RESOLUCIÓN 109 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE APRUEBA - TALLER DE BIOSEGURIDAD EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR COVID-19 PARA BOMBEROS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
03/05/2021
Sanción:
27/04/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y N° 7/21, el Decreto N° 147/20,
las Notas N° 12494182/SAISSP/21 y N° 12689849/SAISSP/21, y el Expediente
Electrónico N° 12541050/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en ese marco, la mencionada ley por medio del artículo 267 creó el Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, con dependencia jerárquica y funcional del
Ministerio de Justicia y Seguridad a través de la Subsecretaría de Emergencias,
conforme el artículo 269;
Que es una institución civil, jerarquizada profesionalmente y auxiliar de la fuerza
pública del Estado, con competencia para actuar como auxiliar de la Justicia, y cuya
función es la defensa, prevención, protección y resguardo de personas y bienes en
caso de incendio, derrumbe, inundación u otros siniestros y emergencias;
Que conforme surge del artículo 294 inciso 5), el estado oficial de bombero confiere el
derecho esencial de la capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus
funciones y labores específicas, y a la par en el artículo 292 inciso 2) impone el deber
esencial de defender, conservar y acrecentar el honor y el prestigio del Cuerpo de
Bomberos, lo cual se logra mediante la profesionalización y el perfeccionamiento;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y es el
órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el Sistema Integral, entre los que se encuentra el personal del
Cuerpo de Bomberos de la Ciudad;
Que dicha formación y capacitación tal como surge del artículo 323-, debe garantizar
el desarrollo de aptitudes y valores necesarios para el ejercicio responsable de las
funciones y labores asignadas, con conciencia ética, solidaria, reflexiva y critica, a la
propensión de un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales
existentes y asignados, al incremento y diversificación de las oportunidades de
actualización y perfeccionamiento del personal, y al logro de formación y capacitación
especializada, científica y técnica general, actualizada, procurando siempre su
contenido humanístico, sociológico y ético;
Que como fue anteriormente mencionado, el personal del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad interviene en distintas emergencias, entre ellas incendios, derrumbes,
inundaciones, accidentes, salvamentos, catástrofes naturales o producidas por el
hombre; todas situaciones en las cuales las personas y bienes materiales requieren de
una asistencia inmediata;
Que en el marco de la pandemia de COVID-19, declarada el 11 de marzo de 2020 por
parte de la Organización mundial de la Salud (OMS), por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20 se decretó la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, plazo que ha sido prorrogado
a cada vencimiento, encontrándose vigente el D.N.U. N° 7/21, hasta el 31 de mayo de
2021, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir
el riesgo de propagación del Coronavirus;
Que por su parte, a través del Decreto N° 147/20 el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires estableció que el Ministerio de Justicia y Seguridad, todas
sus dependencias -entre ellas el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad-, son áreas de
máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la mencionada
pandemia;
Que en el ejercicio de sus funciones, el personal del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad se encuentra en constante contacto con personas, circunstancia que en el
marco de la aludida emergencia sanitaria, importa un alto grado de exposición al virus;
Que atento a lo expuesto, se advirtió la necesidad de capacitar en la temática al
personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, para que pueda desempeñarse
adecuadamente y de manera segura en el desarrollo de su labor, conociendo y
aplicando las medidas de bioseguridad y de prevención propias de los procedimientos
de seguridad e higiene en el ejercicio de su rol, minimizando los tiempos de respuesta
y maximizando la eficacia de sus intervenciones, incluso en casos en los que se
encuentren involucradas personas con aparente sintomatología compatible con
COVID-19;
Que en esa inteligencia, mediante Nota N° 12494182/SAISSP/21 la Coordinación y
Enlace de Bomberos con el Instituto Superior de Seguridad Pública, elevó al Sr.
Secretario Académico de esta casa de estudios un proyecto de "Taller de Bioseguridad
en el marco de la Pandemia por COVID-19 para Bomberos";
Que analizada la propuesta y con las adecuaciones efectuadas desde la Secretaría
Académica, por Nota N° 12689849/SAISSP/21 se elevó a consideración de esta
instancia la propuesta del mentado taller;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que son propias,
Artículo 1.- Aprobar el "Taller de Bioseguridad en el marco de la Pandemia por COVID-
19 para Bomberos", cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que como IF-
12738912-ISSP-2021, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Oficina de Coordinación y
Enlace de Bomberos con el Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Secretaría
Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública.
Cumplido, archívese. Unrein