RESOLUCIÓN 31 2021 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Síntesis:
SE MODIFICA - ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 27-SSGRH/21 - REFUNCIONALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS HOSPITALES PÚBLICOS - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
29/04/2021
Sanción:
23/04/2021
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y modificatorios, la Ley N° 6.292, los Decretos
de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 5/21, 7/21, el Decreto
N°147/20; las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 736-MSGC/21, 27-GCABA-
SSAH/21 y 862-MSGC/2021; el Expediente Electrónico N° 2021-12196773-GCABA-
MSGC, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, término que fuera prorrogado por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de
2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21 hasta el 31 de mayo de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21 y 15-LCABA/21, la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21 y 7/21,
respectivamente;
Que por Resolución 736-MSGC/21 se instruyó a la Subsecretaría de Atención
Hospitalaria a arbitrar las medidas necesarias a los efectos de proceder a la
"Refuncionalización de la atención prestada en los hospitales públicos" en atención a
la situación epidemiológica causada por el COVID-19;
Que, en consecuencia, por Resolución 27-GCABA-SSAH/21 del 1 de abril de 2021 se
aprobó la refuncionalización de los servicios prestados en los hospitales públicos en el
marco de la emergencia sanitaria vigente;
Que, en virtud de la velocidad con que evoluciona la situación epidemiológica, resulta
pertinente la adopción de medidas que pretendan reducir la amenaza y el riesgo
sanitario, con el fin de mitigar el impacto de la epidemia de COVID-19 con el objeto de
preservar la salud pública;
Que, mediante Resolución 862-MSGC/2021 del 21 de Abril de 2021 se procedió a
suspender las actividades programadas de internación y ambulatorias de los
hospitales públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, en consecuencia resulta necesario modificar los términos de la Resolución 27-
GCABA-SSAH/21 de acuerdo a lo obrante en el Anexo (IF-2021-12547401-GCABA-
SSAH) a los efectos de optimizar los recursos sanitarios disponibles con el objeto de
atemperar y reducir los efectos de la pandemia;
Que dicha medida se fundamenta en la necesidad de establecer con absoluta
prioridad la atención e internación de pacientes con COVID-19;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, y le corresponde al Ministro de Salud asistir en el diseño,
planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,
prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del
Sistema Único e Integrado de Salud;
Que mediante el Decreto N° 164/20 se estableció entre las funciones de la
Subsecretaría de Atención Hospitalaria "Administrar y coordinar las actividades
Médicas de atención de los establecimientos hospitalarios del sistema público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°. Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 27-GCABA-SSGRH/21, de
conformidad con lo establecido en el Anexo (IF-2021-12547401-GCABA-SSAH) que, a
todos los efectos, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Dirección General de
Hospitales y Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud. Cumplido,
archívese. Cordero