RESOLUCIÓN 6 2004 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
APRUEBA, PARA EL AÑO 2004, LOS CONVENIOS CON ONGS CLASIFICADAS POR CONCURSO, PARA PARTICIPAR DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA ONGS QUE BRINDAN ASISTENCIA A CHICOS Y CHICAS EN SITUACIÓN DE CALLE - APROBACIÓN DE CONVENIOS - FIRMA DE CONVENIOS - SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS - ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES - O.N.G.S - DEFENSORÍA DE NIÑOS - ASOCIACIÓN SAN BENITO LABRE - PUERTA ABIERTA RECREANDO - FUNDACIÓN SERVICIO PAZ Y JUSTICIA - ASOCIACIÓN CIVIL HUELLAS - INSTITUTO RELIGIOSAS ADORATRICES - CICOPS - LA CASITA DE LA RESURRECCIÓN - HOGARES DON BOSCO - LA MATERA - CASA SOCIAL SAN ANTONIO - ASOCIACIÓN BOLIVIANA 6 DE AGOSTO - ASOCIACIÓN CIVIL CONVIVEN - FUNDACIÓN S.O.S. INFANTIL
Publicación:
15/04/2004
Sanción:
29/03/2004
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Visto las obligaciones establecidas para el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes por la Ley N° 114, el Decreto N° 1.760/2000 y la normativa vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y,
CONSIDERANDO:
Que este organismo realiza convenios con organizaciones no gubernamentales con el objetivo de articular acciones para la promoción y asistencia de niños, niñas y adolescentes.
Que por Resoluciones Nros. 1, 3 y 4 del presente año, se aprobó el sistema de concursos para la presentación de proyectos destinados a participar en el Programa de fortalecimiento institucional para organizaciones que brindan asistencia a chicos y chicas en situación de calle.
Que se ha cumplimentado positivamente el cronograma establecido por las mencionadas Resoluciones.
Que el modelo de convenio utilizado en el mencionado programa ha sido girado a la Procuración General de la Ciudad, quien ha emitido opinión favorable en los años 2002 y 2003, utilizándose los mismos requisitos legales y formales para el presente año.
Que el comité de selección emitió dictamen clasificando los proyectos presentados.
Que el comité de selección indicó como criterio no incluir en la asignación de recursos a las organizaciones que ya hubieran convenido con otras áreas del Gobierno de la Ciudad y particularmente con este organismo para fines similares.
Que en dicha situación se encuentran organizaciones que alcanzaron el puntaje correspondiente como ADI, Asociación Cristiana de Jóvenes y Fundación Buenos Aires S.I.D.A., por lo cual la cooperación se establecerá a partir de las acciones que ya vienen realizando con las áreas de gobierno conveniantes.
Que si bien las organizaciones San Benito Labre, Fundación Puerta Abierta Recreando y Hermanas Adoratrices tienen convenio con la Secretaría de Desarrollo Social dichos convenios tienen otros fines específicos que pueden deslindarse con toda claridad del programa que origina el presente concurso.
Que la Casa Social San Antonio incluye en el Convenio existente con este organismo el servicio de una Defensoría de Niños y la asistencia a chicos de la calle de la zona.
Que se establece un criterio general de asignación de recursos teniendo en cuenta la población beneficiaria, es decir cantidad de niños atendidos, y al mismo tiempo, una asignación menor para las organizaciones que inician por primera vez su participación en el programa.
Por todo lo expuesto:
Artículo 1° - Apruébanse para el año 2004 los convenios con organizaciones no gubernamentales clasificadas en el sistema de concursos resuelto por Resoluciones Nros. 1, 3 y 4/CDNNYA/2004 para participar en el Programa de Fortalecimiento Institucional para ONGs que brindan asistencia a chicos y chicas en situación de calle, según detalle con indicación del nombre de las instituciones y montos asignados incluidas en el Anexo I.
Artículo 2° - Dichos convenios tendrán vigencia a partir del 1° de abril del presente año y podrán prorrogarse automáticamente en lo sucesivo por conformidad de las partes y según las evaluaciones periódicas que realiza el área respectiva del Consejo.
Artículo 3° - Los gastos resultantes de lo establecido en la presente se imputan a las partidas correspondientes del presupuesto vigente.
Artículo 4° - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al área administrativa para su cumplimiento y archívese. Naddeo
ANEXO
ANEXO I
ANEXOS
Asociación San Benito Labre | 100 puntos | $ 1.200 mensuales. |
Puerta Abierta Recreando | 100 puntos | $ 1.200 mensuales. |
Fundación Servicio Paz y Justicia | 90 puntos | $ 1.200 mensuales. |
Asociación Civil Huellas | 90 puntos | $ 1.200 mensuales. |
Instituto Religiosas Adoratrices | 90 puntos | $ 1.200 mensuales. |
CICOPS | 85 puntos | $ 600 mensuales. |
La Casita de la Resurrección | 80 puntos | $ 1.200 mensuales. |
Hogares Don Bosco | 80 puntos | $ 1.200 mensuales. |
La Matera | 80 puntos | $ 600 mensuales. |
Casa Social San Antonio | 70 puntos | $ 1.200 mensuales. |
Asociación Boliviana 6 de agosto | 70 puntos | $ 600. |
Asociación Civil Conviven | 70 puntos | $ 1.200. |
Fundación S.O.S. infantil | 68 puntos | $ 600. |