RESOLUCIÓN 71 2021 SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
Síntesis:
SE MODIFICA PROGRAMA - ESTUDIA EN BUENOS AIRES / STUDY BUENOS AIRES - ESTUDIO EN BUENOS AIRES / STUDY BUENOS AIRES - SE APRUEBAN - LINEAMIENTOS GENERALES - SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES
Publicación:
18/05/2021
Sanción:
04/05/2021
Organismo:
SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
VISTO: La ley 6.292 (texto consolidado mediante Ley 6.347), los Decretos Nros 578-
16, 463/19 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N°1-SGYRI/18, el Expediente
Electrónico N° 2021-13110809-GCABA-SSRIEI-2021, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del artículo 26 de la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires N° 6.292 (texto consolidado mediante Ley 6.347),
corresponde a la Secretaría General y Relaciones Internacionales, entre otros
objetivos, liderar la estrategia de proyección internacional de la Ciudad y asistir al Jefe
de Gobierno en la gestión de las relaciones internacionales de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y la vinculación institucional con la cooperación internacional bilateral,
regional y multilateral, así como asistir al Jefe de Gobierno en el seguimiento y
coordinación de las actividades que aseguren la efectiva realización del plan general
de acción de gobierno;
Que, asimismo, el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando dentro de la órbita de la Secretaría General
y de Relaciones Internacionales, a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e
Institucionales, la cual tiene dentro de sus responsabilidades primarias las de diseñar e
implementar la estrategia de proyección de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
como ciudad de atracción del talento, y el plan de acción para fomentar la llegada de
estudiantes nacionales e internacionales, terciarios y universitarios; así como generar
vínculos institucionales con universidades públicas y privadas e institutos de educación
superior del Área Metropolitana de Buenos Aires, para promover la
internacionalización y contención de los estudiantes terciarios y universitarios de grado
y posgrado que llegan a la Ciudad; entre otros;
Que por Decreto N° 116/21 se modificó la estructura organizativa de la Secretaría
General y de Relaciones Internacionales, estableciendo dentro de la órbita de la
Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, a la Gerencia Operativa
Vinculación Universitaria Internacional;
Que dentro de las acciones a cargo de la Gerencia mencionada, se encuentran las de:
diseñar la estrategia de posicionamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
como ciudad de atracción del talento, y el plan de acción para fomentar la llegada de
estudiantes internacionales terciarios y universitarios, generar vínculos institucionales
con universidades públicas y privadas e institutos de educación superior del área
metropolitana de Buenos Aires, para promover la internacionalización y contención de
los estudiantes terciarios y universitarios de grado y posgrado que llegan a la Ciudad,
asesorar al Subsecretario de Relaciones Internacionales e Institucionales en la
vinculación estratégica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con universidades del
país y del extranjero, representar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el exterior
en congresos, ferias y eventos relativos a la promoción de la educación internacional,
en coordinación con las áreas competentes, diseñar y ejecutar acciones tendientes a
posicionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como destino de estudio del
español como segunda lengua para jóvenes internacionales mayores de 18 años,
diseñar y ejecutar el plan de encuestas a estudiantes internacionales residentes en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de contar con información estadística
relevante a la toma de decisiones para la promoción de la formación internacional;
Que el Decreto N° 578/16 estableció que el Vicejefe de Gobierno, los Ministros,
Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas de gestión,
en el marco de sus respectivas competencias;
Que por Resolución Conjunta N°1-SGYRI/18 se transfirió el Programa "Estudia en
Buenos Aires / Study Buenos Aires" del ámbito de la Dirección General Comunicación
y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires al ámbito de la Gerencia Operativa Vinculación Universitaria Internacional;
Que en ese marco, y en virtud de lo solicitado por la Subsecretaria de Relaciones
Internacionales e Institucionales, resulta procedente adecuar los objetivos y
lineamientos del Programa mencionado a efectos de dar cumplimiento de manera
cabal a las funciones asignadas en vistas de la proyección de la Ciudad Autónoma
Buenos Aires como una ciudad para estudiar para todos los estudiantes universitarios,
internacionales, locales y de todo el país;
Que considerando del tiempo transcurrido, la experiencia de la gestión de gobierno, y
la modificación de las acciones a cargo de la mencionada Gerencia, resulta menester
actualizar los lineamientos generales del Programa "Estudia en Buenos Aires / Study
Buenos Aires".
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modifícase el Programa "Estudia en Buenos Aires / Study Buenos Aires",
el que pasará a denominarse "Estudio en Buenos Aires / Study Buenos Aires", cuyo
funcionamiento se ajustará a los lineamientos generales detallados en el Anexo IF-
2021-13488319-GCABA-SSRIEI, el cual reemplaza al Anexo IF 2017-03798691-
DGDYCOF, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Delégase en la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e
Institucionales la facultad de dictar los actos administrativos complementarios que
sean requeridos para la implementación del Programa "Estudio en Buenos Aires /
Study Buenos Aires".
Artículo 4°.- El gasto que demande la ejecución del Programa "Estudio en Buenos
Aires/Study Buenos Aires", se implementará, en caso de ser necesario, con las
partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales.
Cumplido, archívese. Straface