DISPOSICIÓN 14 2021 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES

Síntesis:

SE APRUEBA - ACTIVIDAD DE CAPACITACIÓN GRATUITA - ACADEMIA BA EMPRENDE - SEGUNDO BLOQUE - CURSOS DE FORMACIÓN PARA EMPRENDEDORES - EDICIÓN 2021 - BASES Y CONDICIONES - CONVOCATORIA - PERSONA HUMANA MAYOR DE 18 AÑOS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID-19 - CORONAVIRUS

Publicación:

06/05/2021

Sanción:

30/04/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347); los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 875/PEN/20, 235/PEN/21, el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1/GCABA/20 y sus modificatorios, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus

modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX- 2021-06564684-GCABA-DGEMPRE y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292, (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en

el Capítulo VI, Artículo 21 al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que, por Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a

la Subsecretaría de Desarrollo Económico;

Que, el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo

Económico, las de: "diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,

fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires"; "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,

empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el

apoyo a la actividad emprendedora", entre otras;

Que el referido programa tiene por objetivo principal desarrollar y potenciar al máximo

las habilidades blandas emprendedoras, la implementación de metodologías ágiles y

el uso de la tecnología y la innovación como medio para resolver problemas, lo que le

permitirá al participante una mejor adaptación a los cambios y desafíos actuales, una

mejor inserción al mundo laboral del futuro como así también al emprendedurismo;

Que, resulta necesario impulsar y difundir la práctica y la cultura emprendedora a fin

de impulsar el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir valores

emprendedores;

Que, en otro orden de ideas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado

que el Coronavirus (COVID-19), se está propagando de persona a persona,

aceleradamente a nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N°

875/PEN/20 se estableció la medida de "distanciamiento social, preventivo y

obligatorio" hasta el día 29 de noviembre de 2020 inclusive, para todas las personas

que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las

provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los

parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en su artículo 2°;

Que el artículo 3° del referido Decreto de Necesidad y Urgencia, incluyó a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires entre las localidades alcanzadas por la medida de

"distanciamiento social, preventivo y obligatorio";

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 235/PEN/21 se prorrogó la medida

denominada "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" dictada por el Decreto

de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/20, hasta el día 30 de abril de 2021, en el

aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)

comprendiendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/GCABA/21 se prorrogó la

emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/GCABA/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, hasta el 31 de mayo de 2021 a los fines de atender y adoptar las medidas

necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la

población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que muchos emprendedores están atravesando un momento complejo consecuente

del aislamiento preventivo, por lo que resulta fundamental acompañarlos;

Que en este contexto, resulta esencial ofrecer a los emprendedores, actividades de

capacitación gratuitas así como charlas vinculadas con la temática emprendedora para

poner en práctica;

Que en este marco, se propone brindar a través de la modalidad virtual, cursos de

formación e intercambio de herramientas alternativas, con el objeto brindar a los

emprendedores ideas, experiencias y perspectivas de referentes del ecosistema,

quienes abordarán temáticas relacionadas al crecimiento profesional, emprendimiento

en marcha, ideación, expansión, mujeres emprendedoras, comunicación y oratoria,

triple impacto, equilibrio inteligente, Identidad de marca, análisis de datos, tecnologías

interactivas, inteligencia artificial, criptomonedas, fabricación digital, diseño de

producto, gestión de página web, herramientas digitales y Ciencia de datos;

Que dichos cursos se dictan de forma libre y gratuita, para todo vecino que desee

incorporar habilidades emprendedoras para la gestión o liderazgo de un proyecto, al

cual se inscribe a través del formulario de inscripción publicado en la página oficial de

Gobierno de la Ciudad.

Que en este contexto, esta Dirección General propicia la aprobación de la actividad

indicando que la misma no implicará erogación presupuestaria alguna para el

Gobierno de la Ciudad y que asimismo ayudará a potenciar habilidades

emprendedoras y promoverá el desarrollo académico de emprendedores mediante el

dictado de cursos virtuales;

Que por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar la

actividad de capacitación gratuita denominada "Academia BA Emprende", con el objeto

de brindar a los emprendedores herramientas virtuales a fin de promover y difundir la

práctica y la cultura emprendedora, sujeto a inscripción previa.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE EMPRENDEDORES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la actividad de capacitación gratuita "Academia BA Emprende-

Segundo bloque de cursos de formación para emprendedores", conforme los

lineamientos detallados en el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2021-13104748-

GCABA-DGEMPRE), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la

presente Disposición.

Artículo 2°.- Apruébanse los Anexos I "Bases y Condiciones", (IF-2021-13104748-

GCABA-DGEMPRE), Anexo II " "Formulario de Inscripción" (IF-2021-13138860-

GCABA-DGEMPRE), que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente

norma.

Artículo 3°.- Convóquese a toda persona humana mayor de 18 años que desee

incorporar herramientas emprendedoras participar del programa "Academia BA

Emprende- Segundo bloque de cursos de formación para emprendedores", edición

2021, de conformidad con las Bases y Condiciones referidas en el Artículo 1°,

quedando habilitada la inscripción completando el formulario disponible

https://academiaba.buenosaires.gob.ar/cursos_presenciales/

Artículo 4°.- Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección

General Emprendedores (Facebook, Linkedin, Instagram: BA Emprende).

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

en el sitio de internet del GCABA. Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo

Económico. Cumplido, archívese. Saravia


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6118- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6118- Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 14-DGEMPRE721 aprueba la actividad de capacitación gratuita Academia BA Emprende-Segundo bloque de cursos de formación para emprendedores, en el marco de la emergencia declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1/20.</p>