DISPOSICIÓN 288 2021 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
SE MODIFICA DISPOSICIÓN 269-DGFER/18 - PROCEDIMIENTON ELECTORAL PARA FERIAS REGULADAS POR LA LEY N° 4121 - DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Publicación:
09/04/2021
Sanción:
06/04/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: Las Leyes N° 4.121 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) y N° 6.292; los
Decretos N° 79/GCBA/17, 463/GCBA/19, 198/GCBA/20 y 49/21; las Disposiciones N°
195-DGFER/17 modificada por la Disposición N° 704-DGFER/18, y N° 269-DGFER/18
y el EX -10064156-DGCDPU/21;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4121 se regula el funcionamiento de las actividades feriales, entre
las que se encuentran comprendidas las "manualidades", "manualidades de pueblos
originarios", "compra-venta y permuta de revistas y libros usados", "compraventa y
permuta de objetos de colección", "compra-venta y permuta de cassettes, películas,
discos y todo otro material fonográfico y videográfico que deberán ser originales
usados", "compra-venta y permuta de objetos de filatelia y numismática", "compra-
venta y permuta de antigüedades", "reproducción de partituras musicales y material
gráfico de colección";
Que el artículo 2° de la Ley N° 4121 enumera los emplazamientos que se encuentran
regulados por la misma;
Que dicha norma se halla reglamentada por el Decreto N° 79/2017 y por la Disposición
N° 195-DGFER/17, modificada por la Disposición N° 704-DGFER/18;
Que en dicha normativa se prevé el funcionamiento del cuerpo de delegados de cada
feria;
Que a fin de hacer más transparente y accesible el proceso electoral de cada feria, se
procedió a dictar la Disposición N° 269-DGFER/18;
Que la Ley N° 6.292 estableció las misiones y funciones de las dependencias del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgando al Ministerio de Espacio
Público e Higiene Urbana la de "diseñar e implementar las políticas de regulación y
control de ferias y mercados";
Que por el Decreto N° 463/GCBA/19 se aprobó la estructura orgánica funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciéndose, bajo la órbita de la Subsecretaría de Paisaje Urbano, dependiente del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, los objetivos y responsabilidades
primarias de la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano;
Que por los Decretos N° 198/20 y 49/21, se aprobó la estructura organizativa del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, estableciendo su organigrama y responsabilidades primarias;
Que por Decreto N° 346/20 se designó a partir del 1° de septiembre de 2020 a Ana
Rita Sallaberry, DNI N° 36.917.312 como Directora General de Conservación del
Paisaje Urbano;
Que por Disposición N° 335-DGCDPU/20, se prorrogaron los mandatos de los
delegados electos durante el año 2019, según el calendario establecido en el Anexo
IF-2020-26934758-GCABA-DGCDPU, en razón de la pandemia del COVID-19 y de las
sucesivas medidas de aislamiento y distanciamiento obligatorios que determinaron la
suspensión de la actividad ferial;
Que habiéndose ya reanudado el funcionamiento de las ferias reguladas por la Ley N°
4.121, y estando ya próximas las fechas de finalización de los mandatos, corresponde
convocar a elecciones en cada uno de los emplazamientos;
Que asimismo, teniendo en cuenta que siguen vigentes normas sanitarias que limitan
en algún modo la circulación de personas y el funcionamiento normal de las
dependencias oficiales, y que es recomendable sustituir procedimientos realizadas
hasta la fecha en papel por otros de carácter virtual, corresponde modificar
parcialmente la normativa que regula el procedimiento electoral en las ferias, dando
facultades a la Gerencia Operativa de Ferias para la convocatoria, fiscalización y
proclamación de delegados electos;
Que la Gerencia Operativa de Ferias ha prestado conformidad para el presente acto
mediante IF-2021-10204598-GCABA-DGCDPU.
Por ello, en uso de sus facultades legales,
Artículo.1°.- Modifícase la Disposición N° 269-DGFER/18, conforme el Anexo I IF-
2021-10204801-GCABA-DGCDPU que se acompaña y forma parte del presente.
Artículo 2°.- Facúltase a la Gerencia Operativa de Ferias a realizar todas las acciones
necesarias para la convocatoria de las elecciones, su realización y fiscalización y la
proclamación de los delegados electos.
Artículo 3°.- Publíquese. Cumplido, archívese. Sallaberry