RESOLUCIÓN 2574 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE ESTABLECE VIGENCIA - RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO - DECRETO N° 547/16 - PARA DIVERSAS DEPENDENCIAS - PERTENECIENTES A - AGC - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE CULTURA - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - APRA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ENTRE EL 7 DE ABRIL DE 2021 Y EL 31 DE MAYO DE 2021 PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE
Publicación:
04/05/2021
Sanción:
07/04/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
260/PEN/20, 297/PEN/20, 325/PEN/20 y modificatorios, el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 547/16, 53/20, 147/20 y 27/21, la Resolución N°
3620-MHGC/16 y el Expediente N° 10631652- GCABA-DGDSCIV/21
CONSIDERANDO:
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 se amplió la emergencia
pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia
declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el virus COVID-19
(coronavirus);
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del mencionado virus;
Que con posterioridad por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 se
estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en
forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" en los
términos indicados en el citado decreto, medida cuya vigencia fuera prorrogada por los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20 y modificatorios, hasta el hasta
el día 9 de abril de 2021;
Que el artículo 11 del Decreto N° 147/20, suspendió el deber de asistencia al lugar de
trabajo, entre otros, de los/las trabajadores/as mayores de sesenta (60) años de edad,
con excepción de aquellos que presten servicios en alguna de las áreas comprendidas
en los artículos 1° y 3° del referido Decreto;
Que mediante el Decreto N° 547/16, y sus modificatorios N° 53/20 y 27/21, se creó un
régimen de retiro voluntario, que contempla la percepción de un incentivo no
remunerativo para aquellos/as trabajadores/as del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires que reúnan las condiciones allí establecidas;
Que el referido régimen establece el retiro anticipado de los/las trabajadores/as que se
encuentren próximos/as a cumplir con los requisitos de edad y años de servicios para
jubilarse, contemplando asimismo supuestos en los cuales se encuentre pendiente el
cumplimiento de alguno de los requisitos mencionados para obtener el referido
beneficio;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se modificó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedando en el
ámbito de la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil la competencia de
planificación de la dotación de personal;
Que en tal sentido, siendo que la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil es la
que realiza la planificación de la dotación de personal, mediante IF-2021-10677772-
GCABA-DGDSCIV, se ha efectuado el análisis correspondiente, concluyendo que no
existen objeciones, desde el punto de vista de la dotación, para la implementación del
régimen de retiro voluntario en la repartición allí mencionada;
Que en consecuencia, corresponde propiciar el mencionado régimen por el período
comprendido entre el 7 de abril de 2021 y el 31 de mayo de 2021 a las reparticiones
mencionadas en el Anexo IF-2021-10676498-GCABA-DGDSCIV.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 3620-GCABA-
MHGH/16,
Artículo 1°.- Establécese la vigencia del régimen de retiro voluntario creado por el
Decreto N° 547/16, y sus modificatorios N° 53/20 y 27/21, para las reparticiones
mencionadas en el Anexo I (IF-2021-10676498-GCABA-DGDSCIV), que forma parte
integrante de la presente resolución, por el período comprendido entre el 7 de abril de
2021 y el 31 de mayo de 2021.
Artículo 2°.- Establécese que la solicitud de adhesión al régimen de retiro voluntario
del personal dependiente de áreas comprendidas en los artículos 1° y 3° del Decreto
N° 147/20, podrán ser rechazadas por esta Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos, en caso de que su otorgamiento afectare el normal funcionamiento del área
en cuestión.
Artículo 3°.- Determínase que los agentes que alcanzaren los requisitos para obtener
un beneficio jubilatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° del Decreto N°
547/16 , y sus modificatorios N ° 53/20 y 27/21, podrán adherir al régimen de incentivo
hasta la notificación de la intimación que se practique en los términos del artículo 75
de la Ley N° 471, no pudiendo adherir al mismo quienes hubieran cumplido los
requisitos para la intimación antes de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Entes Descentralizados y Comunas.
Cumplido, archívese. Domeniconi