RESOLUCIÓN 110 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXCLUYE - LICENCIA POR CARGO DE MAYOR JERARQUÍA - SUSPENSIÓN - RESOLUCIÓN CONJUNTA 180-MHFGC-20 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - CORONAVIRUS - COVID-19 - MEDIDAS DE EMERGENCIA

Publicación:

14/04/2021

Sanción:

12/04/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Leyes Nros. 6035 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y modificatorios, los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21, la Resolución

de Firma Conjunta N° 180 MHFGC/20, el Expediente Electrónico N° EX-2021-

11028530- -GCABA-MSGC, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y modificatorios, el Poder

Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida

por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de

la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1)

año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, término que fuera prorrogado

por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre

de 2021;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21, se

declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el 31 de mayo de 2021, inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que tornándose imprescindible la plena operatividad del subsector público de salud de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se suspendió temporalmente, mediante la

Resolución de Firma Conjunta N° 180-GCABA-MHFGC/20 y a partir del 1° de abril de

2020, el otorgamiento de las licencias y permisos allí establecidos, contemplados en

diversos cuerpos normativos, que rigen para, entre otros, el personal dependiente del

Ministerio de Salud y las licencias que, habiendo sido concedidas, aún no estuvieran

iniciadas el 1° de abril de 2020;

Que entre las licencias comprendidas en la suspensión dispuesta por la resolución

mencionada en el considerando que antecede, se incluyó la licencia por cargo de

mayor jerarquía contemplada en el artículo 50 de la Ley N° 6.035;

Que con la finalidad de permitir la colaboración entre los distintos organismos del

sistema de salud, encargados de manera conjunta de hacer frente a la situación de

emergencia sanitaria mencionada, se estima conveniente excluir de los alcances de la

suspensión prevista por la Resolución de Firma Conjunta N° 180-GCABA-MHFGC/20,

a la licencia citada en el considerando anterior,

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE SALUD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exclúyase de la suspensión dispuesta por el artículo 1° de la Resolución

de Firma Conjunta N ° 180-GCABA-MHFGC/20, a la licencia por cargo de mayor

jerarquía prevista en el artículo 50 de la Ley N° 6.035.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria del Ministerio de Salud, y a

la Dirección General Planificación y Control Operativo de la Subsecretaría de Gestión

de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento

y demás efectos, pase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos

Humanos del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo de

Quirós - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 110-MHFGC/21 excluye de la suspensión dispuesta por el artículo 1° de la Resolución Conjunta N ° 180-GCABA-MHFGC/20, a la licencia por cargo de mayor jerarquía prevista en el artículo 50 de la Ley N° 6.035.</p>