RESOLUCIÓN 1307 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE DELEGA A FACULTAD -  TITULAR DEL MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - APROBAR GASTOS POR SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN - LIMPIEZA - DESINFECCIÓN-  FUMIGACIÓN -TRANSPORTE - MANTENIMIENTO - LAVADO Y PLANCHADO - PRESTADOS POR LA JURISDICCIÓN Y RELATIVOS - EFECTORES Y EDIFICIOS QUE BRINDAN ASISTENCIA DIRECTA - BENEFICIARIOS DE  DIFERENTES PROGRAMAS SOCIALES 

Publicación:

12/04/2021

Sanción:

07/04/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Ley N° 6292, el Decreto N° 433/16, las Resoluciones Nros.

792/GCABA/MHFGC/20 y 1084/GCABA/MHFGC/21 y el Expediente N° 9.320.704-

GCABA-DGTALMHF-21, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la sanción de la Ley N° 6292, se asignaron los objetivos primarios del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la ley referida contempla entre las competencias de la citada jurisdicción las

políticas públicas destinadas a la atención social de la población en situación de

vulnerabilidad;

Que durante el ejercicio 2020, resultó necesario dictar la Resolución Nro.

792/GCABA/MHFGC/20, a los efectos de delegar en la titular del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, la facultad de aprobar gastos de servicios esenciales y

permanentes, alimentario, limpieza y transporte prestados por la citada Jurisdicción y

bajo la modalidad del Decreto 433/16;

Que a su vez se otorgó, mediante Resolución N° 1084/GCABA/MHFGC/21, una nueva

delegación para aprobar gastos por servicios de mantenimiento de los efectores y

edificios que brindan asistencia directa a los beneficiarios de los diferentes programas

sociales, durante el mes de marzo de 2021;

Que en el marco de las políticas públicas destinadas a la atención social de la

población en situación de vulnerabilidad social, la Sra. Ministra de Desarrollo Humano

y Hábitat, mediante Nota N° 10690901-GCABA-MDHYHGC-2021, requiere una nueva

delegación para aprobar gastos por servicios de alimentación, limpieza, desinfección,

fumigación, transporte, mantenimiento, lavado y planchado, prestados por la

Jurisdicción y relativos a los efectores y edificios que brindan asistencia directa a los

beneficiarios de los diferentes programas sociales, hasta la suma total de PESOS

CIENTO CUARENTA MILLONES ($ 140.000.000) mensuales, durante los meses de

abril a junio de 2021;

Que la titular del mencionado Ministerio informa que la Jurisdicción cuenta con una red

de más de cien (100) efectores que brindan asistencia directa a los beneficiarios de los

diferentes programas sociales, como así también, con edificios donde funcionan las

administraciones centrales de la totalidad de las dependencias y programas referidos

precedentemente, en los cuales se interviene de manera transversal para brindar

asistencia a todos los efectores y las unidades de organización mencionados

anteriormente;

Que por el Decreto N° 433/16 se establecen los niveles de decisión y cuadros de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 y conforme a su Anexo I;

Que asimismo, en el referido Anexo I se establece que para gastos superiores a

$ 15.000.000 los mismos deben ser aprobados por el entonces Ministro de Hacienda o

por quien éste delegue;

Que en consecuencia, la titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat pone de

manifiesto que los niveles de decisión y cuadro de competencias otorgados por el

Decreto N° 433/16 han resultado insuficientes, dado que en muchas oportunidades las

urgencias que se presentan no pueden ser atendidas completamente por los

mecanismos de la Ley de Compras y Contrataciones y deben canalizarse mediante el

citado Decreto;

Que del mismo modo, indica que se han iniciado procesos de licitación y de

modificación contractual de los procesos de compra adjudicados en la actualidad,

tendientes a regularizar los gastos corrientes de la Jurisdicción, entre ellos los

servicios de tracto sucesivo, conforme a la Ley de Compras y Contrataciones y hasta

tanto avancen los mismos, los servicios esenciales y permanentes, no pueden ser

interrumpidos, por su carácter esencial e impostergable;

Que en el contexto descripto y siendo imprescindible garantizar con celeridad los

citados servicios esenciales, resulta necesario dictar el presente acto administrativo

procediendo a efectuar la delegación solicitada.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo I del Decreto N°

433/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°. Delégase en la titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, la

facultad de aprobar gastos por servicios de alimentación, limpieza, desinfección,

fumigación, transporte, mantenimiento, lavado y planchado, prestados por la

Jurisdicción y relativos a los efectores y edificios que brindan asistencia directa a los

beneficiarios de los diferentes programas sociales, hasta la suma total de PESOS

CIENTO CUARENTA MILLONES ($ 140.000.000) mensuales, durante los meses de

abril a junio de 2021.

Artículo 2°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y a las Direcciones

Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería.

Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la  Resolucion 1307-MHFGC-21 delega en la titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, la facultad de aprobar gastos por servicios de alimentación, limpieza, desinfección, fumigación, transporte, mantenimiento, lavado y planchado, prestados por la Jurisdicción y relativos a  efectores y edificios que brindan asistencia directa a beneficiarios de diferentes programas sociales.en el marco del Decreto 433/16.</p>