RESOLUCIÓN 1824 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 97-MEFGC/19 - PASAJES - VIÁTICOS - MOVILIDAD - FONDOS - SOLVENTACION EXCLUSIVA - JEFATURA DE GOBIERNO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - ENTE DE TURISMO - SECRETARÍAS DEPENDIENTES DEL ÁREA JEFE DE GOBIERNO - SUBSECRETARÍAS DE COOPERACIÓN URBANA FEDERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

Publicación:

20/05/2021

Sanción:

14/05/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Estado:

No vigente


VISTO: El Decreto N° 491/18, reglamentado por la Resolución N° 97-MEFGC/19 y sus

modificatorias, el Expediente N° 15.010.362-GCABA-DGTALMHF-21, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 491/18 se aprueba el Régimen para la Asignación de

Fondos de aplicación en las Jurisdicciones, Organismos Descentralizados,

dependencias y reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el artículo 2° de dicho Decreto se designa como autoridad de aplicación del

Régimen a este Ministerio, facultándolo para dictar las normas aclaratorias,

interpretativas, reglamentarias, complementarias y/o excepciones que hagan a la

ejecución del mismo;

Que en el Anexo de la referida norma se establecen las distintas modalidades de

asignación de fondos, siendo una de ellas "Caja Chica Especial";

Que asimismo, el artículo 9° del Anexo del citado Decreto estipula que es facultad de

este Ministerio entre otras, establecer para la modalidad de Caja Chica Especial: a)

Monto máximo de los fondos a asignar trimestralmente para Vicejefatura de Gobierno

y por cada Ministerio, Secretarías dependientes del Área Jefe de Gobierno y

Organismos Descentralizados, b) La factibilidad de la solicitud, c) El monto del fondo

requerido, d) Los objetos del gasto y condiciones de otorgamiento, utilización y

rendición;

Que a su vez mediante el dictado de la Resolución N° 97-MEFGC/19, se aprueba la

reglamentación del referido Decreto N° 491/18, de conformidad con lo establecido en

los Anexos I a VI, que a todos sus efectos forman parte integrante de la citada norma;

Que en el Anexo II de la mencionada Resolución se determina la Reglamentación para

los fondos asignados bajo la modalidad de Caja Chica Especial, estableciéndose

mediante su artículo 3°, las diversas restricciones de objetos y excepciones;

Que atento las misiones y funciones de los titulares de las Secretarías dependientes

del Área Jefe de Gobierno y de las Subsecretarías de Cooperación Urbana Federal y

de Relaciones Internacionales e Institucionales, surge la necesidad de incorporarlos al

inciso e) del referido artículo 3;

Que por lo expuesto, resulta necesario modificar el inciso e) del artículo 3° del Anexo II

de la Resolución N ° 97-MEFGC/19.

Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° del Anexo del Decreto

N° 491/18,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el inciso e) del artículo 3° del Anexo II de la Resolución N° 97-

MEFGC/19, el que quedará redactado de la siguiente manera: "e) "Pasajes, Viáticos, y

Movilidad", podrán ser solventados exclusivamente por Jefatura de Gobierno,

Vicejefatura de Gobierno, el Ente de Turismo, y cuando formen parte de la comitiva del

Jefe de Gobierno, por las Secretarías dependientes del Área Jefe de Gobierno y por

las Subsecretarías de Cooperación Urbana Federal y de Relaciones Internacionales e

Institucionales, en todos los casos, de acuerdo a las siguientes condiciones:

1. Los efectuados dentro del país; deberán rendir la totalidad de los gastos y practicar

las retenciones impositivas correspondientes.

2. Los realizados en el exterior; deberán rendir la totalidad de los gastos."

Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Organismos

Descentralizados, reparticiones con rango o nivel equivalente, Direcciones Generales

Técnicas, Administrativas y Legales de las Jurisdicciones y a la Dirección General de

Contaduría. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 1824-MHFGC/21 modifica el inciso e) del artículo 3 del Anexo II de la Resolución 97-MEFGC/19.</p>
DEROGADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 5741-MHFGC/21 deja sin efecto la Resolucion N° 1824-MHFGC/21.</p>