RESOLUCIÓN 350 2004 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

Síntesis:

EXTINCIÓN DE CONCESIONES, JUANA J. CHILANO DE LOMBA , BÓVEDA , CEMENTERIO DE LA CHACARITA , CONCESIÓN DE SEPULTURAS , DENEGACIÓN DE RENOVACIÓN , DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS , CONCEPCIÓN ÉLIDA VINCIGUERRA

Publicación:

22/04/2004

Sanción:

06/04/2004

Organismo:

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO


Visto el Expediente N° 21.911/03 por el cual Concepción Élida Vinciguerra solicita la renovación de la concesión del lote para sepulturas N° 40, tablón 12, manzana 8, sección 1 del Cementerio de la Chacarita, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 7 comparece ante la Dirección General de Cementerios Concepción Élida Vinciguerra ó Vinciguerra de Polano, invocando su condición de cotitular de la concesión, ratificando el pedido de renovación y solicitando la parte de su cónyuge, el cotitular fallecido Dante José Polano y, asimismo manifiesta su derecho a acrecer de los cotitulares que desistieren de la renovación;

Que a fs. 7 y 7 vta. comparecen los hijos del cotitular fallecido Dante José Polano, manifestando su voluntad de desistir de la renovación de la concesión;

Que del título de Concesión surge que la misma se otorgó por setenta y cinco años a partir del 19 de mayo de 1927 a Ángela Russi de Parodi y del citado instrumento surge a fs. 3, que en fecha septiembre 2 de 1943 se transfirió por Expediente N° 88.243/J/943 a Juana Justa Chilano de Lomba y a fs. 3 vta. del mismo documento, que por Expediente N° 260.256/E/69 quedó inscripta a nombre de Dante José Polano y Concepción Élida Vinciguerra de Polano;

Que a fs. 18 y 19 se agrega la Escritura N° 3.354 del Registro N° 293 por la cual Juana Justa Chilano de Lomba vende, cede y transfiere a Dante José Polano y a Concepción Élida Vinciguerra de Polano una bóveda ubicada en el Cementerio de la Chacarita edificada en el Lote 40 y subsuelo, tablón 12, manzana 8, sección 1 del Cementerio de la Chacarita;

Que es esencia del instituto de concesión de lotes para sepulturas, que no pueden los sepulcros ni parte de ellos, transferirse salvo por vía sucesoria;

Que el Código Civil en el Art. 844 establece: Las cosas que están fuera del comercio, y los derechos que no son susceptibles de ser materia de una convención, no pueden ser objeto de transacciones;

Que la venta de la bóveda cuya escritura figura a fs. 18 y 19 deviene nula de nulidad absoluta y por tanto no tiene existencia jurídica la concesión otorgada por Expediente N° 260.256/E/69 atento a que se instrumentó trasgrediendo la normativa de aplicación;

Que dada la nulidad absoluta de la escritura que obra a fs. 18 y 19, el vencimiento de la concesión operó el 19 de mayo de 2002, otorgándose un año más para solicitar su renovación, es decir hasta el 19 de mayo de 2003, conforme el Decreto N° 17.559/MCBA/51 (Arts. 31 y 32);

Que de tal manera dicha concesión ha quedado extinguida, al no haberse presentado la titular Juana Justa Chilano de Lomba o terceros que acreditaren un interés legítimo, solicitando la renovación en el plazo legal;

Que por cuerda separada y dentro de las determinaciones del inciso 23) del Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá otorgarse una nueva concesión, por el término de cinco (5) años y con carácter intransferible, a nombre Concepción Élida Vinciguerra o Vinciguerra de Polano que ha demostrado al presentarse, su interés legítimo, directo y actual sobre la concesión y el sepulcro;

Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado en estas actuaciones en tal sentido;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.499/GCABA/98 (B.O. N° 518),

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1° - Declárase extinguida la concesión de la bóveda formada por el lote para sepulturas N° 40, tablón 12, manzana 8, sección 1ª del Cementerio de la Chacarita, otorgada a Juana Justa Chilano de Lomba por vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 17.559/MCBA/51 (AD 480.3/6).

Artículo 2° - Adóptense los recaudos tendientes a que tras el dictado de la presente Resolución se proyecte la norma legal, que dentro de las determinaciones del inciso 23 del artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgue una nueva concesión de la misma sepultura, a nombre de Concepción Élida Vinciguerra o Vinciguerra de Polano, por el término de 5 (cinco) años y con carácter de intransferible.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones y pase a la Dirección General de Cementerios a los fines de notificar a los interesados e implementar el trámite determinado en el artículo 2° de la presente Resolución; cumplido, vuelva a esta Secretaría. Feletti

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COMPLEMENTADA POR
Dto. 322-05 Complementa Art. 2 Res. 350-SIP-04 - Otorga concesión.