RESOLUCIÓN 2744 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 2695-SSGRH-21 - PROCEDIMIENTO - SOLICITUD DEL PERMISO - AUSENCIA EXTRAORDINARIA AL LUGAR DE TRABAJO - TRABAJADORAS EMBARAZADAS - TRABAJADORES/AS COMPRENDIDOS/AS DENTRO DE LOS GRUPOS DE RIESGO - EMERGENCIA SANITARIA - CORONAVIRUS - PANDEMIA - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - GOBIERNO DE LA CIUDAD - LICENCIAS
Publicación:
28/04/2021
Sanción:
26/04/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N° 2695-
GCABA-SSGRH/21, el Expediente Electrónico N° 12391721-GCABA-DGAMT/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 2695-GCABA-SSGRH/21, entre otras cuestiones, se
sustituyó mediante su artículo 2°, el Anexo III de la Resolución N° 1673-GCABA-
SSGRH/20, por el Anexo II (IF-2021-12403288-GCABA-DGAMT);
Que se advierte que se ha cometido un error material involuntario en la incorporación
del citado Anexo II aprobado por el artículo 2° de la Resolución N° 2695-GCABA-
SSGRH/21, por lo que corresponde su modificación;
Que por su parte, se advierte un error material involuntario en la redacción del artículo
3° de la norma antedicha;
Que la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por el Decreto de Necesidad
y Urgencia N° 1510/97, establece en su Artículo 124 bajo el título "Rectificación de
errores materiales" que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión".
Por ello y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 124 de la Ley
de Procedimientos citada,
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 2° de la Resolución N° 2695-GCABA-SSGRH/21,
el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°- Sustitúyase el Anexo III
de la Resolución N° 1673-GCABA-SSGRH/20, por el Anexo II (IF-2021-12741481-
GCABA-DGAMT) que a todos sus efectos, forma parte integrante de la presente."
Artículo 2°.- Modifíquese el artículo 3° de la Resolución N° 2695-GCABA-SSGRH/21,
el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Establécese que los/as
trabajadores/as que, con carácter previo a la entrada en vigencia de la Resolución N°
2600-GCABA-SSGRH/21 se encontraban dispensados/as del deber de asistencia al
lugar de trabajo, por estar comprendidos/as dentro del supuesto enunciado en el inciso
c) del Anexo I a la Resolución N° 1703-GCABA-SSGRH/20 (Personas con
inmunodeficiencias), deberán acreditar su condición médica actual, de acuerdo con el
procedimiento previsto en el Anexo II de la presente."
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Entes Descentralizados y comunas.
Cumplido, archívese. Domeniconi