DISPOSICIÓN 269 2018 DIRECCION GENERAL FERIAS

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTO ELECTORAL - ELECCIONES DE DELEGADOS - FERIAS LEY 4121 - APRUEBA FORMULARIO - BOLETA ELECTORAL - VIGENCIA - DIRECCIÓN GENERAL FERIAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN

Publicación:

23/02/2018

Sanción:

09/02/2018

Organismo:

DIRECCION GENERAL FERIAS


VISTO:

Las Leyes N° 471, 4121, N° 5.460 y su modificatoria N° 5.503, los Decretos N°

363/GCBA/15 y modificatorios,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 y modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al

Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que, por el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, mediante el Decreto N° 675/16, se creó la Dirección General Ferias bajo la órbita

de la Subsecretaría Uso del Espacio Público dependiente del referido Ministerio,

modificado a su vez por el Decreto N° 208/17, que rediseñó la estructura orgánico-

funcional de aquél;

Que de dicha normativa, surge que la Dirección General de Ferias tiene entre sus

responsabilidades primarias las de actuar como Autoridad de Aplicación de la Ley N°

4121, ejerciendo el poder de policía pertinente, conforme art. 5° de la misma;

Que esta Dirección General, en razón de sus responsabilidades primarias, y de las

atribuciones conferidas legalmente, es la única que puede otorgar y revocar permisos

de uso precario del espacio público, en el marco de las actividades feriales descriptas

en la Ley N° 4.121;

Que la citada Ley N° 4.121 fue reglamentada por el Decreto N° 79/2017;

Que posteriormente, se dictó la Disposición N° 195-DGFER-2017, regulando las Ferias

indicadas en la Ley N° 4.121;

Que en dicha normativa, se prevé la elección del Cuerpo de Delegados de cada Feria,

quedando a cargo de la Autoridad de Aplicación la determinación de la modalidad de

la misma;

Que es intención de esta Dirección General garantizar la transparencia del acto

electoral, la igualdad de oportunidades para todos los candidatos y la representatividad

de todos los permisionarios;

Por ello, en uso de sus atribuciones legales,

EL DIRECTOR GENERAL DE FERIAS

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase para todo el ámbito de las Ferias reguladas por la Ley N°

4.121, el procedimiento electoral detallado en el Anexo I IF-2018-05117850-DGFER, el

que se acompaña y forma parte de la presente Disposición. Derógase toda norma

anterior referida al mismo.

Artículo 2°.- Apruébase como formulario para presentar postulaciones el Anexo II IF-

2018-04549397-DGFER, el que se acompaña y forma parte de la presente

Disposición.

Artículo 3°.- Apruébase como boleta electoral el Anexo III IF-2018-04549403-DGFER,

el que se acompaña y forma parte de la presente Disposición.

Artículo 4°.- El presente régimen se aplicará a partir del 1° de marzo de 2018.

Artículo 5°.- Regístrese y publíquese. Cumplido, archívese. Kuasnoskyg


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5321

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Disposicion 288-DGCDPU-21 modifica Disposición 269-DGFER-18.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 269-DGFER-18 aprueba procedimiento electoral, para todo el ámbito de las Ferias reguladas por Ley 4121.</p><p>Art. 2 aprueba formulario para postulaciones.</p><p>Art. 3 aprueba boleta electoral.</p>