DECRETO 60 2021
Síntesis:
SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN - LEY N° 6246 - REGIMEN DE CONTRATACIONES DE OBRA PÚBLICA - NIVELES DE DECISIÓN Y CUADRO DE COMPETENCIAS - PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA - SE DEROGAN - DECRETO N° 203/16 - DECRETO N° 344/17
Publicación:
17/02/2021
Sanción:
12/02/2021
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
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VISTO: Las Leyes Nros. 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.347), y 6.246, los
Decretos Nros. 203/16, 344/17, 463/19 y modificatorios, y el Expediente Electrónico N°
EX-2021-05418528-GCABA-DGCCYA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.246 establece el "Régimen de Contrataciones de Obra Pública" que
debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos los
contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;
Que la mencionada Ley, fija pautas para que el sistema de obra pública se organice en
función del criterio de centralización de las políticas, de las normas, de la difusión cent
ralizada de todos los procedimientos en un mismo portal Web de Contrataciones
electrónicas, y de la descentralización de la gestión operativa;
Que asimismo, crea el "Registro de Contratistas de Obra Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires" que tendrá a su cargo la clasificación, determinación de la
aptitud y capacidad económica, categorización y habilitación de las personas humanas
y jurídicas que se inscriban, como también el registro de los contratos que celebren las
entidades y jurisdicciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por su cláusula transitoria primera se previó que "Los procedimientos de selección
que se encuentren iniciados o se encuentre aprobado el Pliego y Bases de
Condiciones Particulares con anterioridad al inicio de la vigencia de la presente ley,
continuarán conforme el régimen normativo y documentación licitatoria vigente al
momento";
Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, disponiéndose
dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Coordinación de
Contrataciones y Administración dependiente de la Subsecretaría de Coordinación
Legal, Técnica y Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la de
implementar y controlar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la
gestión administrativa, de registro, sistematización de la información, certificaciones de
obras en su aspecto financiero y contable relacionadas con Obra Pública;
Que la citada Dirección General, propicia la reglamentación de la mencionada Ley;
Que por los motivos antes indicados, corresponde derogar los Decretos Nros. 203/16 y
344/17;
Que, ha tomado intervención la Procuración General de la Ciudad, en el marco de la
Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.347).
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación de la Ley N° 6.246 y los niveles de decisión
y cuadro de competencias de los procedimientos de selección para la contratación de
obra pública que como Anexos I, II y III (IF-2021-06166020-GCABA-DGCCYA) forman
parte integrante del presente decreto.
Artículo 2°.- Deróganse los Decretos Nros. 203/16 y 344/17.
Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos los
Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones con rango o
responsabilidades equivalentes, a la Procuración General y a la Sindicatura General
de la Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
de Coordinación de Contrataciones y Administración de la Subsecretaría de
Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, dependiente de la Jefatura de Gabinete
de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel