RESOLUCIÓN 166 2004 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 34/00. ADJUDICA A ARTEMIS CONSTRUCCIONES S.A. LA OBRA DE AMPLIACIÓN Y REFUNCIONALIZACIÓN DEL MUSEO DE ESCULTURAS LUIS PERLOTTI - SECRETARÍA DE CULTURA - CONTRATACIÓN DE OBRAS - APROBACIÓN - ADJUDICACIÓN DE OBRAS - FINANCIAMIENTO EXTERNO - BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - PRÉSTAMO 1107-OC-AR - PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL REFORMA FISCAL Y PLAN DE INVERSIONES

Publicación:

13/04/2004

Sanción:

30/03/2004

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto el Expediente N° 79.164/98, la Ley N° 152 (B.O.C.B.A. N° 628), la Ley de Obra Pública N° 13.064 (B.O. 28/10/47), vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires en función de lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539), reglamentada por Decreto N° 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. N° 704), el Decreto N° 70/GCBA/03 (B.O.C.B.A. 1619) y su reglamentación, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la contratación de la Obra de Ampliación y Refuncionalización del Museo de Esculturas Luis Perlotti;

Que, la contratación en cuestión se efectúa con financiación del Banco Interamericano de Desarrollo, de acuerdo con los términos del préstamo 1107/OC-AR Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, se efectuaron las correspondientes imputaciones presupuestarias a los pertinentes Códigos Contables;

Que, por Decreto N° 51/GCBA/00 fueron aprobados los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares a regir en dicha contratación y se autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el llamado a Licitación Pública con tal objeto;

Que, previamente por Nota CAR N° 3326/99 obrante a fs. 989, el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) había manifestado que no tenía objeciones que formular a ese Pliego de Bases y Condiciones;

Que, mediante Disposición N° 40/DGCYC/00, la Dirección General de Compras y Contrataciones dispuso el llamado a Licitación Pública N° 34/00, fijándose como fecha de apertura al día 6 de abril de 2000, a las 12 horas;

Que, por Memorándums Nros. UEPAI 49/00 (fs. 1.561), UEPAI 75/00 (fs. 1.623), UEPAI 79/00 (fs. 1.624), UEPB 266/00 (fs. 1.730), UEPB 281/00 (fs. 1.736 ) se comunicó que las Circulares Con y Sin Consulta puestas en conocimiento del B.I.D. contaban con su no objeción y podían ser puestas en conocimiento de las firmas adquirentes de los Pliegos;

Que, a su vez, mediante Nota CAR N° 2.539/00 (fs 1.663) el Banco Interamericano de Desarrollo comparte el criterio sustentado en cuanto a la necesidad de evaluar nuevamente el contenido de la metodología de adjudicación, circunstancia que se encontró plasmada en los términos de la Circular Con Consulta N° 3;

Que, por otra parte, mediante Memorándum N° UEPB 254/00 (fs. 1.754) se comunica que el B.I.D. efectúa observaciones con relación a las Circulares con Consulta Nros. 3 y 5, acerca de las cuales, a posteriori, formula su no objeción a través del ya citado Memorándum N° UEPB 281/00;

Que, luego de sucesivas postergaciones, el acto de apertura de ofertas, correspondiente al Sobre N° 1, se produjo en fecha 7 de diciembre de 2000, constando en el Acta de Apertura N° 139/00 la presentación de cinco (5) ofertas de las siguientes firmas: Planobra S.A., Artemis Construcciones S.A., Carbe S.A., Pelaccini S.R.L. y José E. Teitelbaum S.A.;

Que, la Comisión de Análisis Técnico de Ofertas designada por Resoluciones Conjuntas Nros. 1.085/SC/SHYF/00 y 23/SC/SHYF/01, efectuó la precalificación de las ofertas recibidas;

Que, por Nota CAR N° 4.720/01, cuya copia luce a fs. 1.893/4, se comunica que el Banco Interamericano de Desarrollo no tiene objeciones que formular al Informe de Evaluación de Ofertas (Sobre N° 1) en general y a la precalificación de la oferta de la firma Artemis Construcciones S.A. en particular;

Que, en consecuencia, la Comisión Interviniente emite el Acta respectiva en donde consta la no objeción expresada por el Banco Interamericano de Desarrollo, la cual se exhibió en la Cartelera Oficial del Organismo licitante el día 28 de enero de 2002, recibiéndose con fecha 4 de febrero de 2002 la impugnación presentada por José E. Teitelbaum S.A.;

Que, por Resolución Conjunta N° 31/SC/SHYF/03, luego de las intervenciones de competencia de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, se aprobó el Acta de Preselección de Ofertas de la Licitación Pública N° 34/00, declarándose Apta a la propuesta de la firma: Artemis Construcciones S.A.;

Que, en el mismo acto administrativo se declararon No Aptas las ofertas presentadas por las demás empresas, por las causales detalladas en el Acta de Preselección, se desestimó parcialmente la impugnación interpuesta por la empresa José E. Teitelbaum S.A. y se ordenó proceder a la apertura del Sobre N° 2 de la oferta declarada apta para ese acto;

Que, por Nota UEPB N° 971/03, la Unidad Ejecutora Préstamo BID comunica los términos de la Nota CAR N° 2.051/03 -cuya copia obra a fs. 2.085/6- por medio de la cual, entre otros términos, el Banco Interamericano de Desarrollo manifiesta que no tiene objeciones que formular a la prosecución del proceso licitatorio y a la fijación de la fecha de apertura del Sobre N° 2 de la firma precalificada;

Que, la Dirección General de Compras y Contrataciones, mediante Disposición N° 55/DGCYC/03 fijó la apertura del Sobre N° 2 de la Licitación Pública de referencia para el día 30 de abril de 2003 a las 10 hs.;

Que, luce en el Acta de Apertura de Propuestas N° 39/03 la presentación de la empresa precalificada: Artemis Construcciones S.A.;

Que, la Comisión de Análisis Técnico de Ofertas, en función del análisis de la oferta recibida en el Sobre N° 2, aconseja la adjudicación a favor de la empresa: Artemis Construcciones S.A., por resultar su oferta razonable y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones;

Que, por Nota CAR N° 5.148/03, obrante a fs. 2.220/21 se comunica que el Banco Interamericano de Desarrollo no tiene objeciones que formular al análisis de la Comisión Evaluadora y a su propuesta de adjudicación a la única oferta preseleccionada y se indica que en forma previa a la adjudicación del contrato deberá remitirse para su no objeción la documentación que allí se detalla;

Que, por consiguiente, la Comisión interviniente emite el Acta de Preadjudicación definitiva en la que se señala que el Banco Interamericano de Desarrollo no la ha objetado;

Que, ese Acta fue exhibida en la cartelera oficial del organismo licitante durante los días 1° al 3 de octubre de 2003, previa notificación fehaciente a la firma interesada, no recibiéndose al vencimiento del plazo para formular impugnaciones, ninguna presentación al respecto;

Que, a fs. 2.447/8 obra copia de Nota CAR N° 5.818/03 por medio de la cual el Banco Interamericano de Desarrollo manifiesta su no objeción a la documentación que se remitiera, según lo solicitara por la antes referida Nota CAR 5.148/03;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado las sucesivas intervenciones que le competen, no encontrando objeciones que formular al trámite licitario llevado a cabo, aconsejando el dictado de la presente;

Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, consta en los actuados que, conforme los términos del Contrato de Préstamo N° 1.107/OC-AR, las gestiones verificadas en el marco del presente procedimiento licitatorio han sido efectuadas previo conocimiento y declaración de no objeción por parte del Banco Interamericano de Desarrollo;

Que, los precios de los contratos de Obra Pública financiados con el préstamo BID N° 1.107/OC-AR a través del Programa de Apoyo Institucional Reforma Fiscal y Plan de Intervenciones de a la Ciudad de Buenos Aires podrán ser redeterminados aplicando el Decreto N° 1.295/PEN/02 (B.O. N° 29.945) y sus normas modificatorias, en las condiciones, términos y alcances fijados por el Decreto N° 70/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1619) y su reglamentación;

Que, la Dirección General de Infraestructura deberá realizar la dirección técnica y la fiscalización de la obra en virtud de lo dispuesto por Decreto N° 1.361/GCBA/00 y sus modificatorios, y perfeccionado por Resolución N° 441/SC/01;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en la parte in fine del artículo 5° del Decreto N° 51/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 865);

EL SECRETARIO DE CULTURA Y

LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébase la Licitación Pública N° 34/00 y adjudícase la ejecución de la Obra de Ampliación y Refuncionalización del Museo de Esculturas Luis Perlotti dependiente de la Secretaría de Cultura, a la empresa Artemis Construcciones S.A. por la suma de pesos setecientos setenta y dos mil treinta y ocho con cuarenta y dos centavos ($ 772.038,42).

Artículo 2° - Dicho gasto se imputará a las correspondientes partidas del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del ejercicio del año 2004, haciéndose costar que en el Proyecto de Ley de Presupuesto del ejercicio del año 2005 ha sido incluida la previsión crediticia respectiva.

Artículo 3° - Déjase establecido que para el caso de redeterminación de los precios del contrato se aplicará el Decreto N° 1.295/PEN/02 (B.O. N° 29.945) y sus normas modificatorias, en las condiciones, términos y alcances fijados por el Decreto N° 70/GCBA/03 (B.O.C.B.A. N° 1619) y su reglamentación a través de la Resolución Conjunta N° 9/SHYF/SJG/SOYSP/03;

Artículo 4° - La dirección técnica y fiscalización de la obra será realizada por la Dirección General de Infraestructura, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, de la Secretaría de Cultura.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase en prosecución de su trámite a la Dirección General de Compras y Contrataciones. Comuníquese a la Secretaría de Cultura, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la Unidad Ejecutora Préstamo BID 1.107. Cumplido, remítase el actuado a la Dirección General de Infraestructura, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura para su ejecución. López - Albamonte

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