DISPOSICIÓN 86 2020 DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
Síntesis:
SE DEROGA - DISPOSICIÓN 41-DGDOIN/13 - SE APRUEBA PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE SUPERVISIÓN A LOS COMITÉS DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN DE LA CABA - SE APRUEBA - MODELOS DE - ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD - ACTA PRELIMINAR DE SUPERVISIÓN - INFORME DE PRIMERA SUPERVISIÓN - INFORME DE SEGUIMIENTO DE SUPERVISIÓN - ACTA PRELIMINAR DE SUPERVISIÓN SUBSIGUIENTE - INFORME DE SUPERVISIÓN SUBSIGUIENTE - INFORME DE SEGUIMIENTO DE SUPERVISIÓN SUBSIGUIENTE
Publicación:
21/05/2021
Sanción:
02/06/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL DOCENCIA INVESTIGACION Y DESARROLLO PROFESIONAL
VISTO: La Ley 3301, el Decreto N° 58/2011, la Disposición 41/DGDOIN/13y el
Expediente N° EX-2020- 14568002- -GCABA-DGDIYDP; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en
Salud establece el régimen para la actividad de investigación en salud con seres
humanos;
Que por Resolución No 716/MSGC/2011 se conformó el Comité Central de Ética en
Investigación (CCE) conforme lo ordenado por el artículo 13 de la citada Ley;
Que dentro de las funciones de dicho Comité se encuentran las de crear un registro de
los Comités de Ética en Investigación (CEI) y acreditar la constitución, funcionamiento
y criterios de evaluación de los CEI públicos, privados y de seguridad social;
Que, asimismo, la Ley N° 3301 en su artículo 13, inc. F) establece como
responsabilidad del CCE controlar periódicamente el funcionamiento de los CEI para
garantizar el cumplimiento de lo establecido en la presente Ley y desacreditar a los
CEI que incumplan la normativa.
Que a través de la Disposición 41/DGDOIN/13 se aprobó el Procedimiento Operativo
Estándar para la realización de las visitas de Supervisión a los Comités de Ética en
Investigación Acreditados;
Que, la experiencia que han arrojado las numerosas supervisiones de Comités
efectuadas desde ese entonces, ha demostrado la necesidad de ampliar y actualizar el
procedimiento en miras a sistematizar cada etapa del mismo, para dotar de pautas
claras a todos los actores intervinientes;
Que, en ese orden, es preciso establecer un nuevo Procedimiento Operativo de
supervisión a los comités de ética en investigación de la CABA, así como los modelos
necesarios para la documentación de todas las instancias;
Que, según prevé el artículo 13 del Decreto 58/GCABA/11 (reglamentario de la Ley N°
3.301), el Presidente del CCE será el/la Director/a General de Docencia e
Investigación o el organismo que en un futuro lo reemplace (actualmente, la Dirección
General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional).
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13 del Decreto N°
58/GCABA/11,
Artículo 1°.- Derógase la Disposición N° 41/DGDOIN/13, la cual será reemplazada por
los términos previstos en la presente.
Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento Operativo de supervisión a los comités de
ética en investigación de la CABA", que como Anexo N° IF-2020-14555688-GCABA-
DGDIYDP forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébanse los modelos de "Acuerdo de confidencialidad", "Acta
Preliminar De Supervisión", "Informe de primera Supervisión", "Informe de Seguimiento
de Supervisión", "Acta Preliminar De Supervisión Subsiguiente", "Informe de
Supervisión Subsiguiente" e "Informe de Seguimiento de Supervisión Subsiguiente",
los que como Anexos N° IF-2020-14555513-GCABA-DGDIYDP, IF-2020-14555537-
GCABA-DGDIYDP, IF-2020-14555571-GCABA-DGDIYDP, IF-2020-14555594-GCABA-
DGDIYDP, IF-2020-14555628-GCABA-DGDIYDP, IF-2020-14555649-GCABA-
DGDIYDP y IF-2020-14555669-GCABA-DGDIYDP, respectivamente forman parte
integrante de la presente.
Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a los Comités de Ética en Investigación acreditados González Villa
Monte