RESOLUCIÓN 97 2021 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
SE PRORROGA PLAZO FIJADO EN LA RESOLUCIÓN 43-AGIP/21 - ACEPTACIÓN DE REHABILITACIÓN DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGO REGULADOS POR EL DECRETO 606/96 - CONTRIBUYENTES - DEUDAS EJERCICIO FISCAL 2020 - REHABILITACIÓN DE OFICIO - CADUCIDAD - NULIDADES - EFECTOS - CONDICIONES GENERALES - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - COVID-19
Publicación:
13/04/2021
Sanción:
08/04/2021
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: Los términos del inciso 23) del artículo 3° del Código Fiscal (t.o. 2021), la
Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 6.382 y la Resolución N° 2-GCABA-AGIP/21
(BOCBA N° 6030) y su modificatorias y complementarias Nros. 43-GCABA-AGIP/21
(BOCBA N° 6069) y 73-GCABA-AGIP/21 (BOCBA N° 6081), y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 23) del artículo 3° del Código Fiscal vigente faculta a la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos para acordar planes de facilidades para el pago
de deudas vencidas de impuestos, tasas, derechos y contribuciones y sus respectivos
intereses, cuando su monto nominal no exceda el importe que fije la Ley Tarifaria, con
las modalidades y garantías que estime corresponder;
Que complementariamente, por medio de la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N°
6.382, se amplía dicha facultad, fijándose los parámetros y lineamientos a los cuales
debe ajustarse la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que mediante la Resolución N° 2-GCABA-AGIP/21, en ejercicio de la citada facultad, se
establece un plan de facilidades de pago respecto de los tributos empadronados y se
ofrece a los contribuyentes o responsables la rehabilitación de los planes de facilidades
de pago que hubieren devenido nulos o caducos durante el ejercicio fiscal 2020;
Que complementariamente, en virtud de las particularidades sistémicas de los planes
de facilidades de pago regulados por el Decreto N° 606/96 y sus modificatorios, por
medio de la Resolución N° 43-GCABA-AGIP/21 se dispuso un procedimiento
específico para la rehabilitación fijada en la Resolución N° 2-GCABA-AGIP/21;
Que como consecuencia del elevado número de contribuyentes y responsables que
han aceptado la rehabilitación de los citados planes de facilidades de pago, resulta
conveniente prorrogar el plazo para la cancelación de la primera de las cuotas
adeudadas hasta el día 12 de mayo del corriente año.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 23) del artículo 3° del
Código Fiscal vigente y la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 6.382,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 12 de mayo de 2021, inclusive, el plazo fijado en
el artículo 4° de la Resolución N° 43-GCABA-AGIP/21 para la aceptación de la
rehabilitación de los planes de facilidades de pago regulados por el Decreto N° 606/96
y sus modificatorios, cuyo vencimiento original opera el día 12 de abril de 2021.
Artículo 2°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos. Pase a la Subdirección General de Servicios y Cercanía al
Contribuyente dependiente de la Dirección General de Rentas y a la Dirección General
de Planificación y Control para su conocimiento y demás efectos. Cumplido archívese.
Ballotta