RESOLUCIÓN 736 2021 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE INSTRUYE - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA - ARBITRAR MEDIDAS NECESARIAS - REFUNCIONALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS HOSPITALES PÚBLICOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

07/04/2021

Sanción:

01/04/2021

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley N° 6.292 (Texto Consolidado N° 6.347), el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 260/PEN/2020 y modificatorios, los Decretos de Necesidad y Urgencia N°

1/20, 8/20, 12/20, 15/20,17/20, 5/21 y 7/21, el Expediente Electrónico N° EX-2021-

10306694- -GCABA-MSGC, y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de Marzo de 2020

declaró al Coronavirus (COVID-19) como una pandemia,

Que, por las recomendaciones dictadas por la OMS así como por las experiencias

recogidas de lo sucedido en Asia y diversos países de Europa, en ese momento se

tomó la determinación de proteger la salud pública mediante el dictado del Decreto N°

260/20, por el cual se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia

sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 por el plazo de UN (1) año, la que fuera

prorrogada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/2021 hasta el 31 de

diciembre de 2021;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogándose dicha medida mediante Decretos de Necesidad y Urgencia N° 8/20,

12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21, hasta el 31 de mayo de 2021;

Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que corresponde al Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en el diseño,

planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,

prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del

Sistema Único e Integrado de Salud;

Que la actual situación torna imprescindible la implementación de medidas de

prevención y control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población;

Que resulta necesario dictar medidas razonables y proporcionadas con relación a la

amenaza y al riesgo sanitario que enfrenta nuestra población, toda vez que resulten

necesarias para proteger la salud pública, ante el crecimiento de casos de COVID

positivo de las últimas semanas;

Que en consecuencia corresponde instruir a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria

a arbitrar las medidas necesarias a los efectos de proceder a la refuncionalización de

los servicios prestados en los Hospitales Públicos del Gobierno de la Ciudad en

atención a la situación epidemiológica actual causada por el virus COVID-19

(coronavirus).

Que por Decreto N° 140/20 y modificatorios, en virtud de las recomendaciones de la

Organización Mundial de la Salud (OMS), se dispuso la restricción de diferentes

actividades;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6292,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°. Instrúyase a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria a arbitrar las

medidas necesarias a los efectos de proceder a la "Refuncionalización de los servicios

prestados en los Hospitales Públicos" dependientes del Gobierno de la Ciudad en

atención a la situación epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Dirección General de

Hospitales y Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud. Cumplido,

archívese. González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 27/SSAH/21 aprueba  la Refuncionalización de los servicios prestados en los Hospitales Públicos en el marco de la Resolución 736/MSGC/21.</p>