas intervinientes para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archívese. García Resta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6089- ANEXOIF-2021-09360834-GCABA-SECDU

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución  38-SECDU/21, rectifíca el Anexo D (IF – 2021 – 02092528 – GCABA – SECDU), aprobado por el Artículo 1° de la Resolución 1-SECDU/2021.</p>