RESOLUCIÓN 905 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE JUSTIFICA - DÍA DE INASISTENCIA DE PERSONAL - QUE PRESTE SERVICIOS EFECTIVOS EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 17/13 - VACUNACION - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

15/03/2021

Sanción:

09/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y sus

modificatorios, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, las

Leyes N° 471 y N° 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el Acta de

Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14, y sus

modificatorias, la Resolución N° 386-CFE/21, y el Expediente Electrónico N°

08086563GCABA-SSGRH/21, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y modificatorios, el

Poder Ejecutivo de la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria

establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización

Mundial de la Salud (OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el

plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 2/21, se

declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que por Resolución N° 386-CFE/21, el Consejo Federal de Educación estableció, con

la finalidad de organizar el proceso de vacunación del personal de establecimientos

educativos de todos los niveles y modalidades no comprendidos en los grupos de

riesgo ya priorizados, el agrupamiento por orden de prioridad, ello en acuerdo con el

Ministerio de Salud;

Que, en otro orden de ideas, la Ley N° 471 sancionó el Régimen de Relaciones

Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

mediante el cual, entre varios aspectos, se establecen en su Capítulo VI las licencias,

justificaciones y franquicias de las que goza el personal;

Que mediante Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada

por Resolución N° 20-GCABA-MHGC/14, se aprobó el Nuevo Régimen Escalafonario

y de Carrera Administrativa aplicable al personal del Escalafón General de la Planta

Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires dependiente del Poder Ejecutivo, al personal del Escalafón General de

los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares, comprendidos en el

Anexo IV del Decreto N° 671/MCBA/92, modificado por el Decreto N°1.880/MCBA/92,

y al personal dependiente de las comunas;

Que en tal sentido, se considera oportuno justificar la inasistencia de aquellos/as

trabajadores/as comprendidos en el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y

modificatorias que presten servicios efectivos en establecimientos educativos el día

que se apliquen la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-19, en

caso de coincidir el turno asignado con un día de prestación de servicios;

Que la presente justificación no implica en ningún caso un menoscabo salarial sobre

los conceptos normales y habituales percibidos por el personal y que dicho día será

considerado a todos los efectos como tiempo efectivo de prestación de servicio;

Que el artículo 17 de la Ley N° 6.292 atribuye, entre otras competencias, al titular del

Ministerio de Hacienda y Finanzas la de diseñar e implementar las políticas de gestión

y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Por ello, y en uso de facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Justifíquese el día de inasistencia del personal que preste servicios

efectivos en establecimientos educativos comprendido en el Acta de Negociación

Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N° 20-GCABA-

MHGC/14, que se apliquen la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-

19, en tanto que el turno asignado coincida con un día de prestación de servicios.

Artículo 2°.- La presente justificación no implicará en ningún caso un menoscabo

salarial sobre los conceptos normales y habituales percibidos por el personal,

considerando a dicho día como tiempo efectivo de prestación de servicio a todos los

efectos.

Artículo 3°.- Encomiendase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, a dictar las normas operativas, complementarias,

aclaratorias e interpretativas que requiera la tramitación de la presente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales Administrativas, Técnicas y Legales o

equivalentes de todas las jurisdicciones de este Gobierno, a la Subsecretaría de

Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Planificación y Control

Operativo, dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.

Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 905-MHFGC/21 justifica el día de inasistencia del personal que preste servicios efectivos en establecimientos educativos comprendido en el Acta de Negociación Colectiva 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución 20-MHGC/14, que se apliquen la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID19, en tanto que el turno asignado coincida con un día de prestación de servicios, en el marco de la emergencia declarada por el DNU 1-20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 905-MHFGC/21 justifica el día de inasistencia del personal que preste servicios efectivos en establecimientos educativos comprendido en el Acta de Negociación Colectiva 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución 20-MHGC/14, que se apliquen la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID19, en tanto que el turno asignado coincida con un día de prestación de servicios.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la  Resolución 2408-SSGRH/21, establece que el/la trabajador/a alcanzado/a por el artículo 1° de la Resolución  905- GCABA-MHFGC-21 deberá solicitar la justificación presentando al equipo de conducción del establecimiento educativo en donde presta servicios la constancia de la aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad contra el COVID-19.</p>