DISPOSICIÓN 8 2021 DIRECCION GENERAL COORDINACION DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACION
Síntesis:
SE APRUEBA - DECLARACIÓN JURADA - PROPUESTA COMPETITIVA PARA PERSONAS HUMANAS Y PERSONAS JURÍDICAS - DIRECCION GENERAL DE COORDINACIÓN DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACIÓN
Publicación:
21/05/2021
Sanción:
13/05/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL COORDINACION DE CONTRATACIONES Y ADMINISTRACION
VISTO: Las Leyes N° 6.246 y 6.292 (Texto consolidado por la Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 60/2021, 152/2021, 463/19 y sus modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 2021-14967067-GCABA-DGCCYA; y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.246 se establece el Régimen de Contrataciones de Obra Pública
que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todos
los contratos de obra pública que se celebren y/o ejecuten en la Ciudad;
Que mediante el Decreto N° 60/21, se aprobó la Reglamentación de la citada Ley y los
niveles de decisión y cuadro de competencias de los procedimientos de selección para
la contratación de Obra Pública;
Que, es dable destacar que, en virtud de lo estipulado por el Artículo 10 de la aludida
reglamentación se designó a esta Dirección General Coordinación de Contrataciones y
Administración, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y
Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros como Órgano Rector del
sistema de Obra Pública;
Que el Artículo 18 de la Ley mencionada establece que "(...) el órgano rector
reglamentará una Declaración Jurada de Propuesta Competitiva que será exigible en
los procesos licitatorios (...)";
Que, por su parte, el aludido Decreto menciona sobre el mentado artículo que "(...)
Deberán adoptarse los recaudos necesarios para prevenir o evitar prácticas colusorias
o violatorias de las leyes de defensa de la competencia (...)";
Que el Decreto N° 152/21 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que
será de aplicación para las contrataciones de Obras Públicas que se rijan por la Ley N°
6.246, previendo específicamente en su Artículo 4.5. Declaración Jurada de Propuesta
Competitiva que "Los interesados en presentarse a procedimientos de selección
deberán adjuntar a la oferta la declaración jurada prevista en el Artículo 18 de la Ley
de Obras Públicas";
Que mediante la Ley de Ministerios N° 6.292 estableció la nueva estructura ministerial
y las competencias actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/GCABA/19 y su modificatorio N° 510/GCABA/19, se aprobó la
estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, disponiéndose dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección
General Coordinación de Contrataciones y Administración dependiente de la
Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, la de implementar y controlar acciones coordinadas de apoyo
para lograr efectividad en la gestión administrativa, de registro, sistematización de la
información, certificaciones de obras en su aspecto financiero y contable relacionadas
con Obra Pública;
Que, dentro del contexto normativo señalado, resulta necesario proceder a la
aprobación de la Declaración Jurada a través de la cual los oferentes manifiestan que
sus propuestas resultan competitivas en cumplimiento de la normativa vigente.
Por ello, y en uso de las atribuciones previstas en el Artículo 18 de la Ley N° 6.246 y
su Decreto Reglamentario N° 60/21,
Artículo 1°.- Apruébase la Declaración Jurada de Propuesta Competitiva para
personas humanas y personas jurídicas, que será de uso obligatorio a partir de la
publicación de la presente, para los procesos de selección cuya convocatoria se
autorice en el marco de la Ley N° 6.246, y que como Anexo I (IF-2021-14992271-
GCABA-DGCCYA) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establézcase que la Declaración Jurada de Propuesta Competitiva
aprobada en el Artículo 1° de la presente Disposición, deberá formar parte de la
documentación integrante de las ofertas, de acuerdo a los requisitos que se
establezcan en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares para cada proceso
licitatorio.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones
con rango o responsabilidades equivalentes, como así también a todas las Direcciones
Generales Técnicas, Administrativas y Legales y sus equivalentes, a la Dirección
General Unidad Informática de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Procuración General y a la Sindicatura General de la Ciudad. Cumplido,
archívese. Rocchi