RESOLUCIÓN 2408 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE ESTABLECEN - NORMAS OPERATIVAS Y ACLARATORIAS - RESOLUCIÓN 905-MHFGC/21 - JUSTIFICACIÓN - DIA DE INASISTENCIA - CONSTANCIA - APLICACIÓN DE LA VACUNA CONTRA EL COVID-19 - TRABAJADORES/AS - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HABERES - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Publicación:
16/04/2021
Sanción:
10/03/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: La Resolución N° 905-GCABA-MHFGC-21, y el Expediente Electrónico N°
08096595GCABA- SSGRH/21, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución N° 905-GCABA-MHFGC-21, se estableció la justificación del día
de inasistencia del personal que preste servicios efectivos en establecimientos
educativos comprendido en el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y
modificatorias, instrumentada por Resolución N° 20-GCABA-MHGC/14, que se
apliquen la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-19, en tanto que el
turno asignado coincida con un día de prestación de servicios;
Que dicha justificación no implica en ningún caso un menoscabo salarial sobre los
conceptos normales y habituales percibidos por el personal, considerando a dicho día
como tiempo efectivo de prestación de servicio a todos los efectos;
Que por el artículo 3° de la citada resolución se encomendó a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a dictar las
normas operativas, complementarias, aclaratorias e interpretativas que requiera la
tramitación de la misma;
Que en consecuencia, deviene necesario dictar el presente acto administrativo con el
objeto de complementar determinados aspectos operativos para la aplicación de la
referida resolución.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Resolución N°
905-GCABA-MHFGC-21,
Artículo 1°.- El/la trabajador/a alcanzado/a por el artículo 1° de la Resolución N° 905-
GCABA-MHFGC-21 deberá solicitar la justificación presentando al equipo de
conducción del establecimiento educativo en donde presta servicios la constancia de la
aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-19.
Artículo 2°.- Frente a la solicitud, el equipo de conducción del establecimiento
educativo efectuará la carga de la incidencia "VACUNACION COVID-19" en el Sistema
de Administración y Liquidación de Haberes.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Administrativas, Técnicas y Legales o
equivalentes de todas las jurisdicciones de este Gobierno. Cumplido, archívese.
Domeniconi