DISPOSICIÓN 4 2021 DIRECCION GENERAL COORDINACION DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACION
Síntesis:
SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CONSTITUCIÓN - ALTA - RATIFICACIÓN - MODIFICACIÓN - BAJA - UNIDADES OPERATIVAS DE CONTRATACIONES - CONTRATACIONES DE OBRA PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACIÓN
Publicación:
11/05/2021
Sanción:
30/04/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL COORDINACION DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACION
VISTO: La Ley N° 6.246, el Decreto N° 60/21, el Expediente Electrónico N° 2021-
13098975- -GCABA- DGCCYA y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.246 se establece el Régimen de Contrataciones de Obra Pública
que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos
los contratos de Obras Públicas que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;
Que, mediante el Decreto N° 60/21, se aprobó la Reglamentación de la mentada Ley y
los niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de selección
para la contratación de Obra Pública;
Que esta Dirección General Coordinación de Contrataciones y Administración,
dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, en su carácter de Órgano Rector del sistema de
Obra Pública, de acuerdo al Artículo 10 de la citada Ley, tiene entre sus funciones las
de proyectar normas legales y reglamentarias; dictar normas aclaratorias,
interpretativas, complementarias y los manuales de procedimiento que correspondan;
y la de administrar el sistema de contrataciones electrónicas de obra pública conforme
lo establecido en el artículo 19 de la Ley, entre otras;
Que el artículo 11 de la citada Ley dispone que los organismos contratantes podrán
delegar en Unidades Operativas de Contrataciones, la gestión de las contrataciones y
la supervisión y administración de los contratos que se celebren;
Que la reglamentación del mencionado artículo establece que cada Jurisdicción o
Entidad podrá proponer al Órgano Rector las Unidades Operativas de Contrataciones
que actuarán en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones y, asimismo, faculta al
Órgano Rector a regular el procedimiento para la autorización de constitución (alta),
ratificación, modificación o baja de las Unidades Operativas de Contrataciones;
Que en virtud de lo expuesto deviene necesario dictar la norma que regule y apruebe
el procedimiento en cuestión.
Por ello, y en virtud de las facultades atribuidas por la Ley N° 6.246 y su Decreto
Reglamentario N° 60/21,
Artículo 1°: Apruébase el procedimiento para la autorización de constitución (alta),
ratificación, modificación o baja de Unidades Operativas de Contrataciones, que como
Anexo I (DI-2021-13182150-GCABA-DGCCYA) forma parte integrante de la presente
Disposición.
Artículo 2°.- las Unidades Operativas de Contrataciones que se encuentren en
funcionamiento, deberán cumplir el procedimiento aprobado por el Articulo 1° en el
plazo de 60 días a partir del dictado de la presente, a los fines de ratificar la
constitución de las mismas. En caso de no realizar el procedimiento de ratificación
indicado en el plazo dispuesto, se procederá a su inhabilitación.
Artículo 3°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo
y reparticiones con rango o responsabilidades equivalentes, a la Procuración General
de la Ciudad de Buenos Aires y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Rocchi