RESOLUCIÓN 31 2021 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Síntesis:

SE MODIFICA - ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN 27-SSGRH/21 - REFUNCIONALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN LOS HOSPITALES PÚBLICOS - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

29/04/2021

Sanción:

23/04/2021

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA


VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 y modificatorios, la Ley N° 6.292, los Decretos

de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 5/21, 7/21, el Decreto

N°147/20; las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-

LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 736-MSGC/21, 27-GCABA-

SSAH/21 y 862-MSGC/2021; el Expediente Electrónico N° 2021-12196773-GCABA-

MSGC, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional

N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir

de la entrada en vigencia de dicho decreto, término que fuera prorrogado por el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de

2021;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21 y 7/21 hasta el 31 de mayo de 2021;

Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-

LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21 y 15-LCABA/21, la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21 y 7/21,

respectivamente;

Que por Resolución 736-MSGC/21 se instruyó a la Subsecretaría de Atención

Hospitalaria a arbitrar las medidas necesarias a los efectos de proceder a la

"Refuncionalización de la atención prestada en los hospitales públicos" en atención a

la situación epidemiológica causada por el COVID-19;

Que, en consecuencia, por Resolución 27-GCABA-SSAH/21 del 1 de abril de 2021 se

aprobó la refuncionalización de los servicios prestados en los hospitales públicos en el

marco de la emergencia sanitaria vigente;

Que, en virtud de la velocidad con que evoluciona la situación epidemiológica, resulta

pertinente la adopción de medidas que pretendan reducir la amenaza y el riesgo

sanitario, con el fin de mitigar el impacto de la epidemia de COVID-19 con el objeto de

preservar la salud pública;

Que, mediante Resolución 862-MSGC/2021 del 21 de Abril de 2021 se procedió a

suspender las actividades programadas de internación y ambulatorias de los

hospitales públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, en consecuencia resulta necesario modificar los términos de la Resolución 27-

GCABA-SSAH/21 de acuerdo a lo obrante en el Anexo (IF-2021-12547401-GCABA-

SSAH) a los efectos de optimizar los recursos sanitarios disponibles con el objeto de

atemperar y reducir los efectos de la pandemia;

Que dicha medida se fundamenta en la necesidad de establecer con absoluta

prioridad la atención e internación de pacientes con COVID-19;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, y le corresponde al Ministro de Salud asistir en el diseño,

planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de promoción,

prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco del

Sistema Único e Integrado de Salud;

Que mediante el Decreto N° 164/20 se estableció entre las funciones de la

Subsecretaría de Atención Hospitalaria "Administrar y coordinar las actividades

Médicas de atención de los establecimientos hospitalarios del sistema público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

RESUELVE:

Artículo 1°. Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 27-GCABA-SSGRH/21, de

conformidad con lo establecido en el Anexo (IF-2021-12547401-GCABA-SSAH) que, a

todos los efectos, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria, a la Dirección General de

Hospitales y Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud. Cumplido,

archívese. Cordero


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6112

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 31-SSAH/21 modifica el Anexo I de la Resolución 27-SSGRH/21.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 32-SSAH/21 modifica el artículo 1 de la Resolución 31-SSAH/21.</p>