RESOLUCIÓN 41 2004 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SUBSIDIOS A ONG, MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN N° 6/CDNNYA/04, B.O. N° 1920 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - APROBACIÓN DE CONVENIOS - FIRMA DE CONVENIOS - SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS - ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES - O.N.G.S - PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL - ASISTENCIA A CHICOS Y CHICAS EN SITUACIÓN DE CALLE - INSTITUCIÓN SALESIANA CASA DE SAN ANTONIO - HOGAR MIGUEL MAGONE
Publicación:
12/11/2004
Sanción:
08/10/2004
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Visto las obligaciones establecidas para el Consejo de los Derechos de niñas, niños y adolescentes por la Ley N° 114, el Decreto N° 1.760/00 y la normativa vigente en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y
CONSIDERANDO:
Que este organismo realiza convenios con organizaciones no gubernamentales con el objetivo de articular acciones para la promoción y asistencia de niños, niñas y adolescentes;
Que por Resoluciones Nros. 1, 3 y 4 del presente año, se aprobó el sistema de concursos para la presentación de proyectos destinados a participar en el Programa de fortalecimiento institucional para organizaciones que brindan asistencia a chicos y chicas en situación de calle;
Que realizado dicho concurso, y de acuerdo a las pautas allí determinadas, se adjudicó por Resolución N° 6/CDNNYA/04 un subsidio mensual a las distintas Organizaciones No Gubernamentales seleccionadas;
Que estas organizaciones suscribieron oportunamente los convenios respectivos en los que se establecen los compromisos mutuos, con la sola excepción de la Institución Salesiana- Casa de San Antonio, sita en México 4050 y el Hogar Miguel Magone, sito en Piedras 1497;
Que en ambos casos, al no ser consensuados los convenios respectivos, la asignación prevista no pudo ser concretada;
Que es necesario, por lo tanto, reasignar las partidas previstas en la Resolución N° 6/04;
Por ello,
Artículo 1° - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 6/CDNNYA/04, en lo que se refiere al listado de instituciones y asignaciones detallado en el Anexo I, eliminando las asignaciones destinadas a la Institución Salesiana- Casa de San Antonio y al Hogar Miguel Magone.
Artículo 2° - Destínase el monto asignado de las partidas correspondientes del presupuesto vigente al Programa Nuestros Derechos, Nuestras Vidas.
Artículo 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al área administrativa para su cumplimiento y archívese. Naddeo